Ene 13, 2025 | Actualidad Prime
La Corte Suprema, a través de la Cuarta Sala, declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia presentado por la empresa Subus Chile SA en la causa rol 57.581-2024. La compañía buscaba revertir una sentencia que la obligó a pagar $6.120.000 por cuotas sindicales adeudadas y una multa de 13.301,5 UF al sindicato de trabajadores por incumplir un acuerdo conciliatorio.
Argumentos del tribunal
La Cuarta Sala, integrada por las ministras Gloria Ana Chevesich, Andrea Muñoz, Jessica González y las abogadas integrantes Leonor Etcheberry y Fabiola Lathrop, resolvió de manera unánime que no existía la disparidad de criterios necesaria para justificar el recurso. Según el fallo, la unificación de jurisprudencia procede únicamente cuando existen interpretaciones contradictorias sobre una misma materia de derecho en casos sustancialmente similares.
El fallo señala que el recurso requiere «distintas interpretaciones respecto de una determinada materia de derecho», lo que no se cumplió en este caso. La resolución agrega que la función de la Corte es clarificar el sentido y alcance de la norma frente a situaciones equivalentes ya resueltas, lo cual no aplicó en este contexto.
La Sala Laboral concluyó que la situación planteada por Subus Chile no era comparable con los precedentes citados en su recurso. La empresa argumentó que los casos anteriores involucraban atrasos mínimos en el pago de cuotas sindicales (de hasta cinco días) o problemas ajenos al empleador, como cheques rechazados por firma disconforme. Sin embargo, en este caso, el incumplimiento se debió a un atraso significativo de 719 días para seis trabajadores, lo que justificó la multa aplicada.
La Corte reafirmó que la necesidad de uniformar criterios no se acreditó en este caso y recordó el carácter excepcional del recurso de unificación de jurisprudencia, regulado por el artículo 483 del Código del Trabajo. La inadmisibilidad del recurso cierra definitivamente el litigio, manteniendo la sentencia que impone las sanciones económicas a Subus Chile SA.
Fuente: pjud.cl
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Dic 30, 2024 | Actualidad Prime
La Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó un recurso de nulidad presentado por la empresa Servicios y Transportes Rémoras Austral Limitada, que buscaba anular la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt. Esta resolución había confirmado multas por infracciones laborales por un total de 160 UTM, aplicadas por la Inspección Provincial del Trabajo.
El fallo, identificado con causa rol 360-2023, emitido por la Primera Sala del tribunal de alzada, destacó que el recurso carecía de fundamentos suficientes para cuestionar la sentencia original. Según el tribunal, la empresa no presentó argumentos válidos que demostraran errores en la resolución administrativa que impuso las sanciones originadas en infracciones laborales.
“Las alegaciones del reclamante se limitaron a discutir los fundamentos de la resolución de multa sin acreditar errores de hecho ni el cumplimiento de las normativas infringidas”, indicó el fallo, firmado por los ministros Patricio Rondini, Francisco del Campo y el abogado integrante Darío Parra.
Evaluación de las sanciones
El tribunal también confirmó que las multas respetaron las disposiciones del Código del Trabajo, considerando factores como la gravedad de las infracciones y la condición de mediana empresa del reclamante, que cuenta con 137 trabajadores. Además, descartó que las sanciones infringieran principios de legalidad o proporcionalidad.
El fallo recordó que el Tribunal Constitucional ya había rechazado un requerimiento de inaplicabilidad presentado por la misma empresa contra el artículo 506 del Código del Trabajo. La resolución determinó que la norma cuestionada no vulnera la Constitución.
La Corte de Apelaciones finalmente resolvió mantener la sentencia del 31 de julio de 2023 y ordenó que la empresa asumiera las costas del proceso. Con esta decisión, las multas aplicadas por la Inspección Provincial del Trabajo permanecen vigentes y ratificadas.
Fuente: pjud.cl
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Dic 16, 2024 | Actualidad Prime
La Corte Suprema rechazó un recurso de unificación de jurisprudencia presentado contra la sentencia que ordenó a Constructora Agua Santa SA, como empresa principal, y subsidiariamente a Anglo American Sur SA, pagar $6.500.000 por feriado legal y proporcional adeudado a un extrabajador.
Argumentos del fallo
En un fallo unánime (causa rol 51.751-2024), la Cuarta Sala del máximo tribunal, integrada por las ministras Gloria Ana Chevesich, Jessica González, María Loreto Gutiérrez y los abogados integrantes Leonor Etcheberry y Carlos Urquieta, desestimó el recurso por no cumplir con los requisitos jurídicos que permiten este tipo de arbitrios.
El tribunal señaló que el recurso de unificación de jurisprudencia, según lo establecido en el artículo 483 del Código del Trabajo, procede solo cuando existen interpretaciones contradictorias sobre un mismo tema jurídico en fallos firmes emitidos por Tribunales Superiores de Justicia.
La resolución detalló que, según el artículo 483-A del Código del Trabajo, el recurso debe cumplir ciertos requisitos:
- Presentarse en el plazo legal.
- Exponer fundamentos claros.
- Incluir una relación precisa de las distintas interpretaciones jurisprudenciales sobre el tema en cuestión.
- Adjuntar copia de los fallos que sustentan el recurso.
En este caso, la materia de derecho propuesta para unificar consistía en la interpretación del artículo 453 N°5 del Código del Trabajo, que permite aplicar apercibimientos por no exhibición de documentos en juicios laborales.
La Corte concluyó que este tema no constituye un asunto jurídico habilitante para el recurso de unificación. Por esta razón, declaró inadmisible la solicitud y desestimó su análisis en esta etapa procesal.
Este fallo reafirma los criterios restrictivos para aceptar este tipo de recursos en el ámbito laboral, exigiendo un cumplimiento riguroso de los requisitos legales y jurisprudenciales.
Fuente: pjud.cl
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Oct 22, 2024 | Actualidad Prime
El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago resolvió a favor de un ejecutivo desvinculado de la productora de publicidad y marketing Toma Uno SpA, al acoger parcialmente su demanda por despido indebido. El fallo, identificado con causa rol 2.423-2023 emitido por la magistrada Carmen Gloria Correa Valenzuela, determinó que la empresa deberá pagar una suma total superior a los 73 millones de pesos por distintos conceptos indemnizatorios.
El fallo estableció el pago de $3.244.144 por concepto de indemnización de falta de aviso previo, $25.953.152 por indemnización por años de servicio, $20.762.521 como recargo legal del artículo 168 letra a) del Código del Trabajo, $3.900.000 por feriado legal adeudado y $19.500.000 en remuneraciones correspondientes a los meses de marzo a julio de 2023.
Detalles del fallo
La magistrada determinó que la empresa no logró acreditar los motivos del despido del ejecutivo. No se presentó evidencia suficiente sobre la propiedad del comercial en conflicto ni sobre las gestiones mencionadas en la carta de despido. Además, no se aportaron pruebas de los contactos con la Agencia Atlas o Mandarina, que habrían influido en la decisión de desvinculación.
El tribunal concluyó que la empresa no pudo demostrar que las acciones del ejecutivo constituyeran una falta de probidad o incumplimiento de sus obligaciones laborales. En ese contexto, la jueza determinó que no existían elementos suficientes para validar el despido.
Conclusiones del tribunal
Finalmente, el tribunal rechazó la excepción de caducidad y la acción de tutela, pero acogió la demanda por despido indebido y ordenó el pago de las prestaciones correspondientes. Se dispuso que las sumas sean pagadas con reajustes e intereses conforme a la normativa laboral vigente.
Fuente: pjud.cl
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Ago 23, 2024 | Actualidad Prime
En una nueva sesión ante la Comisión de la Mujer y Equidad de Género, las ministras Jeannette Jara y Antonia Orellana expusieron los detalles del proyecto que busca perfeccionar la regulación del principio de igualdad salarial entre hombres y mujeres en el Código del Trabajo. Ambas autoridades subrayaron la importancia de eliminar las brechas salariales, principalmente en grandes empresas, y avanzar hacia una mayor equidad en el ámbito laboral.
Durante la sesión, la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, resaltó que la disparidad salarial entre géneros responde a múltiples factores, como diferencias en la educación, lagunas por maternidad, y segregación laboral basada en estereotipos de género. Además, indicó que, según la Encuesta Suplementaria de Ingresos (ESI) 2022, la brecha salarial promedio en Chile alcanza el 25,5%, siendo las grandes empresas las que más afectan a las mujeres con una brecha del 21,4%.
Por su parte, la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, detalló algunas de las propuestas incluidas en la iniciativa. Entre ellas, se contempla la creación de un Plan de Igualdad de Remuneraciones en las grandes empresas, la conformación de Comités de Igualdad, y la posibilidad de denunciar incumplimientos tanto en tribunales de justicia como en la Dirección del Trabajo. Además, se propone que la Dirección del Trabajo publique anualmente un Informe de Brechas de Remuneraciones.
El proyecto, que se encuentra en su segundo trámite legislativo, seguirá su curso con próximas sesiones destinadas a escuchar a diversos actores involucrados, mientras se abre un plazo para la presentación de indicaciones.
Fuente: senado.cl