Banco deberá indemnizar a proveedora tras caída en piso mojado, dictamina Corte de Santiago.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la condena a Scotiabank Chile. El banco deberá indemnizar a una proveedora que sufrió una caída en sus dependencias en mayo de 2018. Se rebajó el monto a pagar por concepto de daño moral.

En fallo unánime, la Decimotercera Sala del tribunal confirmo la sentencia del 16° Juzgado Civil de Santiago. El banco deberá pagar $2.868.813 por daño emergente (gastos médicos). La indemnización por daño moral se rebajó a $7.000.000.

Implicancias Procesales y Carga Probatoria

El tribunal concluyó que el accidente ocurrió porque el piso estaba mojado y sin señalética de advertencia. Testigos, aunque no presenciales directos, confirmaron las circunstancias. Un trabajador del banco vio a la proveedora en el suelo tras el incidente, con ropa mojada en la espalda.

La tesis de la defensa sobre un piso seco fue descartada. La prueba aportada por el banco solo demostró la forma correcta de limpieza, no cómo se realizó ese día. Un informe posterior de ISS Chile, la empresa de aseo, reafirmó las conclusiones iniciales.

La resolución también desestimó la supuesta exposición imprudente de la actora, que no logró ser acreditada. Así, se confirmó una omisión culpable por parte del banco, conforme al artículo 384 N°2 del Código de Procedimiento Civil.

Cuantificación del Daño Moral y Fundamentos

El monto inicial fijado prudencialmente por el tribunal por daño moral fue de $20.000.000. La demandante insistió en su calidad de «deportista» para justificar esta suma, pero dicha alegación no fue acreditada durante el proceso.

Testigos no aludieron a un daño psicológico directo. Este se determinó por el informe pericial del psiquiatra Tomás Amenábar Vial. No existieron otros medios de prueba que acreditaran un deterioro anticipado de su funcionalidad laboral, familiar o social.

La demandante fijó su pérdida de capacidad en un 12% en el libelo. Aunque el perito traumatólogo Francisco Javier Aliste Calderón la evaluó en un 20%, la Corte consideró otros elementos.

La entidad de las lesiones y los presupuestos en que se reclamó el daño llevaron a la rebaja. El Tribunal estimó prudencialmente la indemnización por daño moral en $7.000.000, acorde a la valoración probatoria.

Fuente: pjud.cl

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Corte Suprema rechaza demanda de indemnización en caso de desalojo de estación de servicio en Talca

En un fallo unánime, identificado con causa rol 38.088-2024, la Primera Sala de la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y rechazó el recurso en el fondo presentado en contra de una sentencia que desestimó la demanda de indemnización de perjuicios. La demanda fue interpuesta por una estación de servicios (expendedora de combustibles) ubicada en Talca, en relación con el desalojo del predio donde operaba.

El tribunal, conformado por los ministros Arturo Prado Puga, Mauricio Silva Cancino, María Angélica Repetto García, María Soledad Melo Labra y Juan Manuel Muñoz Pardo, rechazó los argumentos del recurso. La resolución enfatizó que la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago no incurrió en errores que justificaran su nulidad. Según el fallo, la sentencia impugnada simplemente reconoció que la ocupación del predio donde funcionaba la estación de servicio no contaba con un contrato vigente y operaba bajo la tolerancia del dueño.

Detalles de la decisión

El recurso de casación argumentó que la sentencia violaba la cosa juzgada, ya que la Corte Suprema había emitido previamente una sentencia que establecía la extinción del usufructo del predio por parte de la estación de servicio. Sin embargo, la resolución reafirmó que esta situación ya había sido juzgada y que el fallo no alteró esta decisión ni incurrió en actos de perjuicio contra la recurrente.

El fallo también desestimó el recurso en el fondo, señalando que no se demostraron errores de derecho que afectaran la resolución final. La Primera Sala concluyó que la impugnante no fundamentó adecuadamente la infracción a normas sustantivas, como las relativas a la responsabilidad extracontractual. Aun cuando existieran errores de derecho, estos no alteraban el fondo de la sentencia ni justificaban una reparación.

Resolución final

Finalmente, el tribunal resolvió que los recursos de casación presentados por el abogado de la demandante, Ricardo Haddad Zarzar, no cumplían con los requisitos legales y no influían en el dispositivo de la sentencia, confirmando el desalojo de la estación de servicio sin derecho a indemnización.

Fuente: pjud.cl

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