Cámara aprueba partida del Ministerio de Educación para el 2025

Luego de un extenso debate y votación, la Cámara de Diputados despachó la Partida N°9, correspondiente al Ministerio de Educación dentro del proyecto de ley de Presupuestos 2025 (boletín 17142). La cartera educativa recibió la mayor asignación de recursos, con un 19,2% del erario nacional y un presupuesto de 17 billones de pesos, lo que representa un aumento del 3,3% en comparación con 2024.

Rechazo a gastos para Servicios Locales de Educación

Durante la votación, la Cámara rechazó reponer los gastos variables de los 48 Servicios Locales de Educación (SLEP) que había rebajado la Comisión Especial Mixta de Presupuestos. Diputados independientes y oficialistas apoyaron a estos servicios, señalando los desafíos que enfrentan debido a problemas administrativos, de infraestructura y falta de flexibilidad presupuestaria.

En contraste, legisladores de la UDI, Republicanos y RN calificaron el sistema como «una política fracasada» y abogaron por suspender o posponer su implementación. Criticaron además el Sistema de Admisión Escolar (SAE), señalando que no prioriza los méritos de los estudiantes y no contempla la realidad de las regiones, y se aprobó la indicación del diputado Sergio Bobadilla (UDI) para suspender la aplicación del SAE en 2025, con 72 votos a favor.

Compromisos del Ejecutivo para la Educación

El ministro de Hacienda, Mario Marcel, comprometió medidas para abordar temas como la recuperación de liceos emblemáticos, mejoras en el programa de útiles escolares de Junaeb y apoyo a manipuladoras de alimentos. Además, se instalará una mesa de trabajo para resolver el pago de asignación de zona para asistentes de educación, una demanda planteada por diputados de zonas extremas.

Por otra parte, la Cámara aprobó la reposición de recursos para las subsecretarías de Educación, Educación Parvularia y Educación Superior, que también habían sido rechazados previamente.

Educación Escolar y Superior: prioridades y críticas

El área de educación inicial generó debate, especialmente por su presupuesto, ya que algunos legisladores consideraron que se prioriza la burocracia sobre la calidad y la formación. Desde sectores de oposición también señalaron un aumento en la deserción escolar y en la brecha de calidad entre colegios públicos y privados.

Desde el oficialismo, defendieron el aumento de presupuesto en educación, destacando su uso para gratuidad, reconocimiento de jardines infantiles y mejoras en infraestructura de los SLEP, deudas del CAE y el nuevo sistema de financiamiento de la educación superior (FES). Sin embargo, se subrayó la necesidad de fiscalizar los recursos destinados a la educación superior pública, aumentar la inversión en educación parvularia y mejorar la reinserción escolar.

Adicionalmente, para mejorar la entrega de útiles escolares, se aprobó una indicación que exige a Junaeb distribuir al menos el 60% de estos materiales antes del 30 de abril de 2025 y completarla en su totalidad para el 30 de mayo de ese mismo año, permitiéndose retrasos solo en casos de fuerza mayor. Además, Junaeb deberá informar bimestralmente al Congreso sobre la distribución, con desglose por región y comuna.

Finalmente, la Cámara respaldó las nuevas glosas propuestas por la Comisión Mixta para restringir el acceso a beneficios de gratuidad a estudiantes involucrados en incidentes violentos.

Fuente: camara.cl

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Corte de Apelaciones de Santiago acoge recurso de protección y ordena renovar becas indígenas a estudiante de Medicina

La Corte de Apelaciones de Santiago falló a favor de una estudiante de Medicina de la Universidad de Antofagasta, acogiendo su recurso de protección y ordenando a la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (Junaeb) renovar la beca indígena y la beca de residencia indígena para el año 2024. La resolución, tomada en fallo unánime por la Sexta Sala (causa rol 8.700-2024), considera ilegal y arbitraria la decisión de Junaeb de suprimir estos beneficios.

Contexto del caso

La recurrente, quien cursa segundo año de Medicina, solicitó la renovación de sus becas indígenas, argumentando que su cambio del programa de Bachillerato en Ciencias a la carrera de Medicina en la misma universidad representaba una continuidad de estudios. La Junaeb había denegado la renovación de los beneficios, argumentando una supuesta «falta de requisitos» y considerando que el cambio de bachillerato a Medicina implicaba un cambio de carrera.

Argumentos del Tribunal

El fallo determinó que el paso del Bachillerato en Ciencias a Medicina en la misma institución no constituye un cambio de carrera. El tribunal explicó que el bachillerato no se considera una carrera profesional o técnica, sino un grado académico que facilita el acceso a carreras como Medicina. Por lo tanto, el tránsito hacia Medicina implica una continuidad de estudios, permitida en el sistema académico de la universidad.

“La duración máxima del beneficio debe ajustarse a la extensión de la carrera de Medicina que cursa la recurrente, y no al plazo del programa de Bachillerato,” señaló el fallo. Limitar la duración del beneficio al bachillerato resultaría en una restricción arbitraria para los estudiantes que, como la recurrente, ingresan a una carrera profesional mediante este programa.

La Corte también consideró que la actuación de Junaeb fue arbitraria al interpretar el programa de bachillerato como una carrera universitaria. Esta decisión vulneró el derecho de igualdad ante la ley de la recurrente, al excluirla de un beneficio renovado a otros beneficiarios en situaciones académicas similares. La resolución indicó que esta interpretación de Junaeb carece de justificación y contradice la normativa sobre becas universitarias, vulnerando los derechos de la estudiante de medicina.

Resolución del Tribunal

El fallo concluye que Junaeb debe dejar sin efecto las resoluciones que suprimieron los beneficios y, en su lugar, renovar y pagar las becas indígenas de la recurrente para el año 2024, considerando la extensión de la carrera de Medicina. De esta manera, la Corte garantiza que la alumna pueda continuar sus estudios con el apoyo de los beneficios que había recibido previamente.

Este caso destaca la importancia de respetar los derechos de los estudiantes beneficiarios de becas indígenas y de interpretar correctamente los programas académicos que facilitan el acceso a la educación superior en Chile.

Fuente: pjud.cl

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Nuevo sistema de Financiamiento para la Educación Superior: FES

El financiamiento público para la educación superior (FES) se implementará como un sistema único que permitirá a cualquier estudiante cursar una carrera sin tener que pagar matrícula o aranceles. Esta medida busca garantizar la accesibilidad a la educación superior para todos y todas, sin importar su situación socioeconómica o puntajes PAES.

El proyecto está a la espera de la aprobación del Congreso Nacional. El financiamiento del FES provendrá de las retribuciones que realizarán los beneficiarios tras finalizar sus estudios, eliminando la intervención de la banca y asegurando que los fondos del Estado se utilicen únicamente para fines educativos.

Funcionamiento del FES

Las y los estudiantes que opten por el FES comenzarán a retribuir al sistema un año después de haber egresado o interrumpido sus estudios. La retribución dependerá del ingreso mensual y será de hasta un 8% del sueldo, con una exención para quienes ganen menos de $500.000 al mes.

El período de retribución será proporcional al tiempo cursado. Por ejemplo, si una carrera dura cinco años, la retribución se realizará durante veinte años, a razón de dos años por cada semestre cursado.

Reorganización de deudas: Condonación y beneficios

El plan también incluye medidas para los actuales deudores de los créditos CAE, Fondo Solidario y Corfo, ofreciendo tres tipos de condonación:

  1. Condonación inicial: Se calculará según la situación académica del deudor y el estado de sus pagos.
  2. Condonación por pago anticipado: Las personas podrán saldar su deuda pagando el 75% de lo restante y verán condonado el 25% restante.
  3. Condonación progresiva: Se aplicará una condonación mensual basada en el 8% del sueldo, con una exención para quienes ganen menos de $500.000.

Adicionalmente, quienes ya hayan saldado su deuda CAE podrán optar a un beneficio tributario, que reducirá el Impuesto Global Complementario o el Impuesto de Segunda Categoría por un valor de hasta 6 UF anuales en el caso de quienes no hayan terminado sus estudios.

Este nuevo sistema busca ampliar el acceso a la educación superior y aliviar la carga financiera de los estudiantes y sus familias, garantizando que el proceso de retribución sea justo y equitativo.

Fuente: gob.cl

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Corte de Apelaciones de Puerto Montt revoca expulsión de alumnos 

La Corte de Apelaciones de Puerto Montt resolvió a favor de los apoderados que presentaron recursos de protección contra un colegio de Puerto Varas, ordenando que se revoque la expulsión de dos alumnos. En una decisión unánime, la Primera Sala del tribunal, integrada por el ministro Jaime Vicente Meza Sáez, el fiscal judicial Rodolfo Maldonado Mansilla y el abogado Mauricio Cárdenas García, dictaminó que el colegio actuó de manera ilegal y arbitraria.

Detalles del fallo

El fallo establece que la institución no cumplió con el reglamento interno en el proceso que llevó a la expulsión de los alumnos. El tribunal identificó que el colegio no aplicó correctamente las etapas del proceso sancionador, como la investigación de los hechos, la recopilación de antecedentes y la posibilidad de que los estudiantes presentaran sus descargos.

El tribunal también señaló la falta de precisión en la descripción de las conductas imputadas a los estudiantes, lo que afectó su derecho a una defensa adecuada. Además, el fallo cuestionó la proporcionalidad de la sanción impuesta, argumentando que otras medidas disciplinarias podrían haberse aplicado sin recurrir a la expulsión.

La resolución subrayó que el colegio, como institución educativa, debe garantizar los derechos de los menores según la ley de protección integral de la infancia y la adolescencia, y aplicar medidas disciplinarias que respeten el debido proceso.

Finalmente, el tribunal ordenó dejar sin efecto la expulsión de los estudiantes, concluyendo que la sanción no se ajustaba a la normativa ni a los principios del reglamento interno del colegio.

Fuente: pjud.cl