Abr 14, 2025 | Actualidad Prime
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt condenó a J.P.F. a cumplir penas de 10 años y un día, y 8 años de presidio efectivo, por su responsabilidad como autor del delito de femicidio frustrado y del delito consumado de incendio, respectivamente. Los hechos, ocurridos en 2024 en la comuna de Puerto Montt, evidenciaron un grave caso de violencia de género que culminó en un intento de femicidio, el cual fue impedido por la oportuna intervención policial.
En un fallo unánime, el tribunal –integrado por los jueces Rosario Cárdenas Carvajal (presidenta), Jorge Díaz Rojas (redactor) y Cristian Rojas Collao– también impuso al condenado las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos públicos y derechos políticos, además de la inhabilitación absoluta para ejercer profesiones titulares mientras dure la condena.
Como parte de las medidas de protección, J.P.F. no podrá acercarse a la víctima ni a su entorno habitual, y se le prohíbe el porte y tenencia de armas de fuego por dos años, plazo que podrá ser prorrogado a solicitud de la víctima si las circunstancias así lo justifican.
El juez Jorge Díaz señaló que la sentencia se dictó sobre la base de pruebas concluyentes que confirmaron tanto los delitos como la participación activa del acusado. “Se acreditó un intento de femicidio marcado por un patrón de violencia previa, que fue escalando hasta llegar al ataque con un arma blanca. El accionar de Carabineros evitó un desenlace fatal”, explicó el magistrado.
Hechos acreditados
De acuerdo con el fallo, el 1 de enero de 2024, cerca de las 13:40 horas, la víctima y sus dos hijos, de 4 y 2 años, se encontraban en su hogar en el sector Ladera Angelmó, junto a J.P.F., con quien mantenía una relación de convivencia. El acusado roció diluyente en el inmueble y lo incendió, obligando a la mujer a huir con los menores. El incendio destruyó por completo la vivienda.
El 20 de febrero de 2024, J.P.F. volvió a atacar. Cerca de las 7:20 horas, ingresó sin consentimiento al domicilio donde se encontraba la víctima, a quien agredió con golpes de pies y puños. Posteriormente, intentó darle muerte, propinándole un golpe en la espalda con un machete, mientras ella intentaba escapar. El agresor también destruyó el televisor y el teléfono celular de la víctima, y le causó una quemadura con un cigarrillo en la pierna.
La brutal agresión dejó a la víctima con múltiples lesiones físicas, entre ellas contusiones en rostro y extremidades, y una quemadura en la pantorrilla. Estos hechos fueron calificados por el tribunal como un femicidio en grado de frustrado, dada la intención homicida y el contexto de violencia de género.
Medidas complementarias
Una vez que la sentencia quede firme, se ordenó la toma de muestras biológicas del condenado para su incorporación en el registro nacional de ADN de condenados, y el comiso del arma blanca tipo machete utilizada en el ataque.
Además, se instruyó notificar al Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG) sobre esta condena criminal, dado que el agresor es de nacionalidad extranjera.
El fallo representa una señal firme del sistema judicial frente al femicidio, incluso en su forma frustrada, reafirmando la urgencia de actuar frente a la violencia contra las mujeres y garantizar medidas efectivas de protección para las víctimas.
Fuente: pjud.cl
Nov 19, 2024 | Actualidad Prime
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de nulidad presentado contra la sentencia que condenó a Roberto Inail Márquez Torres a presidio perpetuo como autor del delito de femicidio consumado. El crimen ocurrió en septiembre de 2021 en la comuna de Renca.
Argumentos del fallo
En un fallo unánime, identificado con causa rol 5.465-2024, la Cuarta Sala del tribunal, compuesta por la ministra Verónica Sabaj, el ministro Fernando Guzmán y la abogada integrante Renée Rivero, determinó que no existió error de derecho en la sentencia dictada por el Segundo Tribunal Oral en lo Penal de Santiago.
El tribunal afirmó que la sentencia aplicó correctamente el artículo 390 ter, Nº 5 del Código Penal, descartando interpretaciones erróneas o uso indebido de la norma. Según el fallo, los jueces dieron una aplicación precisa al precepto legal, lo que llevó a la desestimación del recurso de nulidad.
La defensa de Márquez Torres argumentó que la colaboración del acusado al indicar la ubicación del cuerpo de la víctima debía considerarse un atenuante. Sin embargo, el tribunal rechazó esta alegación, señalando que la información proporcionada no fue sustancial para esclarecer los hechos.
Según el fallo, el acusado intentó desviar la investigación con versiones falsas sobre el crimen. Aunque reveló el lugar donde estaban los restos, esta acción no cumplió con los requisitos para ser considerada una colaboración significativa, ya que buscaba principalmente exculparse.
Conclusión del fallo
La resolución subrayó que la valoración de un atenuante como la colaboración sustancial corresponde exclusivamente a los jueces del fondo. Este análisis depende de los antecedentes concretos de cada caso y no puede ser revisado en instancias de nulidad, salvo que se demuestre una infracción a las reglas de la sana crítica, lo que no ocurrió en este caso.
La Corte concluyó que no existió una aplicación errónea del artículo 11 Nº 9 del Código Penal y rechazó el recurso de nulidad en su totalidad. Así, se ratificó la condena a presidio perpetuo para Márquez Torres como responsable del femicidio consumado en Renca.
Fuente: pjud.cl
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May 15, 2024 | Actualidad Prime
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cauquenes ha dictaminado una sentencia en un caso de violencia de género y tenencia ilegal de armas. El Tribunal condenó a Pedro Rafael Guzmán Riquelme a 5 años y un día de prisión efectiva, junto con las accesorias legales correspondientes, por su participación en el delito de femicidio tentado, ocurrido en junio del año pasado en la comuna de Parral.
El tribunal, integrado por los magistrados Rodrigo Tordecilla Gaete, Marcial Taborga Collao y Mario Villagra García, emitió un fallo unánime que también incluye una condena adicional de 3 años y un día de prisión efectiva, por tenencia ilegal de arma de fuego y municiones. Estas penas van acompañadas de inhabilitaciones absolutas para cargos públicos, derechos políticos y profesiones titulares mientras dure la condena.
Los hechos ocurrieron alrededor de las 23:00 horas del 26 de junio de 2023, cuando Guzmán Riquelme agredió a su conviviente durante una discusión por celos en el domicilio ubicado en Sector La Fortuna, Fundo La Selva S/N, de la comuna de Parral. Utilizando un cuchillo, intentó apuñalar a su pareja, quien logró defenderse, resultando con lesiones en los dedos de la mano y el hombro izquierdo.
La intervención de Carabineros permitió descubrir que Guzmán Riquelme poseía una escopeta marca Remington, calibre 16, junto con 11 cartuchos compatibles con el arma, sin contar con la autorización correspondiente.
El tribunal ha dispuesto que una vez que el fallo quede ejecutoriado, se procederá a la toma de muestras biológicas del sentenciado para su inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
Fuente: pdju.cl
Abr 2, 2024 | Actualidad Prime
El Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago ha dictado una sentencia condenando a Pedro Jaime González Gabancho a la máxima pena del sistema penal chileno: presidio perpetuo calificado. Este fallo unánime, pronunciado en el marco de la causa rol 471-2023, establece a González Gabancho como autor de femicidio premeditado, amenazas y lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar (VIF), todos perpetrados en septiembre y octubre de 2021 en la comuna de Independencia.
La resolución judicial, liderada por las magistradas Paula Rodríguez Fondón, Nora Rosati Jerez y Ana Larredonda Muñoz, impone además las accesorias legales correspondientes, como la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, así como la sujeción a la vigilancia de la autoridad.
Hechos de violencia y hostigamiento
El caso, marcado por una violencia extrema y brutal, involucró una serie de eventos escalofriantes que culminaron en la pérdida de la vida de Angélica Jacqueline Ramírez Gracia. Desde amenazas de muerte hasta agresiones físicas y psicológicas, González Gabancho sometió a la víctima a un constante hostigamiento. Este acoso alcanzó su punto más álgido el 30 de octubre de 2021, cuando el agresor, armado con un bidón de líquido inflamable, roció a Ramírez Gracia y prendió fuego a su cuerpo mientras ella suplicaba por su vida.
La víctima, con casi el 80% de su cuerpo quemado, agonizó durante dos meses antes de fallecer por una falla orgánica múltiple el 27 de diciembre de 2021. El tribunal destacó la crueldad de los actos perpetrados por González Gabancho, quien mostró una frialdad impactante incluso cuando la víctima le suplicaba clemencia.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, se procederá a la toma de muestras biológicas del sentenciado para su registro en el nacional de ADN de condenados, asegurando así la identificación y seguimiento de perpetradores de crímenes de género.
Fuente: pjud.cl
Nov 7, 2023 | Actualidad Prime
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción emitió un fallo unánime condenando a J.M.T.A. a presidio perpetuo por el delito de femicidio cometido el 13 de marzo de 2022 en Santa Juana. El tribunal estableció más allá de toda duda razonable que el acusado agredió a su conviviente y madre de tres hijas menores con un arma blanca, causándole la muerte en el lugar. El ataque ocurrió en presencia de las menores.
Además de la pena de presidio perpetuo, el condenado recibió las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y derechos políticos, sujeción a la vigilancia de la autoridad por el tiempo que establece la ley y prohibición de tenencia o porte de arma de fuego.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, se tomarán muestras biológicas del sentenciado para su inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
En la determinación de la pena, el tribunal consideró que el delito de femicidio tiene asignada una pena de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado. También se tuvieron en cuenta circunstancias agravantes y atenuantes, realizando una compensación racional de las mismas.
Las magistradas destacaron las consecuencias del hecho al determinar la magnitud del daño asociado al comportamiento del acusado. Se subrayó la violencia del ataque en el domicilio compartido por la víctima y el agresor, así como el uso de un arma cortante. Se resaltó la situación de la víctima, una mujer joven que trabajaba para sostener a sus tres hijas, generando un gran sufrimiento para la familia.
Se hizo hincapié en el impacto en las hijas de la víctima, quienes presentaron sintomatología de estrés postraumático y se prevén repercusiones en el futuro, especialmente durante la etapa de la adolescencia, requiriendo apoyo psicológico permanente. La sentencia concluyó destacando la necesidad de considerar estos aspectos al determinar la pena.
Fuente: pjud.cl