Abr 9, 2024 | Actualidad Prime
La Corte Suprema ratificó el fallo que rechaza la prescripción de una demanda de indemnización por responsabilidad extracontractual. La excónyuge presentó la demanda por hechos de violencia intrafamiliar durante su matrimonio que se extendió desde mayo de 1975 hasta el 3 agosto de 2015. El fallo, confirma la sentencia que ordenó continuar con la tramitación de la demanda de indemnización por responsabilidad extracontractual, debido a los maltratos físicos y psicológicos sufridos durante años de convivencia.
En una decisión unánime, la Primera Sala, compuesta por la ministra María Soledad Melo, el ministro Miguel Vázquez, el fiscal judicial Jorge Sáez y los abogados Diego Munita y Pedro Águila, rechazó el recurso de casación en el fondo presentado contra la sentencia emitida por la Corte de Apelaciones de La Serena. Esta última había desestimado la excepción de prescripción intentada por la parte demandada.
Interrupción de la prescripción
El fallo de la Corte Suprema destaca que, aunque el debate se centró en si la prescripción fue suspendida en este caso, la jurisprudencia establece que el recurso de casación en el fondo procede cuando la sentencia impugnada se dicta con infracción de ley y esta afecta sustancialmente el fallo. En este contexto, se considera que la demanda de divorcio presentada por la parte actora por los hechos de violencia intrafamiliar vividos durante el matrimonio constituye un acto interruptivo que impide la prescripción de la demanda de indemnización.
«Que esta Corte ha señalado en reiteradas oportunidades que la expresión ‘demanda judicial’ que emplea el artículo 2518 del Código Civil no se refiere forzosamente a la demanda civil en términos procesales estrictos, sino a cualquier gestión que demuestre que el acreedor pone en juego la facultad jurisdiccional para obtener o proteger su derecho»
En ese sentido, la resolución de la Sala Civil sostiene que la demanda de divorcio por culpa presentada por la actora contra el demandado por los actos de violencia intrafamiliar durante el matrimonio cumple con los requisitos legales para interrumpir la prescripción. Esta acción judicial, al buscar determinar la responsabilidad del demandado en los hechos de violencia denunciados, se considera un acto interruptivo del plazo de prescripción. Esto a raíz de que entre la fecha en que dicho proceso concluyó con sentencia firma que declaró el divorcio –23 de junio de 2017–, y la notificación de la presente demanda –4 de marzo de 2021-, no había transcurrido el plazo establecido en el artículo 2332 del Código Civil.
En consecuencia, la Corte Suprema rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de La Serena. Esta decisión ratifica la continuación del proceso de demanda de indemnización por responsabilidad extracontractual.
Fuente: pjud.cl
Abr 8, 2024 | Actualidad Prime
La Corte de Apelaciones de Antofagasta ha ratificado la medida de prisión preventiva para Carlos Andrés Contreras Gutiérrez, exseremi, por su presunta participación en un caso de fraude al fisco. Este dictamen (causa rol 759-2024) confirma la resolución previa del Juzgado de Garantía de Antofagasta, que consideró que la libertad del imputado representaba un riesgo para la seguridad pública.
El tribunal, conformado por los ministros Jasna Pavlich Núñez, Dinko Franulic Cetinic y Jaime Rojas Mundaca, sustentó su decisión en la peligrosidad que implican los delitos imputados, así como en la reiteración de los mismos y su impacto en el patrimonio fiscal. Contreras Gutiérrez está acusado de haber cometido cuatro delitos de fraude al fisco en el contexto de convenios celebrados entre el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) y la Fundación Cultural TomArte durante el año 2022.
Según la investigación del Ministerio Público, Contreras Gutiérrez, en su calidad de seremi de Vivienda y Urbanismo, habría excedido sus facultades para favorecer a la Fundación TomArte, representada legalmente por Kelly Betancourt Acosta, con la asignación de fondos destinados a obras menores en asentamientos precarios de Antofagasta. Estos convenios, suscritos en septiembre de 2022, involucraron la transferencia de $456.000.000 de fondos públicos.
El fallo de la Corte de Apelaciones destacó que los antecedentes recopilados durante la investigación sugieren la intervención indebida del imputado para asegurar la adjudicación de los convenios a la fundación con la que mantenía vínculos previos de índole social y política. Esta situación, junto con el perjuicio causado al erario público y a los sectores más vulnerables de la sociedad, se consideró como un argumento contundente para mantener la medida de prisión preventiva.
Fuente: pjud.cl
Abr 3, 2024 | Actualidad Prime
El Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago ha emitido un fallo unánime condenando a Pablo Andrés López Valenzuela por el delito de receptación de cables de redes de suministro telefónico. López Valenzuela deberá cumplir una pena efectiva de 541 días de presidio, así como enfrentar la suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de su condena, además de pagar una multa equivalente a un tercio de UTM.
Los hechos que llevaron a esta condena tuvieron lugar aproximadamente a las 02:10 horas del 9 de abril de 2021 en la comuna de Pudahuel. Según lo establecido por el tribunal, López Valenzuela fue sorprendido por Carabineros sustrayendo cables de la empresa Telefónica utilizando una sierra. Tras una breve huida en bicicleta, fue detenido con 20 metros de cables en su posesión. Estos cables, que formaban parte de redes de suministro de servicios públicos de telefonía, fueron sustraídos previamente por López Valenzuela.
El tribunal, al determinar la pena a imponer, consideró una circunstancia atenuante muy calificada, lo que resultó en una rebaja de la pena asignada al delito. Sin embargo, no se eximió al acusado de la multa dispuesta por la ley, aunque esta fue considerablemente reducida. Además, se decidió no confiscar los cables telefónicos, ya que su propiedad fue reconocida por la parte afectada, Telefónica Chile S.A.
Es importante destacar que López Valenzuela tiene antecedentes penales, habiendo sido condenado anteriormente por dos robos consumados en lugar no habitado. Aunque se le concedió el beneficio de la libertad condicional en una instancia anterior, la pena impuesta en este caso no permite la aplicación de una pena sustitutiva según lo establecido por la ley.
Fuente: pjud.cl
Abr 2, 2024 | Actualidad Prime
El Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago ha dictado una sentencia condenando a Pedro Jaime González Gabancho a la máxima pena del sistema penal chileno: presidio perpetuo calificado. Este fallo unánime, pronunciado en el marco de la causa rol 471-2023, establece a González Gabancho como autor de femicidio premeditado, amenazas y lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar (VIF), todos perpetrados en septiembre y octubre de 2021 en la comuna de Independencia.
La resolución judicial, liderada por las magistradas Paula Rodríguez Fondón, Nora Rosati Jerez y Ana Larredonda Muñoz, impone además las accesorias legales correspondientes, como la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, así como la sujeción a la vigilancia de la autoridad.
Hechos de violencia y hostigamiento
El caso, marcado por una violencia extrema y brutal, involucró una serie de eventos escalofriantes que culminaron en la pérdida de la vida de Angélica Jacqueline Ramírez Gracia. Desde amenazas de muerte hasta agresiones físicas y psicológicas, González Gabancho sometió a la víctima a un constante hostigamiento. Este acoso alcanzó su punto más álgido el 30 de octubre de 2021, cuando el agresor, armado con un bidón de líquido inflamable, roció a Ramírez Gracia y prendió fuego a su cuerpo mientras ella suplicaba por su vida.
La víctima, con casi el 80% de su cuerpo quemado, agonizó durante dos meses antes de fallecer por una falla orgánica múltiple el 27 de diciembre de 2021. El tribunal destacó la crueldad de los actos perpetrados por González Gabancho, quien mostró una frialdad impactante incluso cuando la víctima le suplicaba clemencia.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, se procederá a la toma de muestras biológicas del sentenciado para su registro en el nacional de ADN de condenados, asegurando así la identificación y seguimiento de perpetradores de crímenes de género.
Fuente: pjud.cl
Abr 1, 2024 | Actualidad Prime