Proyecto de ley para fortalecer la regulación de licencias médicas avanza en el Congreso

La Comisión de Salud ha completado la tramitación del proyecto que busca reforzar las facultades de los organismos encargados de regular y fiscalizar las licencias médicas. Este proyecto, contenido en el boletín 14845, propone nuevas sanciones administrativas y penales para quienes hagan un uso indebido de este beneficio laboral.

El proyecto establece que solo médicos cirujanos, cirujanos dentistas o matronas, inscritos y legalmente habilitados en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud de la Superintendencia de Salud, podrán emitir licencias médicas. Además, aquellos médicos que hayan obtenido o revalidado su título desde el 19 de abril de 2009 deberán aprobar el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (Eunacom) para poder emitir licencias.

Licencias médicas electrónicas

El proyecto también abarca la regulación de las licencias médicas electrónicas y el registro clínico digital. Se propone que este tipo de licencias se emita a través de un formulario especial donde se registren todas las certificaciones, resoluciones y autorizaciones pertinentes. En casos excepcionales, como la falta de medios tecnológicos o de conectividad, se permitirá la emisión de licencias en formato papel.

Asimismo, se creará un sistema de información que permitirá la tramitación de las licencias médicas electrónicas, operado por entidades públicas o privadas, bajo la supervisión de la Superintendencia de Seguridad Social (Suceso).

Regulación de la telemedicina

El proyecto también regula el ejercicio de la telemedicina, estableciendo que los profesionales que realicen atenciones a distancia deberán estar habilitados para ello y utilizar plataformas tecnológicas de acuerdo con la Ley de Derechos y Deberes de los Pacientes. Estas plataformas deberán contar con un registro de las atenciones realizadas.

Sanciones por mal uso de licencias médicas

La norma contempla facultades para la Superintendencia de Salud y las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin) para suspender la emisión de licencias médicas a quienes sean sancionados por irregularidades. En el caso de los profesionales de la salud pública que incurran en falsedades en el otorgamiento, obtención o tramitación de licencias médicas o declaraciones de invalidez, se aplicarán penas de presidio menor en su grado medio a máximo, con sanciones que van desde 541 días hasta cinco años, además de multas de 300 a 1.000 UTM (entre $19.908.000 y $66.360.000).

Por su parte, quienes utilicen documentos falsos de manera maliciosa enfrentarán sanciones similares, aunque reducidas en dos grados.

Plazos y entrada en vigencia

El proyecto también establece plazos para la inscripción de médicos cirujanos, cirujanos dentistas y matronas en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud. Estos profesionales tendrán 90 días, desde la publicación de la ley, para completar este proceso. En cuanto al requisito del Eunacom, este será exigible un año después de la publicación de la norma, y quienes no lo cumplan perderán su habilitación automáticamente.

Este proyecto avanza en su segundo trámite constitucional, con la intención de mejorar la fiscalización y garantizar un uso adecuado de las licencias médicas en Chile.

Fuente: camara.cl

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte de Apelaciones ordena publicación de sentencia como medida de reparación por crimen de lesa humanidad 

La Comisión de Salud aprueba proyecto para regular licencias médicas

La Comisión de Salud de la Cámara de Diputadas y Diputados, de forma unánime, respaldó el proyecto (boletín 14845) que propone modificar la Ley 20.585, relativa al otorgamiento y uso de licencias médicas. Este proyecto, en su esencia, tiene como objetivo fortalecer las regulaciones en torno a estas licencias, buscando intensificar la fiscalización y prevenir situaciones de fraude.

La propuesta en su segundo trámite constitucional plantea que solo los prestadores de salud debidamente inscritos en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud podrán expedir licencias médicas. Además, establece requisitos específicos para la Licencia Médica Electrónica y el registro clínico electrónico, junto con la habilitación de una plataforma de telemedicina que garantice la calidad tanto técnica como clínica de la atención, asegurando la identidad del prestador y del paciente.

Durante la discusión parlamentaria, los legisladores de la Comisión de Salud enfatizaron la necesidad de avanzar en una legislación que permita prevenir posibles fraudes, aumentando al mismo tiempo los mecanismos de control sobre el uso de las licencias médicas.

Se acordó unánimemente que el tema necesita de una regulación más sólida, pero se reconoció la necesidad de perfeccionar el proyecto mediante la presentación de indicaciones, las cuales podrán ser ingresadas hasta el próximo 19 de enero.

El texto contempla sanciones severas por mal uso de licencias médicas. Durante los procesos administrativos, se podrá suspender provisionalmente la emisión de licencias médicas para el profesional investigado si existen indicios de ausencia de justificación médica para la emisión de las mismas.

En situaciones donde los hechos puedan constituir delitos, el funcionario que dictaminó la suspensión deberá informar estos hechos a las autoridades correspondientes, ya sea al Ministerio Público o a la policía en ausencia de una fiscalía en el lugar de servicio del funcionario.

La Superintendencia podrá suspender hasta por 180 días la facultad de emitir licencias médicas si se comprueba la emisión sin fundamento médico, acompañada de una multa fiscal de hasta 140 unidades tributarias mensuales, duplicable en casos de reincidencia.

En situaciones de reiterada reincidencia, la suspensión podría ser desde un año hasta perpetua, con multas que podrían alcanzar hasta las 600 unidades tributarias mensuales. Estas medidas buscan disuadir y sancionar enérgicamente la emisión indebida de licencias médicas.

Fuente: camara.cl