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Ministerio del Deporte emite requerimiento a la Federación Colombiana de Fútbol para ajustar normativas

El Ministerio del Deporte ha emitido un requerimiento a la Federación Colombiana de Fútbol para ajustar su Estatuto del Jugador y Código Único Disciplinario, siguiendo las resoluciones de la Corte Constitucional y el Consejo de Estado. Estos ajustes buscan proteger los derechos fundamentales de los futbolistas profesionales, incluyendo la dignidad humana, el trabajo y la libertad de escoger profesión. Además, la Dimayor estará sujeta a inspección y control por parte del Ministerio.

Publicado: 19 de julio de 2024

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, el Ministerio del Deporte, a través de la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control (IVC), ha emitido un requerimiento a la Federación Colombiana de Fútbol (FCF) para que realice ajustes en el Estatuto del Jugador y el Código Único Disciplinario. Esta acción responde a las resoluciones de la Corte Constitucional y la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado.

El requerimiento, formalizado en el oficio No. 2024EE0001090 del 24 de enero de 2024, solicita específicamente la modificación del numeral 4 del artículo 21 del Estatuto del Jugador. Esta modificación implica que ya no se podrá sancionar con la «Prohibición de efectuar transferencias o inscripción de jugadores por periodos determinados», en línea con la protección de los derechos fundamentales de los futbolistas profesionales, tales como la dignidad humana, el trabajo, la libertad de escoger profesión u oficio y el libre desarrollo de la personalidad.

Asimismo, el Ministerio del Deporte ha solicitado la revisión del artículo 32 del Estatuto del Jugador, para permitir la transferencia de deportistas sin que la existencia de deudas u obligaciones pendientes entre los clubes profesionales lo impida.

Además, se ha informado que la División Mayor del Fútbol Profesional Colombiano (Dimayor), como parte de la estructura funcional de la FCF, estará sujeta a partir de ahora a la inspección, vigilancia y control del Ministerio del Deporte.

Esta medida se sustenta en el marco jurídico colombiano, que incluye el artículo 52 de la Constitución Política, la Ley 181 de 1995, el Decreto Ley 1228 de 1995, el Decreto 1085 de 2015, la Ley 1967 de 2019 y el Decreto 1670 de 2019, los cuales facultan al Ministerio del Deporte para ejercer labores de inspección, vigilancia y control sobre todas las Federaciones Deportivas reconocidas dentro del Sistema Nacional del Deporte.

La Federación Colombiana de Fútbol deberá ahora proceder con los ajustes requeridos para cumplir con las normativas vigentes y asegurar la protección de los derechos fundamentales de los futbolistas.

Fuente: mindeporte.gov.co

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