La Corte Constitucional, mediante la sentencia T-049 de 2025, protegió los derechos de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad en Santa Marta, al evidenciar barreras en su acceso a la educación.
El fallo se originó tras la acción de tutela interpuesta por el defensor regional del Magdalena contra la Secretaría de Educación de Santa Marta y la Alcaldía Distrital, debido a incumplimientos en la implementación de la política de educación inclusiva. Según la demanda, varios cuidadores y personas con discapacidad denunciaron la negación de cupos escolares y la falta de herramientas adecuadas para los docentes.
La Sala Novena de Revisión de la Corte concluyó que la situación afecta gravemente la disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad del servicio educativo para esta población. También identificó falencias en la identificación del número de estudiantes con discapacidad y en la ejecución de los Planes Individuales de Ajustes Razonables (PIAR).
Por lo anterior, el alto tribunal ordenó:
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Acciones inmediatas para garantizar el acceso a la educación de los estudiantes con discapacidad en las 30 instituciones involucradas en la tutela.
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Medidas estructurales dirigidas a mejorar la educación inclusiva en Santa Marta.
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Prohibición expresa a la Secretaría de Educación y a las instituciones educativas de negar cupos por razones de discapacidad.
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Orden al Ministerio de Educación para implementar mecanismos de seguimiento a la inversión de recursos, mejorar la vinculación de profesionales de apoyo y avanzar en la transición hacia un modelo de educación inclusiva a nivel nacional.
La sentencia enfatiza que la educación inclusiva debe privilegiar la diversidad dentro de los centros educativos y garantizar la formación integral del estudiantado, en cumplimiento de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Fuente: corteconstitucional.gov.co
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