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Animales de compañía podrán viajar en cabina y transporte terrestre bajo nuevas obligaciones legales

La aplicación de la Ley 1774 transforma el transporte de mascotas en Colombia al exigir que perros y gatos viajen en cabina junto a sus dueños, estableciendo requisitos de aviso previo, vacunación, peso y responsabilidad del propietario, así como sanciones para las empresas que incumplan la norma y pongan en riesgo el bienestar animal.

Publicado: 15 de enero de 2026

La movilidad de animales de compañía en Colombia experimenta un cambio significativo con la aplicación de la Ley 1774 de 2016, que establece nuevas reglas para su transporte en aviones y vehículos de servicio público terrestre. A partir de la entrada en vigor de esta norma, las empresas de transporte deberán permitir que perros y gatos viajen junto a sus dueños en las cabinas de pasajeros, dejando atrás prácticas que los exponían a riesgos cuando eran trasladados en bodegas de carga.

La regulación impone condiciones específicas para garantizar la seguridad y convivencia durante los trayectos. Los propietarios deberán informar con al menos 48 horas de anticipación a la empresa transportadora, presentar el carné de vacunación antirrábica vigente y asegurar que la mascota no supere los 15 kilogramos de peso. Además, los animales deberán portar correa y viajar en un guacal adecuado, mientras que los dueños asumen la responsabilidad por el aseo y el respeto hacia los demás pasajeros.

El impulso legislativo respondió a múltiples antecedentes en los que animales domésticos sufrieron lesiones, condiciones extremas e incluso la muerte durante traslados en compartimentos destinados a carga, espacios que no ofrecían garantías mínimas para seres vivos. La ley busca corregir estas prácticas y reconocer la condición de las mascotas como seres que requieren protección especial.

Desde el Congreso se ha reiterado el llamado a las empresas aéreas y de transporte terrestre para que cumplan de manera estricta la normativa. El incumplimiento puede derivar en sanciones administrativas, cuya definición y aplicación corresponde al Ministerio de Transporte y a la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, según el tipo de servicio involucrado.

Con esta medida, el ordenamiento jurídico colombiano avanza en la protección del bienestar animal y refuerza las obligaciones del sector transporte, integrando criterios de seguridad, responsabilidad y trato digno en la movilidad de mascotas junto a sus familias.

Fuente: camara.gov.co

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