La Subsección A de la Sección Tercera del Consejo de Estado condenó a la Iglesia Pentecostal Unida de Colombia, al municipio de Fundación y a la Secretaría de Tránsito y Transporte de esa entidad territorial, por su responsabilidad en la muerte de 33 niños y las lesiones sufridas por otros 35 en el incendio de una buseta el 18 de mayo de 2014.
La sentencia, proferida el 6 de diciembre de 2024 dentro del expediente 68.702, determinó que, aunque la causa directa del siniestro fue la maniobra imprudente del conductor—quien intentó abastecer de gasolina el carburador del vehículo con una pimpina—, las omisiones de la Iglesia y de las autoridades de tránsito influyeron en la materialización del desastre.
Durante el proceso se probó que la buseta en la que se transportaban los menores no cumplía con las condiciones técnicas y legales para operar, y que el conductor carecía de los documentos en regla. A pesar de estos hechos, la Iglesia Pentecostal Unida de Colombia, responsable del traslado de los niños tras su asistencia a la escuela dominical, no garantizó su seguridad, vulnerando el principio del interés superior del menor y omitiendo su deber objetivo de cuidado.
Por su parte, el municipio de Fundación y su Secretaría de Tránsito y Transporte fueron señalados por su falta de control y vigilancia en la regulación del transporte de menores. El Consejo de Estado concluyó que la inacción de estas entidades, tanto antes del accidente como el día de los hechos, contribuyó a la ocurrencia de la tragedia.
Esta decisión reafirma la obligación de las entidades religiosas y gubernamentales de adoptar medidas efectivas para la protección de la infancia y la seguridad vial, con el fin de prevenir eventos de similar magnitud en el futuro.
Fuente: consejodeestado.gov.co
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