<

Consejo de Estado define el régimen jurídico aplicable a los contratos del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres

El Consejo de Estado estableció los regímenes jurídicos aplicables a los contratos celebrados con recursos del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, diferenciando entre contratación pública para la administración de bienes y contratación privada para la ejecución de acciones en zonas de desastre. Además, precisó las competencias del director de la UNGRD en materia precontractual, contractual y disciplinaria, y advirtió sobre los riesgos de corrupción, resaltando la importancia de aplicar principios como la transparencia, la moralidad administrativa y la buena fe para garantizar el cumplimiento del interés público y la finalidad social del Fondo.

Publicado: 30 de junio de 2025

La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado emitió un concepto mediante el cual aclaró el régimen jurídico aplicable a los contratos celebrados con los recursos del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (FNGRD), destacando la necesidad de fortalecer la transparencia y la legalidad en el manejo de estos recursos, destinados a atender situaciones de desastre y calamidad pública.

Según el pronunciamiento, los contratos celebrados con los recursos del FNGRD son suscritos por La Fiduprevisora S.A. y no por el Fondo directamente. Sin embargo, la responsabilidad de adelantar los procesos precontractuales recae en el director de la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), en su calidad de ordenador del gasto.

La Sala distinguió dos regímenes de contratación aplicables:

1. Régimen público, conforme al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, para los contratos relacionados con la administración de los bienes, derechos e intereses del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.

2. Régimen privado, para aquellos contratos orientados a la ejecución de acciones en zonas declaradas en desastre o calamidad pública, los cuales se regirán por el derecho privado, respetando los principios de la función administrativa, la gestión fiscal y las reglas de inhabilidades e incompatibilidades estatales.

El Consejo de Estado también precisó que el director de la UNGRD tiene la competencia para expedir manuales de contratación: uno, obligatorio, bajo el régimen público; y otro, de carácter interno, bajo el régimen privado, el cual debe guiarse por normas civiles y comerciales. En cuanto al incumplimiento contractual, el director solo podrá declararlo unilateralmente en los contratos sujetos al régimen público, mientras que, en los contratos privados, esta facultad corresponde al juez del contrato.

Finalmente, la Sala advirtió sobre los riesgos de corrupción asociados a la contratación pública en este contexto, subrayando la relevancia de principios como la buena fe, la moralidad administrativa y la transparencia. Recalcó que tanto La Fiduprevisora S.A. como el director de la UNGRD deben garantizar el uso adecuado de los recursos, en cumplimiento de la finalidad social y de interés público del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.

Fuente: consejodeestado.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Entra en vigencia la reforma laboral en Colombia tras aprobación en el Congreso

Últimas entradas publicadas

Discapacidad

Colombia avanza hacia la adhesión al Protocolo Facultativo de la Convención sobre Discapacidad

by | Ago 22, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La plenaria del Senado de la República definirá en último debate la adhesión de Colombia al Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, un acuerdo internacional que reforzaría el marco jurídico para la protección de esta población. La iniciativa, presentada por el Gobierno Nacional en 2024 y con ponencia favorable, busca garantizar el cumplimiento de compromisos internacionales y avanzar en la igualdad y dignidad de las personas con discapacidad, en coherencia con el Plan Nacional de Desarrollo y la reciente creación del Ministerio de Igualdad y Equidad.

Cesantías

Comisión Séptima de la Cámara aprueba uso parcial de cesantías para emprendimientos femeninos

by | Ago 21, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Un proyecto aprobado en la Comisión Séptima de la Cámara propone autorizar el retiro de hasta la mitad de las cesantías para destinarlas a emprendimientos liderados por mujeres. La iniciativa busca impulsar la autonomía económica y el empleo femenino, incluye incentivos tributarios y capacitación, y ahora deberá ser discutida en la Plenaria de la corporación.

Convenio de asociación

Consejo de Estado fija reglas para convenios de asociación previos al Decreto 092 de 2017

by | Ago 20, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Consejo de Estado aclaró el régimen aplicable a convenios de asociación con entidades sin ánimo de lucro firmados antes de 2017, como el suscrito entre el Distrito Capital y la Fundación Amigos del Teatro Mayor. La Sala estableció que estos convenios se rigen por la Ley 489 de 1998 y el Decreto 777 de 1992, y fijó condiciones estrictas para su eventual prórroga, como motivación expresa, disponibilidad presupuestal y coherencia con los planes de desarrollo vigentes.

Periodista

Corte Suprema fija precedente en crímenes contra periodistas y restablece condena por homicidio agravado

by | Ago 19, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena por homicidio agravado contra el responsable del asesinato del periodista Luis Antonio Peralta Cuéllar en Caquetá. El fallo reconoce que el crimen estuvo motivado por su labor periodística de control social y establece un precedente para que los jueces incorporen la perspectiva de censura al analizar ataques contra comunicadores en Colombia.

Sustitución pensional

Corte Constitucional protege derecho de mujer a la sustitución pensional pese a no haber cohabitado con su esposo en los últimos años

by | Ago 18, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Corte Constitucional protegió los derechos de una mujer a quien la UGPP negó la sustitución pensional por no acreditar convivencia en los cinco años previos al fallecimiento de su esposo. El tribunal recordó que este requisito puede cumplirse en cualquier momento de la relación y que la cohabitación no es el único indicador de convivencia, pues también cuentan los lazos afectivos, el apoyo mutuo y la permanencia del proyecto de vida común. En consecuencia, ordenó a la entidad reconocer la prestación con retroactivo, mesadas adicionales e incrementos.

Enfermería

Cámara de Representantes impulsa actualización del Código Deontológico de Enfermería en Colombia

by | Ago 15, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Cámara de Representantes estudia un proyecto de ley que busca derogar la Ley 911 de 2004 y establecer un nuevo Código Deontológico para la enfermería en Colombia. La propuesta, liderada por la representante Martha Alfonso y construida junto a organizaciones gremiales, académicas y éticas del sector, pretende responder a problemas como la sobrecarga laboral, las deficiencias del sistema y la falta de perfilamiento adecuado para los cargos.