El Consejo de Estado negó la solicitud de suspensión provisional del acto administrativo mediante el cual el Ministerio de Minas y Energía delegó a la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) la función de fomentar y promover fuentes de energías no convencionales. La decisión fue emitida mediante auto del pasado 9 de octubre, donde se evaluó si la delegación realizada implicaba una invasión de competencias legislativas.
La demanda fue presentada con el argumento de que la delegación no solo trasladaba temporalmente una función, sino que creaba una nueva, no contemplada en la normativa vigente, lo cual habría constituido una invasión a la competencia del legislador. El demandante solicitó, por esta razón, la nulidad del acto administrativo y la suspensión provisional de la delegación.
Sin embargo, el Consejo de Estado desestimó la solicitud de suspensión. En su análisis, argumentó que el Ministerio de Minas y Energía cuenta con la competencia para definir políticas públicas sobre todas las fuentes de energía, incluyendo las no convencionales. La función delegada a la ANH, explicó la Sala, se limita a la elaboración de insumos técnicos necesarios para el fomento y la promoción de estas energías, lo cual constituye una delegación temporal de una de sus propias funciones.
Con base en esta interpretación, el alto tribunal concluyó que no existen elementos suficientes para suponer que la autoridad demandada hubiera invadido competencias del legislador en esta instancia del proceso. La decisión permite a la ANH continuar con las actividades de promoción de energías no convencionales en cumplimiento de su papel técnico, mientras el proceso judicial de nulidad sigue en curso.
Fuente: consejodeestado.gov.co
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