Mediante decisión en segunda instancia, el Consejo de Estado emitió una sentencia que establece medidas estrictas para la protección del humedal La Conejera, localizado en la localidad de Suba, Bogotá. La decisión responde a un recurso de apelación interpuesto por el Distrito Capital y otros actores institucionales, así como por una constructora y un curador urbano, en contra de la sentencia emitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en 2019.
La sentencia del Consejo de Estado obliga a la Secretaría Distrital de Planeación, la Secretaría Distrital de Ambiente y la Alcaldía Local de Suba a realizar la delimitación clara de las zonas de protección del humedal, con el fin de evitar la expedición de licencias de construcción que se superpongan con áreas ecológicamente protegidas. Además, las autoridades deberán implementar programas de educación y vigilancia que promuevan el compromiso de la comunidad y de otras entidades en la preservación de este importante ecosistema urbano.
El caso se originó tras la emisión de una licencia de construcción que afectaba un área protegida del humedal, violando el derecho colectivo a un ambiente sano y al uso adecuado del espacio público. El Tribunal de Cundinamarca, en su fallo de primera instancia, había declarado la protección de estos derechos, y ahora el Consejo de Estado ratifica dicha decisión, con algunas modificaciones.
La alta Corte reconoció que la administración distrital ya había implementado ciertas medidas de protección, como el Plan de Manejo Ambiental del humedal La Conejera y una regulación específica para el uso del suelo en las zonas aledañas al canal Afidro, integradas en el sistema hídrico de la ciudad. Sin embargo, el Consejo de Estado también encontró pruebas suficientes de acciones y omisiones por parte de las autoridades, las cuales propiciaron daños ambientales en el humedal debido a la contaminación sonora y a la afectación del hábitat de especies de aves y otras especies dependientes del ecosistema.
La sentencia subraya que el humedal está catalogado como parque ecológico distrital de humedales dentro del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de Bogotá, por lo que cualquier actividad en esa área debe cumplir con estrictas normativas de conservación. La Sala también reiteró la responsabilidad de la Secretaría de Planeación en velar por que las licencias de construcción se ajusten a las disposiciones de protección ambiental.
Finalmente, el Consejo de Estado destacó que la protección del humedal La Conejera responde a normativas internacionales, nacionales y distritales, enfatizando su importancia como fuente de equilibrio ecológico, hábitat de especies biológicas diversas, y vital componente del sistema de drenaje pluvial de la ciudad.
Fuente: consejodeestado.gov.co
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