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Corte Constitucional ampara derechos de comunidad en riesgo por estado precario de un puente en Santander

La Corte Constitucional ampara los derechos fundamentales de una comunidad en Santander cuya vida e integridad estaban en riesgo debido al precario estado de un puente hamaca. La decisión, basada en una acción de tutela presentada por Emilse, destaca la falta de seguridad estructural, amenazas a la salud y obstáculos para la educación de los residentes. La alcaldía municipal debe ahora dialogar con la comunidad para desarrollar un plan de contingencia y un cronograma de implementación, según lo ordenado por la Corte.

Publicado: 30 de enero de 2024

La Sala Séptima de Revisión de la Corte Constitucional, en virtud de la sentencia T-582 de 2023, ha emitido un fallo que ampara los derechos a la vida, integridad física, salud y educación de una comunidad en el sector Santa Isabel del Municipio de El Playón, Santander. La acción de tutela, presentada en marzo de 2023 por Emilse en nombre propio y representación de la población local, señaló la preocupante situación del puente hamaca que conecta el sector con el casco urbano del municipio.

La accionante respaldó su solicitud con pruebas, incluyendo evidencia fotográfica que evidencia fallas estructurales, tablero de madera incompleto y arreglos provisionales realizados por la comunidad. Así mismo, argumentó que el estado del puente representaba un riesgo para la vida y la integridad de la comunidad, que depende de esta infraestructura para acceder a servicios esenciales como educación y salud.

Aunque los jueces de instancia inicialmente rechazaron la acción de tutela, la Sala Séptima de Revisión, liderada por la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera, revocó esas decisiones y amparó diversos derechos fundamentales. La Corte concluyó que las autoridades locales no garantizaron la seguridad de la estructura del puente, exponiendo a la comunidad a situaciones peligrosas.

Asimismo, la Corte determinó que el estado del puente constituía una amenaza para el derecho a la salud, especialmente en términos de la accesibilidad al centro de salud más cercano. Además, resaltó que el deterioro del puente afectaba el derecho a la educación de los menores de edad en la zona.

La decisión de la Corte también encontró que las autoridades locales vulneraron el derecho de petición de Emilse al no responder de manera oportuna a una solicitud presentada. En respuesta a estos hallazgos, la Corte ordenó a la alcaldía municipal establecer un diálogo con la comunidad para desarrollar un plan de contingencia destinado a reducir los riesgos asociados al puente. También se exigió la creación de un cronograma claro y razonable para la implementación de dicho plan, buscando así garantizar la seguridad y los derechos fundamentales de la población afectada.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

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