<

Corte Constitucional exhorta a regular derechos de migrantes en tránsito

La Corte Constitucional advirtió sobre vacíos en el proceso de inadmisión y rechazo de migrantes en tránsito, tras el caso de tres ciudadanas de Camerún retenidas en el Aeropuerto de Bogotá. El fallo exhorta al Congreso y a Migración Colombia a regular la protección de los derechos de estos migrantes, garantizando el debido proceso, la prohibición de devoluciones que pongan en riesgo su seguridad y estándares mínimos de dignidad y bienestar.

Publicado: 12 de marzo de 2025

La Corte Constitucional emitió la sentencia T-060 de 2025, en la que analizó la tutela presentada por tres ciudadanas de Camerún contra Migración Colombia. Las accionantes denunciaron haber sido inadmitidas en el país y retenidas en condiciones precarias en la zona de tránsito del Aeropuerto Internacional de Bogotá, sin posibilidad de ejercer su derecho a la defensa y sin acceso a información mínima sobre su situación migratoria.

La Sala Segunda de Revisión, pese a declarar la carencia actual de objeto por daño consumado debido al retorno de las migrantes a su país de origen, determinó que en este caso se evidenció una práctica inconstitucional que invisibiliza el fenómeno de la migración en tránsito. Según la Corte, las demandantes portaban visas de turismo con la intención de transitar por Colombia, pero su ingreso fue denegado sin un debido proceso administrativo ni garantías mínimas, como la asistencia en su lengua materna o la oportunidad de solicitar asilo.

Si bien el alto tribunal reconoció la facultad del Estado para definir sus políticas migratorias y proteger la soberanía nacional, advirtió que el proceso de inadmisión y rechazo de extranjeros presenta vacíos normativos que podrían vulnerar los derechos humanos de los migrantes. En este sentido, la Corte recordó que los migrantes son sujetos de especial protección, ya que suelen encontrarse en condiciones de indefensión debido al desconocimiento del sistema jurídico local, la barrera del idioma y la falta de redes de apoyo.

En su fallo, la Corte exhortó al Congreso, al Ministerio de Relaciones Exteriores y a Migración Colombia a regular de manera específica la protección de los derechos de los migrantes en tránsito. Dicha regulación deberá establecer estándares para proteger el derecho a la libertad personal, garantizando que cualquier restricción a este derecho sea excepcional, conforme a los principios de legalidad, necesidad, razonabilidad y proporcionalidad. Asimismo, se deberán incluir medidas para salvaguardar el debido proceso administrativo y prohibir la devolución directa o indirecta de extranjeros en casos en los que sus derechos fundamentales, como la vida y la seguridad, puedan estar en riesgo.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Consejo de Estado define el régimen jurídico de la pensión vitalicia de los expresidentes

Últimas entradas publicadas

Autodeterminación reproductiva

Corte Constitucional protege el derecho al acceso a la información como parte de la autodeterminación reproductiva

by | Feb 4, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Corte Constitucional precisó que el derecho a la autodeterminación reproductiva incluye el acceso a información clara, completa y comprensible en salud reproductiva. Aunque negó el amparo del derecho a la salud por falta de orden médica, el alto tribunal ordenó a la EPS garantizar orientación adecuada sobre la recanalización tubárica, al considerar que la falta de información vulneró la autonomía y el proyecto de vida de la accionante.

ADRES

Corte Suprema avala el embargo de giros directos de la ADRES a las IPS tras el pago de servicios de salud

by | Feb 3, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Corte Suprema de Justicia precisó que los giros directos realizados por la ADRES a las Instituciones Prestadoras de Salud, como contraprestación por servicios y tecnologías en salud efectivamente prestados a las EPS, adquieren naturaleza privada una vez ingresan a las cuentas de las IPS y pueden ser objeto de embargo al no vulnerarse la destinación específica de los recursos del sistema de salud ni los derechos de los acreedores.

Marca

Consejo de Estado respalda decisión que impide registrar la marca Frida Kahlo para productos y servicios comerciales

by | Feb 2, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Consejo de Estado avaló la decisión de la SIC que negó el registro de la marca Frida Kahlo para productos y servicios comerciales, al considerar que el uso del nombre afecta la identidad de la artista y vulnera los derechos de sus herederas, reforzando la protección del derecho marcario y la propiedad industrial.

Campaña electoral

Senado impulsa reforma política para fortalecer la transparencia y equidad en las campañas electorales

by | Ene 30, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

El Senado de la República impulsa un proyecto de ley para reformar la Ley 1475 de 2011 y modernizar las campañas electorales en Colombia, con medidas sobre debates obligatorios, mayor control al financiamiento político, equidad en el acceso a medios de comunicación y regulación estricta de encuestas, con el fin de fortalecer la transparencia y la confianza ciudadana de cara a las elecciones de 2026.

Deuda alimentaria

Proyecto de ley busca restringir acceso a eventos masivos y beneficios estatales a deudores alimentarios morosos

by | Ene 29, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

Un proyecto de ley impulsado en la Cámara de Representantes busca endurecer las sanciones contra los deudores alimentarios morosos en Colombia, proponiendo restricciones de acceso a eventos masivos y deportivos, impedimentos para contratar con el Estado, acceder a cargos públicos y beneficios estatales, así como el reporte a centrales de riesgo, con el objetivo de garantizar la prevalencia de los derechos de los niños, niñas y adolescentes y promover el cumplimiento efectivo de las obligaciones alimentarias.

Sindical

Corte Constitucional ampara derechos sindicales de SETRASENA y fija alcances de la negociación colectiva

by | Ene 28, 2026 | Actualidad Prime | 0 Comments

La Corte Constitucional protegió los derechos fundamentales a la asociación sindical y a la negociación colectiva del sindicato SETRASENA, al concluir que el SENA vulneró estas garantías al excluirlo de la mesa de negociación del acuerdo colectivo 2024-2026, pese a su alta representatividad, y precisó el alcance de las reglas del Decreto 243 de 2024 sobre la conformación de la comisión negociadora unificada en el sector público.