La sentencia T-246 de 2023 de la Corte Constitucional insta al Congreso a crear leyes que reconozcan y aborden el desplazamiento forzado provocado por desastres y emergencias públicas, con especial consideración a las diferencias étnicas, protegiendo así los derechos de las comunidades étnicas afectadas.
La Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional tomó una determinación tras analizar una tutela presentada por la comunidad indígena Inga Musurrunakuna, quienes se vieron obligados a desplazarse de su territorio en la vereda San Antonio a otra área en la vereda El Pepino, municipio de Mocoa, debido a una avalancha ocurrida el 31 de marzo de 2017.
Esta decisión insta al Gobierno Nacional a establecer, en un plazo de seis meses, regulaciones que consideren las diversidades y desigualdades de las poblaciones étnicas en situación de riesgo frente a políticas de vivienda y gestión de desastres.
Se enfatiza en la necesidad de respuestas específicas para las comunidades étnicas, reconociendo sus necesidades y capacidades particulares, así como la importancia del diálogo con las autoridades étnicas en la preparación y recuperación frente a desastres.
La tutela invocó varios derechos, incluyendo la igualdad, la subsistencia, la integridad étnica, cultural y social, la propiedad de la tierra comunitaria, la autonomía, la participación y el debido proceso. Se solicitó la construcción de viviendas para los afectados.
Inicialmente, se protegieron estos derechos, pero posteriormente esta decisión fue revocada en segunda instancia. La Sala reformó la determinación, asegurando no solo la autonomía y participación, sino también la vivienda digna y la consulta previa.
El análisis reveló que el proyecto de vivienda rural no consideró el enfoque diferencial étnico ni las condiciones diversas de la comunidad Inga Musurrunakuna, lo que llevó a una falta de respuesta adecuada en la reconstrucción de viviendas para sus miembros.
Además, se evidenció la falta de coordinación entre autoridades para garantizar los derechos de la comunidad indígena durante la emergencia. El proyecto de vivienda incluido en el plan de acción de Mocoa incumplió elementos esenciales, como la participación del cabildo en decisiones sobre vivienda, la protección especial a la comunidad y la adaptación cultural del proyecto.
La Corte determinó que la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo y Desastres y la alcaldía de Mocoa vulneraron derechos de participación, autonomía y consulta previa al no cumplir con los procedimientos establecidos.
Como resultado, se exige una consulta previa orientada a identificar las necesidades de vivienda de la comunidad Inga Musurrunakuna y establecer planes y proyectos de reubicación acordes al enfoque diferencial étnico.
Fuente: corteconstitucional.gov.co
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