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Corte Constitucional protege derechos de víctimas del conflicto armado y ordena nueva decisión sobre restitución por equivalente

La Corte Constitucional protegió los derechos de una pareja víctima del conflicto armado y ordenó revisar su caso de restitución de tierras, al considerar que el tribunal omitió valorar pruebas clave y no aplicó enfoque de género ni garantías diferenciales.

Publicado: 21 de abril de 2025

La Corte Constitucional, mediante la sentencia T-084 de 2025, amparó los derechos fundamentales al debido proceso, a la restitución de tierras y a la dignidad humana de Pedro y Juana Pérez, una pareja de campesinos víctimas del conflicto armado, a quienes un tribunal les había negado la restitución por equivalente de un predio en condiciones similares al que les fue adjudicado en una sentencia previa.

Los hechos se remontan al año 2017, cuando un grupo armado ilegal irrumpió en el predio de los accionantes exigiéndoles la suma de 180 millones de pesos. Ante la imposibilidad de pagar, Pedro y Juana fueron víctimas de violencia física y tortura, y Juana sufrió violencia sexual, lo que los obligó a huir del lugar y asentarse en otro municipio del mismo departamento.

Aunque lograron recuperar el predio mediante un proceso de restitución de tierras, decidieron no regresar a causa de las amenazas persistentes y del profundo trauma derivado de los hechos de violencia sufridos. En consecuencia, su abogado solicitó la modulación del fallo para permitirles recibir un terreno equivalente en otra ubicación que garantizara su seguridad y bienestar. Sin embargo, el tribunal que conoció del caso negó la solicitud sin valorar debidamente las pruebas presentadas ni considerar la situación de riesgo en la que aún se encontraban.

La Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional reprochó esta decisión y recordó que los jueces de restitución de tierras no solo deben decidir sobre la titularidad del predio, sino también garantizar de manera integral los derechos de las víctimas del despojo o desplazamiento forzado. Subrayó además que el rol de estos jueces está ligado a objetivos más amplios, como la construcción de paz, la equidad social y la democratización del acceso a la tierra.

La Corte destacó varias omisiones por parte del tribunal, entre ellas: no haber escuchado adecuadamente a las víctimas, no haber aplicado la carga dinámica de la prueba ni las presunciones legales a favor de las víctimas, y no haber adoptado un enfoque diferencial y de género frente a la violencia sexual sufrida por Juana Pérez.

En virtud de lo anterior, la Corte ordenó al tribunal emitir una nueva decisión que analice con enfoque constitucional y diferencial la solicitud de restitución por equivalente, garantizando la protección integral de los derechos de Pedro y Juana Pérez.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

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