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Corte Constitucional protege derechos laborales y ordena medidas con enfoque de género en caso de retaliación por denuncia de acoso

La Corte Constitucional protegió los derechos de una trabajadora despedida tras denunciar acoso laboral, ordenando su reintegro y el pago de sus salarios. Además, exigió a la universidad realizar un diagnóstico laboral con enfoque de género y adoptar medidas preventivas para garantizar un entorno seguro y equitativo para todos los empleados. Esta decisión subraya la importancia de combatir la violencia de género en el ámbito laboral y proteger a quienes apoyan a las víctimas.

Publicado: 21 de agosto de 2024

La Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional, a través de la sentencia T-141 de 2024, protegió los derechos fundamentales a la igualdad y al trabajo en condiciones dignas de Karina, una mujer que denunció haber sido víctima de represalias laborales luego de presentar una queja de acoso en contra de su jefe en una universidad.

Karina, quien trabajó en la institución educativa durante más de 12 años y obtuvo evaluaciones de desempeño positivas, presentó en 2022 una denuncia por acoso laboral contra su jefe, motivada por el apoyo que brindó a una colega que también había denunciado al mismo superior por acoso laboral y violencia de género. Sin embargo, el comité de convivencia laboral de la universidad no dio trámite a su denuncia, y a finales de ese año, la universidad decidió no renovar su contrato de trabajo.

Ante lo que consideró una represalia, Karina interpuso una acción de tutela para proteger sus derechos. La Corte Constitucional, al analizar el caso, determinó que, aunque no fue posible establecer con certeza si Karina había sido víctima de acoso laboral, existían suficientes indicios para concluir que la no renovación de su contrato fue una retaliación por haber presentado la queja.

La Corte identificó que los hechos se alineaban con un patrón conocido como violencia de segundo orden o violencia de género aislante, que afecta a quienes apoyan a víctimas de violencia de género, buscando desincentivar el apoyo a estas.

En su sentencia, la Corte ordenó el reintegro de Karina a su puesto de trabajo y el pago de los salarios y prestaciones sociales que dejó de percibir. Además, instruyó al Ministerio del Trabajo para realizar un estudio con perspectiva de género sobre los hechos denunciados.

Asimismo, la Corte exigió a la universidad realizar un diagnóstico del ambiente laboral con un enfoque de género y adoptar un protocolo de atención oportuno y preventivo para tratar las denuncias de acoso laboral, con el objetivo de garantizar un entorno laboral seguro y equitativo para todos los trabajadores.

Esta decisión subraya la importancia de reconocer y combatir la violencia de segundo orden, protegiendo a quienes se atreven a apoyar a las víctimas de violencia de género, y asegurando que el ejercicio de derechos fundamentales como la igualdad y el trabajo en condiciones dignas no sea objeto de represalias.

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