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Corte Suprema confirma condena contra periodista por vínculos con organización criminal

La Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena de 50 meses de prisión contra el periodista Miller Orlando Rubio Orjuela, al confirmar que empleó su labor informativa para beneficiar a la organización criminal de Pedro Nel Rincón Castillo, extraditado a Estados Unidos por narcotráfico. La Sala Penal concluyó que el comunicador fabricó noticias falsas, inventó fuentes y presionó a autoridades para favorecer intereses ilícitos, excediendo los límites constitucionales de la libertad de prensa.

Publicado: 25 de agosto de 2025

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, por medio de la sentencia SP1799-2025, ratificó la condena impuesta al periodista Miller Orlando Rubio Orjuela por el delito de concierto para delinquir, al comprobarse que utilizó su profesión para favorecer los intereses de una estructura criminal liderada por Pedro Nel Rincón Castillo, extraditado a los Estados Unidos por cargos de narcotráfico.

Rubio Orjuela había sido sentenciado en primera instancia por el Juzgado 45 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá a 50 meses de prisión, decisión que posteriormente fue confirmada por el Tribunal Superior de Bogotá. Ahora, la Corte Suprema dejó en firme el fallo y ordenó su cumplimiento bajo la modalidad de prisión domiciliaria, junto con la expedición de las órdenes de captura correspondientes.

De acuerdo con la investigación, el condenado fue más allá de los límites del ejercicio periodístico y diseñó una estrategia comunicacional para favorecer a la organización ilegal. Entre sus acciones se acreditó la fabricación de noticias falsas, la invención de fuentes y declaraciones, la difusión de información en televisión y la presión a autoridades con el fin de encubrir o minimizar actividades criminales, lo que representó una transgresión grave a los principios de veracidad, imparcialidad y objetividad que rigen la labor periodística.

La Corte recalcó que la libertad de prensa y expresión constituye un pilar esencial en la democracia, pero debe ejercerse bajo parámetros de responsabilidad social. En ese sentido, advirtió que no es admisible que un periodista actúe como propagandista o asesor de comunicaciones de organizaciones criminales para obtener beneficios económicos o jurídicos a su favor.

La decisión subrayó el valor de la prensa libre, independiente y ética en la defensa de los valores democráticos, advirtiendo que su desnaturalización en favor de actividades ilícitas desvirtúa el sentido mismo de la profesión.

Fuente: cortesuprema.gov.co

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