El Gobierno Nacional ha emitido el Decreto 2192 de 2023, en virtud del cual se prohíbe el ingreso de plásticos de un solo uso en áreas críticas para la conservación, como el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, el Sistema Regional de Áreas Protegidas, humedales de importancia internacional (RAMSAR), ecosistemas de páramos, zonas marinas sensibles y reservas de biósfera en Colombia.
Esta medida se enmarca en la Ley 2232 de 2022, que establece pautas para reducir progresivamente la producción y el consumo de plásticos de un solo uso en el país. Esta acción reafirma el compromiso por preservar y reducir la contaminación en las reservas naturales de Colombia.
La Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible resaltó la importancia de esta acción, señalando que los plásticos desechables son una de las principales fuentes de contaminación en los ecosistemas. El decreto otorga poderes al Ministerio de Ambiente y Vivienda para fortalecer las organizaciones de reciclaje en la gestión de plásticos.
Se permitirá el ingreso de plásticos de un solo uso solo para uso personal de las comunidades y guardabosques que residen en estas áreas protegidas, pero sin posibilidad de comercialización. Sin embargo, estas comunidades deberán asegurar la recolección y disposición adecuada de estos plásticos fuera de las zonas protegidas.
Además, el decreto insta a las alcaldías y gobernaciones a fomentar la creación de planes para gestionar residuos, formalizando así el trabajo de los recicladores como elementos clave en la cadena de valor del plástico desechable. Se busca también impulsar el desarrollo tecnológico sostenible en este sector.
Se advierte que no cumplir con esta normativa podrá acarrear sanciones financieras significativas. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible definirá las condiciones para los plásticos de un solo uso, exigiendo que sean biodegradables y respaldando a las empresas en el desarrollo de alternativas sostenibles que cumplan con estándares ambientales.
Fuente: minambiente.gov.co
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