La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) calificó como genocidio el ataque sistemático contra la Unión Patriótica (UP) y atribuyó responsabilidad penal a cinco altos mandos retirados del Ejército Nacional, al concluir que existió una intención deliberada de destruir a este partido político.
La Sala de Reconocimiento de Verdad determinó que los hechos encajan en la tipificación de genocidio político prevista en el artículo 101 del Código Penal y decidió renombrar el Caso 06 como “Genocidio contra el partido político Unión Patriótica”. Entre los imputados como coautores se encuentran los generales retirados Iván Ramírez Quintero, excomandante de la Primera División, y Rito Alejo del Río Rojas, excomandante de la Brigada XVII, junto con tres tenientes coroneles retirados.
Además del genocidio, la JEP imputó crímenes de guerra por homicidio en persona protegida y crímenes de lesa humanidad, como exterminio, deportación, traslado forzoso de población y otros actos inhumanos. La investigación estableció que el ataque dejó al menos 8.924 víctimas, de las cuales 5.729 fueron asesinadas o desaparecidas y más de 3.200 sufrieron otras formas de violencia, incluidos atentados, desplazamientos forzados, exilio, tortura y detenciones arbitrarias.
Según la Sala, la estigmatización de la UP como supuesto “brazo político” de las Farc-EP fue un elemento central del patrón criminal, al facilitar su segregación y el abandono de sus militantes por parte de la fuerza pública. La violencia se extendió por todo el país, con una concentración significativa en regiones como Urabá, Meta y el Magdalena Medio, siendo Apartadó uno de los casos más representativos del patrón macrocriminal identificado.
Los comparecientes cuentan ahora con 30 días hábiles para aceptar o rechazar las imputaciones. Si reconocen responsabilidad, el proceso avanzará hacia la imposición de sanciones propias; en caso contrario, el expediente será remitido a la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP, donde podrían enfrentar penas de hasta 20 años de prisión.
Fuente: jep.gov.co
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