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Lineamientos mínimos para espacios temporales de reclusión: Ministerio de justicia

El Ministerio de Justicia desarrolló los Lineamientos Mínimos para Espacios Temporales de Reclusión, en atención a los reiterados requerimientos de la Corte Constitucional sobre la existencia de un Estado de Cosas Inconstitucional en el Sistema Penitenciario y Carcelario

Publicado: 20 de octubre de 2023

El Ministerio de Justicia desarrolló los Lineamientos Mínimos para Espacios Temporales de Reclusión, en atención a los reiterados requerimientos de la Corte Constitucional sobre la existencia de un Estado de Cosas Inconstitucional en el Sistema Penitenciario y Carcelario, extendido a los denominados “Centros de Detención Transitoria” (URIs y Estaciones de Policía) por la privación de la libertad durante periodos extensos, con afectaciones en materia de garantía de derechos y seguridad ciudadana.

El Ministerio de Justicia y del Derecho, en colaboración con la Asociación Colombiana de Ciudades Capitales (Asocapitales) y la Federación Nacional de Personerías (Fenalper), presentó los Lineamientos Mínimos para Espacios Temporales de Reclusión. El propósito de este informe es orientar a las autoridades locales y regionales en la creación y administración de instalaciones temporales de reclusión, centrándose en el respeto de los derechos humanos.

Este documento tiene como meta compilar la jurisprudencia y las regulaciones relevantes relacionadas con los bienes y servicios que deben ofrecerse a las personas privadas de su libertad en instalaciones temporales, conforme a las directrices de la Corte Constitucional en el contexto de la crisis del sistema penitenciario en el país.

El Viceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa, Camilo Umaña Hernández, expresó el compromiso de transformar la noción de «Crisis del Sistema Penitenciario» en Colombia, que ha perdurado en el tiempo. Su objetivo es establecer un sistema de privación de la libertad que sea humano, digno y coherente con un Estado Social de Derecho. Agregó que el deber del Estado es encontrar una solución a este problema que no se limita al hacinamiento, sino que también aborda aspectos de salud, visitas y la dignidad mínima necesaria para la resocialización de quienes han sido acusados de cometer delitos.

Antecedentes

Dado que cerca de 100,000 personas se encuentran en detención intramural en Colombia, con más de 20,000 en centros de detención transitoria, Umaña Hernández destacó los diálogos e intercambios con entidades como Asocapitales y Fenalper, describiéndolos como positivos y beneficiosos para el país. El documento presenta pautas claras y directrices para que las entidades locales cumplan con sus responsabilidades hacia las personas bajo detención provisional. Además, se está proponiendo un proyecto de ley al Congreso para que la Uspec pueda financiar la alimentación de 17,000 personas privadas de la libertad.

El Viceministro también señaló que el Ministerio de Justicia ha implementado varios proyectos destinados a humanizar el sistema penitenciario. Por ejemplo, a través de la Ley de Utilidad Pública, se está permitiendo que las mujeres que han cometido delitos menores cumplan condena realizando servicios comunitarios, lo que se considera un beneficio mutuo para la sociedad.

Finalmente, el Viceministro enfatizó que las directrices presentadas en este informe permiten que las entidades territoriales desarrollen instalaciones de detención provisional de manera sensata, sin necesidad de inversiones masivas y utilizando recursos nacionales para contar con una infraestructura básica que cumpla con los estándares mínimos para las personas bajo detención. El objetivo es abordar de manera más razonable un sistema de privación de la libertad que se ha caracterizado por ser inhumano y contravenir la Constitución.

Fuente: minjusticia.gov.co

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