Proyecto de Ley busca ampliar acceso a medios comunitarios para campañas políticas

La Comisión Sexta del Senado dio su aprobación unánime al Proyecto de Ley 125 de 2024, impulsado por la bancada del Centro Democrático, que busca autorizar la transmisión de propaganda y publicidad política electoral a través de servicios de televisión y radiodifusión comunitaria. Esta iniciativa amplía el alcance del parágrafo del Artículo 24 de la Ley 996 de 2005, que actualmente limita dicha posibilidad a candidatos presidenciales.

De ser aprobada en el Congreso, la ley permitiría que aspirantes a cargos como el Congreso, alcaldías, gobernaciones, concejos y asambleas puedan pautar en medios comunitarios, considerados fundamentales para la difusión en territorios apartados y con limitaciones en acceso a información. Según el senador Esteban Quintero Cardona, ponente del proyecto, esta medida fortalece la participación democrática al brindar igualdad de oportunidades en la promoción de campañas.

Desde el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones se ha destacado que los medios comunitarios, al ser sin ánimo de lucro, cumplen una función clave al garantizar el derecho a la información en comunidades rurales y urbanas con menores recursos. No obstante, enfrentan desafíos económicos debido a gastos operativos elevados, lo que hace que la contratación de pauta política pueda representar una fuente de sostenibilidad para estos medios.

Parlamentarios de distintas bancadas, incluidos Robert Daza (Pacto Histórico) y Carlos Eduardo Guevara (Partido Mira), expresaron su respaldo al proyecto, subrayando la necesidad de establecer límites para garantizar condiciones equitativas de participación política. De esta manera, se evitaría que los recursos de grandes campañas dominen estos espacios, promoviendo una distribución más equilibrada.

El proyecto avanza hacia su siguiente debate, con expectativas de consolidar un marco que promueva la pluralidad y robustez en el ejercicio democrático en Colombia.

Fuente: senado.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Avances en la reforma a la salud: Propuestas clave de la representante Martha Alfonso

Avances en la reforma a la salud: Propuestas clave de la representante Martha Alfonso

En un avance significativo para la reforma al sistema de salud en Colombia, la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes aprobó en primer debate el proyecto con aportes destacados de la congresista Martha Alfonso Jurado, de la coalición Alianza Verde – Pacto Histórico por el Tolima. La representante tuvo un rol protagónico al radicar 25 proposiciones, de las cuales 10 fueron avaladas, incluyendo medidas para mejorar la accesibilidad y equidad en el sistema.

Entre las propuestas aprobadas figura la prohibición de las autorizaciones como mecanismo de control previo, una medida que busca garantizar el acceso oportuno a los servicios de salud. Asimismo, se incluyó un enfoque de género en el modelo de atención primaria y la garantía de acceso al control prenatal, incluyendo la cobertura de licencia de maternidad para mujeres no cotizantes.

La representante también promovió la inclusión de profesionales independientes e instituciones prestadoras de servicios (IPS) básicos dentro de las Redes Integrales e Integradas de Servicios (RIITS), bajo condiciones claras de habilitación y registro. En el ámbito farmacéutico, propuso que los servicios puedan optar voluntariamente por registrarse como RIITS, desvirtuando preocupaciones de una posible obligatoriedad para todas las droguerías del país.

Además, logró fortalecer el papel de las Direcciones Departamentales, Distritales y Municipales, así como de la Superintendencia de Salud, en la supervisión de las RIITS, lo cual refuerza la descentralización y el control en el sistema.

No obstante, la congresista expresó inquietudes respecto a la reincorporación de las EPS —ahora denominadas Gestoras de Salud y Vida— como actores predominantes en el sistema, argumentando que el liderazgo debe recaer en el Estado. Alfonso insistirá en el segundo debate en Plenaria para ajustar el proyecto y priorizar la rectoría pública, asegurando un modelo equitativo y universal.

El proyecto debe superar tres debates más en el Congreso antes de convertirse en ley, con un camino que promete intensas discusiones para garantizar una reforma que cumpla con las expectativas ciudadanas y los principios de derecho a la salud.

Fuente: camara.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Constitucional protege derechos de mujer condenada en un contexto de violencia sexual

Corte Constitucional protege derechos de mujer condenada en un contexto de violencia sexual

La Corte Constitucional amparó los derechos de una mujer condenada a 28 años y nueve meses de prisión por homicidio agravado, quien actuó en un contexto de violencia sexual y amenazas. La sentencia T-459 de 2024 ordena proferir un nuevo fallo libre de sesgos de género, adoptar una perspectiva de género en la valoración de pruebas y disponer la libertad inmediata de la accionante.

Contexto del caso

La mujer, madre de tres menores, fue víctima de múltiples agresiones sexuales y amenazas de su jefe, quien, el día de los hechos, la coaccionó con un arma blanca para abusarla sexualmente. Al intentar defenderse ante un nuevo ataque, la mujer tomó un arma cortopunzante y causó la muerte del agresor.

Inicialmente, fue condenada a ocho años de prisión por homicidio atenuado bajo el estado de ira e intenso dolor. Sin embargo, en segunda instancia, un Tribunal modificó la condena a 28 años al considerar agravado el delito por la indefensión de la víctima. Esta sentencia no le fue notificada debidamente, y la mujer permaneció 17 años sin conocimiento de la decisión, hasta su captura en 2022.

Decisión de la Corte

La Sala Sexta de Revisión concluyó que la decisión judicial violó los derechos al debido proceso, acceso a la justicia y a vivir una vida libre de violencia, y estableció directrices clave:

  1. Notificación indebida: La Corte señaló que la falta de notificación personal de la sentencia de segunda instancia desconoció los principios constitucionales de publicidad y debido proceso. En estos casos, se requiere agotar mecanismos adicionales para garantizar la comunicación efectiva de la decisión.
  2. Enfoque de género en la justicia: La Corte reiteró que, en casos de violencia contra la mujer, los jueces deben adoptar una perspectiva de género que contemple las particularidades de estos contextos. Esto incluye valorar adecuadamente las causales de exclusión de responsabilidad o atenuación de culpabilidad, como el estado de ira o intenso dolor.
  3. Violencia sexual como detonante: El Tribunal inferior desestimó la violencia sexual previa al homicidio, calificando el acto como consensuado y concluyendo que la accionante mintió debido a su supuesta incapacidad física para causar la muerte. La Corte consideró estas afirmaciones como sesgos de género inadmisibles, que desconocen el contexto de violencia y la diferencia de fuerza entre agresor y víctima.
  4. Legítima defensa: La Corte enfatizó que la legítima defensa en contextos de violencia de género no debe limitarse a respuestas inmediatas a una agresión física, sino considerar también ataques contra la libertad sexual, la integridad psicológica y la dignidad de la mujer.

Impacto y órdenes finales

La Corte ordenó la emisión de una sentencia de reemplazo, libre de sesgos de género, y la libertad inmediata de la mujer. Este fallo refuerza la obligación de la justicia colombiana de garantizar el derecho a la igualdad y de erradicar la discriminación estructural contra las mujeres.

La sentencia T-459 de 2024 se erige como un precedente crucial en la lucha por la incorporación efectiva del enfoque de género en la administración de justicia, contribuyendo a la reparación de las víctimas de violencia de género y a la consolidación de una justicia más equitativa.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema establece nuevas reglas para resolver colisiones de competencia en casos de extinción de dominio

Corte Suprema establece nuevas reglas para resolver colisiones de competencia en casos de extinción de dominio

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ha fijado nuevas directrices para la resolución de colisiones de competencia en procesos de extinción de dominio, tras dirimir un conflicto entre juzgados especializados de Antioquia y Medellín. Esta decisión establece un marco normativo claro y busca fortalecer la eficiencia en la administración de justicia en esta materia.

El caso se originó cuando el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Antioquia, tras adelantar parte del proceso, se declaró incompetente al considerar que los bienes objeto del trámite se encontraban en la jurisdicción asignada al Distrito Especializado de Medellín. El expediente fue enviado al Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado en Extinción de Dominio de Medellín, que también rechazó la competencia, argumentando que el único bien involucrado (dinero hallado en el aeropuerto de Rionegro) se encontraba fuera de su jurisdicción.

Frente al conflicto, la Sala de Casación Penal intervino y determinó que, por tratarse de distritos especializados diferentes, era competente para resolver la colisión. Además, con base en el Acuerdo PCSJA23-12124 de 2023 del Consejo Superior de la Judicatura, la Corte estableció nuevas reglas de competencia:

  1. Resolución por la Sala de Casación Penal: Cuando el conflicto surja entre juzgados especializados en extinción de dominio pertenecientes a diferentes Distritos Especializados (Bogotá y Medellín), la Sala de Casación Penal será la encargada de dirimir el conflicto.
  2. Resolución por las Salas Especializadas: Si el conflicto se presenta entre juzgados especializados dentro del mismo Distrito Especializado de Extinción de Dominio (Bogotá o Medellín), será la respectiva Sala Especializada en Extinción de Dominio la que resolverá el caso.

Estas Salas Especializadas, creadas por el Consejo Superior de la Judicatura, operan en los Tribunales Superiores de Bogotá y Medellín y cumplen funciones de segunda instancia para los jueces especializados de sus respectivos territorios.

La providencia destaca que este marco normativo busca garantizar la correcta aplicación de la Ley 600 de 2000, reforzando la organización judicial en un área de vital importancia para el combate al crimen organizado y la recuperación de bienes obtenidos de manera ilícita. Con esta decisión, la Corte Suprema no solo resuelve un caso puntual, sino que también sienta un precedente para la administración de justicia en todo el país.

Fuente: cortesuprema.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Senado aprueba en segundo debate reforma para flexibilizar cambio de partido político de dirigentes

Senado aprueba en segundo debate reforma para flexibilizar cambio de partido político de dirigentes

El Senado de la República avanzó en el proceso de aprobación del proyecto de acto legislativo que permitirá a los congresistas, concejales, diputados y ediles cambiar de partido político en un periodo más cercano a las elecciones. Esta reforma, que requiere ocho debates para su aprobación definitiva, modifica la normativa actual, reduciendo de un año a un mes antes de las elecciones el plazo para presentar la renuncia a la colectividad política.

La medida busca garantizar mayor autonomía a los dirigentes políticos para alinear sus decisiones partidistas con sus principios ideológicos y el mandato de sus electores. Según los impulsores de la iniciativa, esto evitaría que los representantes se vean forzados a permanecer en partidos con los que ya no se identifiquen, promoviendo una representación más auténtica en las corporaciones públicas.

Con una votación de 41 votos a favor y 25 en contra, el proyecto superó el segundo debate en el Senado y continuará su trámite en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes. El objetivo es completar la primera vuelta antes del 16 de diciembre, fecha en la que culmina el periodo de sesiones ordinarias del Congreso.

La reforma ha suscitado opiniones divididas. Mientras algunos consideran que fortalecerá la independencia política de los dirigentes, otros advierten sobre el posible impacto negativo en la estabilidad y disciplina de los partidos. La discusión continuará en los siguientes debates legislativos.

Fuente: senado.gov.co

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