Control de cámaras fotomultas del país. Nuevo proyecto de ley

El proyecto de ley radicado por el Senador Jairo Castellanos, del partido Alianza Social Independiente, busca implementar un mecanismo de regulación para evitar los abusos viales con relación al uso de las cámaras de fotomultas.

Bajo el objetivo de garantizar la transparencia y el uso adecuado de las cámaras fotomultas en todo el territorio nacional, se ha presentado un proyecto de ley ante la Secretaría General del Senado de la República. Esta propuesta busca implementar un conjunto de medidas más estrictas para supervisar y controlar la tecnología de fiscalización vial.

El impulsor de esta iniciativa es el senador Jairo Castellanos, representante de la Alianza Social Independiente, quien ha demostrado un firme compromiso con la seguridad en las carreteras y la protección de los derechos de los conductores. El proyecto aborda las preocupaciones crecientes relacionadas con el uso de cámaras fotomultas en varias ciudades de Colombia.

Las principales características de esta propuesta incluyen sancionar al infractor en lugar del propietario del vehículo, asegurar una notificación adecuada a la persona involucrada en la infracción. Así mismo, pretende proporcionar herramientas a la Superintendencia de Transporte para abordar casos de cámaras que operen de manera ilegal. 

En caso de que este proyecto de ley obtenga aprobación en el Congreso de la República, se establecerá un sistema de regulación que afectaría a las 579 cámaras fotomultas registradas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial en el país, las cuales se encuentran distribuidas en 17 departamentos de Colombia.

Fuente: senado.gov.co

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Estabilidad laboral reforzada de mujeres embarazadas en contratos de prestación de servicios: Corte Constitucional

Con ocasión de acciones de tutela impetradas por dos mujeres en estado de embarazo, la Corte Constitucional reconoció su derecho a la estabilidad laboral reforzada tras verificar que accionados no solicitaron permiso del Ministerio de Trabajo para dar por terminados sus contratos por prestación de servicios.

En virtud de la sentencia T-293 de 2023, la Corte Constitucional amparó los derechos a la estabilidad reforzada, al trabajo, a la salud y a la seguridad social de dos mujeres en estado de embarazo a quienes se les terminó su vínculo laboral en el marco de contratos por prestación de servicios.

En el primer caso, la Corte determinó que la Cámara de Representantes no renovó el contrato de prestación de servicios de la demandante a pesar de saber de su embarazo, y lo hizo sin la autorización del Ministerio de Trabajo requerida para tal fin. En este sentido, encontró la procedencia de la estabilidad laboral reforzada en los contratos por prestación de servicios.

En el segundo caso, la Corte señaló que la relación material entre la accionante y AGS Salud reúne las características de una de naturaleza laboral. Así mismo, advirtió que AGS Salud vulneró el derecho a la estabilidad laboral de la accionante, en la medida en que conocía el embarazo de la demandante antes de la terminación del contrato. 

En ambos casos, dicha corporación ordenó a las entidades accionadas pagar a favor de estas mujeres los salarios dejados de percibir, la licencia de maternidad y la indemnización por despido discriminatorio de la que trata el artículo 26 de la Ley 361 de 1997.

Esta decisión constituye una reiteración jurisprudencial sobre la protección de las mujeres en estado de embarazo, en virtud del principio de estabilidad laboral y ocupacional reforzada, ampliamente desarrollada por la Corte Constitucional.

Fuente: corteconstitucional.gov.co