Corte Constitucional ampara derechos de víctima de violencia doméstica

La Corte Constitucional emitió la sentencia T-277 de 2023 para proteger los derechos de una mujer que acusó a una Comisaria de Familia de no actuar con la debida diligencia para salvaguardarla de la violencia doméstica ejercida por su pareja.

Antecedentes

La Corte reiteró su decisión tras analizar una acción de tutela presentada por Elsa contra un juzgado de familia, una comisaría, una estación de policía y su pareja. Elsa argumentó que estas entidades no actuaron con la debida diligencia para protegerla a ella y a su hija de 10 años de la violencia familiar perpetrada por su pareja.

Entre los argumentos de la acción de tutela, Elsa señaló la falta de diligencia del juzgado en el proceso de disolución de su matrimonio católico y liquidación de bienes conyugales, iniciado a través de una solicitud de amparo por su situación económica.

Además, reprochó a la comisaría por no hacer cumplir el pago de la cuota alimentaria establecida para su hija, a pesar de haberla fijado previamente. Alegó que ninguna de estas autoridades tomó medidas efectivas para protegerla ni para responsabilizar penalmente a su esposo por la violencia familiar y la falta de apoyo económico.

Inicialmente, la única instancia negó el amparo de sus derechos, pero la Sala Primera de Revisión, liderada por la magistrada Natalia Ángel Cabo, revocó esta decisión al considerar que la Comisaría de Familia había vulnerado los derechos de Elsa y su hija al no hacer cumplir las obligaciones alimentarias del padre.

Consideraciones y decisión

La Corte destacó que, si bien la comisaría tomó algunas medidas de protección, estas no se habían llevado a cabo de manera efectiva en la realidad, especialmente desde una perspectiva de género.

En consecuencia, la Corte ordenó a la estación de policía presentar un informe detallado a la comisaría con un cronograma de actividades para implementar las acciones de protección que les corresponden. También ordenó a la Oficina Departamental de la Mujer contactar a Elsa para activar las rutas de apoyo a mujeres víctimas de violencia intrafamiliar y ofrecer orientación legal en los procesos pertinentes.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Absuelta exgobernadora de Putumayo por tragedia en Mocoa: Corte Suprema de Justicia

Absuelta exgobernadora de Putumayo por tragedia en Mocoa: Corte Suprema de Justicia

Recientemente, la Corte Suprema de Justicia declaró absuelta a la exgobernadora de Putumayo, Sorrel Parisa Aroca Rodríguez, de la acusación relacionada con la muerte de 336 personas en el deslizamiento en Mocoa, ocurrido el día 31 de marzo de 2017.

En una decisión unánime anunciada públicamente el pasado viernes 24 de noviembre, la Sala Especial de Primera Instancia de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia absuelve a la exfuncionaria de la acusación presentada por la Fiscalía General de la Nación, que la señalaba como responsable del delito de homicidio culposo en masa.

El fallo establece que, aunque la exgobernadora tenía responsabilidades en la gestión del riesgo de desastres en el departamento, las acciones específicas omitidas que fueron cuestionadas en la acusación estaban fuera del ámbito de su competencia y superaban las posibilidades de acción que ella podría haber llevado a cabo en ese contexto.

La Corte determinó que no se pudo probar que la acusada tuviera conocimiento del contenido del contrato de interventoría que presuntamente preveía la ocurrencia del desastre natural que causó las muertes, ni tenía la capacidad para realizar acciones de rescate que pudieran haber evitado las pérdidas humanas señaladas.

Considerando la magnitud del deslizamiento de tierra que afectó la zona urbana de Mocoa, las características geográficas de la región amazónica y el nivel de información disponible para la acusada en ese momento, la Sala Especial de Primera Instancia determinó que no se le podía exigir a la exgobernadora actuar de manera diferente a como lo hizo.

La Corte subrayó que era responsabilidad de la Fiscalía demostrar que la omisión de la acusada influyó en las muertes de las 336 personas, un aspecto que no pudo ser respaldado por pruebas suficientes. Por lo tanto, al no poder demostrar la existencia de conducta delictiva ni responsabilidad por parte de la acusada, se le declara inocente.

Finalmente, se hizo un llamado a las autoridades políticas y administrativas a nivel nacional y local, así como a las entidades ambientales y de gestión del riesgo, para que tomen medidas que reduzcan la vulnerabilidad de las comunidades y la infraestructura en las zonas de riesgo del municipio de Mocoa.

Fuente: cortesuprema.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Avances legislativos para proteger derechos laborales de mujeres cabeza de hogar

Avances legislativos para proteger derechos laborales de mujeres cabeza de hogar

La Comisión Segunda de la Cámara de Representantes aprobó una medida para respaldar a las mujeres cabeza de hogar, especialmente durante el embarazo y después de dar a luz. Esta iniciativa legislativa tiene como propósito asegurar que no sean despedidas debido a su condición, otorgándoles beneficios como tiempo para la lactancia y entornos adecuados para ello. La representante Erika Tatiana Sánchez subrayó la importancia de proteger a estas mujeres, destacando medidas para prevenir riesgos laborales, evitar la discriminación y garantizar su reincorporación tras la licencia de maternidad.

Esta acción obedecen a los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ya adoptados por la mayoría de países, que buscan proteger a las mujeres embarazadas o recién convertidas en madres. Según la OIT, la participación laboral de mujeres con hijos es del 55%, frente al 62% de las que no tienen empleo.

La congresista Carolina Giraldo de Alianza Verde, por su parte, celebró esta medida como una garantía de estabilidad para las mujeres del país, en concordancia con normas internacionales para salvaguardar el trabajo de las madres colombianas, incluyendo aspectos como la protección durante la lactancia y la prevención del despido injustificado.

Fuente: camara.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Consejo Superior de la Judicatura aprueba creación de tribunal y juzgados para Jurisdicción Agraria y Rural

Consejo Superior de la Judicatura aprueba creación de tribunal y juzgados para Jurisdicción Agraria y Rural

Recientemente, el presidente del Consejo Superior de la Judicatura anunció la aprobación de la creación de un tribunal y cinco juzgados de circuito destinados a la Jurisdicción Agraria y Rural, en concordancia con el Acto Legislativo 03 de 2023.

Durante el XIII Conversatorio Nacional y III Internacional de la especialidad Civil, Agraria y Rural, el presidente explicó que esta decisión fue tomada tras un exhaustivo análisis presupuestario y de la demanda judicial en el país. Se establecerá un Tribunal Agrario y Rural con sede en Tunja y con competencia a nivel nacional, además de cinco circuitos agrarios y rurales ubicados en Tunja, Pasto, Popayán, Cartagena y Quibdó.

Esta decisión se adoptó con el propósito de fortalecer estructura judicial, brindando un servicio más efectivo a campesinos y comunidades indígenas, facilitando la resolución justa de disputas sobre tenencia y uso de la tierra en Colombia. De acuerdo con lo indicado por la magistrada Gloria Stella López Jaramillo, se aguarda que el Gobierno Nacional asigne 40 mil millones de pesos para el próximo período, cubriendo el costo de los juzgados y tribunales pendientes.

Asimismo, la magistrada López subrayó la necesidad de que los jueces y magistrados de esta Jurisdicción Agraria y Rural apliquen medidas específicas para las mujeres en entornos rurales, reconociendo las barreras particulares que enfrentan en el ejercicio de sus derechos.

Fuente: ramajudicial.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Atención especial a personas trans privadas de la libertad en tratamientos de afirmación de género

Atención especial a personas trans privadas de la libertad en tratamientos de afirmación de género

La Corte Constitucional, a través de la sentencia T-321 del 2023, ha requerido que el El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y la Unidad De Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) desarrollen un plan específico para atender de manera especial a las personas trans que se encuentran privadas de su libertad y que buscan acceder a tratamientos médicos para afirmar su identidad de género.

Esta determinación se basa en el caso de Tifanny, una mujer trans privada de libertad en Bucaramanga, quien solicitó un tratamiento de afirmación de género con hormonas en parche, pero encontró negativas en su acceso a este tratamiento. La Corte, tras análisis, encontró una falla estructural en el sistema penitenciario que vulnera derechos fundamentales, y por tanto, amparó los derechos de Tifanny.

Conforme a dicha decisión, la Corte ordenó crear un protocolo, mediante el cual las entidades aseguren la participación activa de las personas trans en prisión. Para este fin, exhorta a dichas entidades buscar orientación del Ministerio de Salud y la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior y, así mismo, establecer un cronograma de capacitación sobre el protocolo y atención médica diferenciada para personas trans en todas las instalaciones de salud contratadas para brindar servicios a personas privadas de libertad.

La elaboración de un protocolo tendría como propósito fijar pautas claras para que el personal médico pueda atender las necesidades de salud de manera integral y oportuna a las personas trans en prisión, con consideración de la evidencia científica disponible, las mejores prácticas y la participación de la población trans privada de la libertad

Además de las órdenes específicas, la Corte reiteró la necesidad de que el Ministerio de Salud emita una guía de práctica clínica para la atención de personas trans, incluyendo procedimientos de afirmación de género. En este caso particular, se ordenó a una IPS colaborar con entidades pertinentes para evaluar y brindar apoyo a Tifanny en su procedimiento, así como informarle sobre los servicios disponibles para la afirmación de género.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

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