Senado discutirá proyecto de ley sobre gestión comunitaria del agua

El Senado de la República retomará en su nuevo periodo legislativo la discusión de un proyecto de ley que busca regular y fortalecer la gestión comunitaria del agua y el manejo de aguas residuales. Esta iniciativa, promovida por el senador Robert Daza Guevara del partido Pacto Histórico, ya obtuvo aprobación en primer debate por parte de la Comisión Sexta del Senado con una votación favorable de 7 votos.

El proyecto de ley, compuesto por 42 artículos, sufrió ajustes significativos tras el retiro de los artículos 7 y 14 para revisiones adicionales. El artículo 7, en su redacción original, declaraba de interés público la gestión comunitaria del agua, prohibiendo actividades extractivas en áreas críticas para la conservación hídrica y fomentando la restauración ambiental y la adaptación al cambio climático. Por su parte, el artículo 14 reconocía el derecho al agua como de utilidad pública, promoviendo acuerdos de conservación en zonas afectadas por actividades que comprometan fuentes hídricas.

De ser aprobado, el proyecto establecerá un marco legal para las Comunidades Gestoras del Agua, reconociéndolas como organizaciones sin ánimo de lucro regidas por principios de solidaridad y participación democrática. Estas comunidades deberán registrarse en el Sistema de Información de las Comunidades Gestoras del Agua (SIGCA) y estarán supervisadas por la Superintendencia de Servicios Públicos bajo un régimen especial.

El objetivo principal de esta legislación es garantizar un acceso equitativo al agua, mejorar las condiciones de vida en áreas rurales y periurbanas, y proteger las prácticas culturales y la autonomía de las comunidades que gestionan este recurso vital. Con un enfoque basado en derechos humanos, sostenibilidad y equidad, el proyecto busca abordar las crecientes problemáticas relacionadas con el acceso al agua y su gestión en el país.

Fuente: senado.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Protección a la maternidad: Corte Constitucional falla contra desacuartelamiento injusto

Protección a la maternidad: Corte Constitucional falla contra desacuartelamiento injusto

La Corte Constitucional, mediante la sentencia T-456 de 2024, garantizó los derechos fundamentales a la vida, la salud, la dignidad humana y el mínimo vital de una mujer que prestaba el servicio militar voluntario como auxiliar de policía en la Policía Nacional. La Sala Sexta de Revisión determinó que la institución incurrió en discriminación al desacuartelar a la demandante por su estado de embarazo, vulnerando así los principios de igualdad y especial protección a la maternidad.

Antecedentes

La accionante ingresó al servicio militar voluntario en 2021. En 2022, tras comunicar a la institución su estado de embarazo, el comandante de la Policía Metropolitana de Bogotá emitió una resolución que ordenó su retiro del servicio, junto con otras auxiliares de policía en la misma condición. Esta decisión le ocasionó la pérdida de la bonificación económica que recibía y dejó sin cobertura de salud a su hijo recién nacido.

Análisis

La Policía Nacional aplicó las causales de exoneración del servicio militar previstas en la Ley 1861 de 2017, diseñadas para hombres, de forma automática y sin contemplar las particularidades de las mujeres gestantes. La Corte advirtió que el embarazo no constituye una condición ajena a la voluntad y que las mujeres embarazadas deben decidir voluntariamente si desean continuar en el servicio militar.

El fallo subrayó que la maternidad, por sí sola, no puede justificar el retiro forzoso del servicio militar. La decisión de la Policía fue calificada como discriminatoria por basarse en estereotipos de género que asumían una incompatibilidad entre la maternidad y las funciones del servicio militar.

Decisiones de la Corte

La Corte ordenó las siguientes medidas para proteger los derechos de la demandante:

  1. Anulación de la resolución que ordenó su desacuartelamiento.
  2. Reincorporación de la demandante al servicio militar por el tiempo restante, con labores acordes a su condición de salud, si así lo decide.
  3. Garantía de atención médica para ella y su hijo durante el periodo restante del servicio.
  4. Pago de los emolumentos legales no percibidos tras el desacuartelamiento.

El fallo también instó al Congreso a revisar y adoptar medidas legislativas que garanticen la protección de las mujeres embarazadas en el servicio militar, eliminando cualquier forma de discriminación. Asimismo, se exhortó a la Policía Nacional a evitar actuaciones que perpetúen tratos discriminatorios contra las mujeres.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Constitucional ordena protección de derechos fundamentales en caso de trabajador desvinculado por retiro forzoso

Corte Constitucional ordena protección de derechos fundamentales en caso de trabajador desvinculado por retiro forzoso

La Corte Constitucional emitió la sentencia T-521 de 2024, mediante la que reafirma la obligación de los empleadores públicos y las administradoras de pensiones de garantizar los derechos fundamentales de los trabajadores, especialmente aquellos en situación de vulnerabilidad. La sentencia analizó el caso del señor Cándido Antonio Cervantes Coronado, un celador de 79 años desvinculado de su cargo por la Secretaría de Educación del Atlántico debido al cumplimiento de la edad de retiro forzoso, sin valorar su situación particular ni garantizar su acceso a la pensión.

Contexto del caso

El accionante fue retirado de su cargo mediante la Resolución 0705 de 2023, pese a depender de su salario para su sustento y el de su esposa. La Secretaría de Educación argumentó que la desvinculación se dio en cumplimiento de la normativa de retiro forzoso y para nombrar a un candidato del concurso de méritos. Sin embargo, la Corte determinó que la entidad no verificó adecuadamente la situación pensional del señor Cervantes ni consideró su condición de prepensionado, lo cual violó sus derechos a la vida digna, al trabajo digno, al mínimo vital y a la seguridad social.

Además, Colfondos S.A., administradora del fondo de pensiones del accionante, fue señalada por la Corte como responsable de demoras en la actualización de la historia laboral y en el cobro del bono pensional, acciones esenciales para el reconocimiento de la pensión de vejez del señor Cervantes.

Hallazgos de la Corte

La sentencia destaca que:

  1. La desvinculación laboral por retiro forzoso no puede aplicarse de manera automática cuando afecta derechos fundamentales, especialmente en casos de prepensionados o personas con dificultades para obtener su pensión.
  2. Las entidades empleadoras deben verificar si la desvinculación puede generar situaciones de precariedad económica o social en los trabajadores.
  3. Las administradoras de pensiones tienen la obligación de actuar diligentemente para corregir historias laborales y tramitar bonos pensionales.

Órdenes de la Corte

  1. A la Secretaría de Educación del Atlántico: Reconocer y pagar al señor Cervantes los salarios y prestaciones dejados de percibir desde su desvinculación hasta el reconocimiento efectivo de su pensión.
  2. A Colfondos S.A.: Reconocer y pagar provisionalmente, dentro de 48 horas, la garantía de pensión mínima de vejez, además de actualizar la historia laboral y tramitar el bono pensional en un plazo máximo de 30 días.
  3. Se ordena la compensación económica en lugar del reintegro al cargo, en consideración a la avanzada edad del accionante y el nombramiento de un nuevo titular mediante concurso de méritos.

La Corte reiteró que las entidades públicas y privadas deben adoptar un enfoque de respeto por los derechos fundamentales en la toma de decisiones administrativas y laborales, especialmente en el contexto de personas mayores y en situación de vulnerabilidad económica.

Fuente: Sentencia T-521 de 2024 (M.P. Vladimir Fernández Andrade)

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La JEP establece mesa de articulación en Casanare para avanzar en proyectos restaurativos del Caso 03

La Sala de Reconocimiento de Verdad de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ha definido nuevas medidas para la implementación de proyectos restaurativos en Casanare, en el marco del Caso 03, que investiga asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate en la región entre 2005 y 2008.

La decisión incluye la creación de una mesa de articulación que reunirá a entidades locales, representantes de las víctimas y la JEP. Su propósito es avanzar en la construcción de propuestas dialogadas que permitan a las víctimas y a los comparecientes acordar acciones concretas de reparación.

La mesa de articulación

La mesa estará conformada por delegados de la Gobernación de Casanare, la Alcaldía de Yopal, víctimas acreditadas en el Subcaso Casanare del Caso 03 y sus representantes judiciales, la Mesa Departamental de Víctimas de Casanare, y la Subdirección del Sistema de Justicia Restaurativa de la JEP. La Sala de Reconocimiento ordenó que su primera reunión se realice antes del 24 de enero de 2025.

En este espacio, se discutirán propuestas presentadas tanto por víctimas como por comparecientes, con el objetivo de formular proyectos restaurativos que integren las observaciones y recomendaciones de los participantes. Se espera que para el 25 de abril de 2025 se presenten iniciativas acordadas que contribuyan a la reparación.

Propuestas principales

Entre las iniciativas más destacadas que serán consideradas se encuentran:

  • Parque Memoria y Paz: Una propuesta liderada por el Fondo de Defensa Técnica y Especializada (FONDETEC) y apoyada por la Alcaldía de Yopal, cuyo objetivo es honrar la memoria de 303 víctimas documentadas en el Subcaso Casanare.
  • Ecosistema TOAR: Proyecto desarrollado por la Asociación de Víctimas de Casanare para la Paz (Casa Paz), que incluye iniciativas en desarrollo económico, salud mental y educación.
  • Búsqueda de desaparecidos: Iniciativa para apoyar las labores de identificación y localización de víctimas desaparecidas, en coordinación con la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD).

Contexto y objetivos

Estas acciones se enmarcan en los compromisos asumidos durante la visita realizada por el presidente de la JEP, Alejandro Ramelli, y los magistrados Óscar Parra, Sandra Castro y Carlos Alberto Suárez a Yopal en noviembre de 2024. Además, responden al memorando de entendimiento firmado en octubre del mismo año entre la JEP, la Gobernación de Casanare y la Alcaldía de Yopal.

La JEP también busca garantizar que estas propuestas se desarrollen conforme a las siete líneas de acción de su Sistema Restaurativo, que incluyen enfoques en memoria histórica, infraestructura, medio ambiente, educación, y búsqueda de personas desaparecidas.

El proceso contará con el seguimiento de la Sala de Reconocimiento y el acompañamiento técnico de las oficinas asesoras de la JEP, en un esfuerzo por materializar proyectos restaurativos que respondan a las necesidades de las víctimas y contribuyan a la reconciliación en la región.

Fuente: jep.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Proyecto de ley busca reformar la financiación de las universidades públicas en Colombia

Proyecto de ley busca reformar la financiación de las universidades públicas en Colombia

En septiembre de 2024, el Ministerio de Educación, liderado por Daniel Rojas, radicó ante el Congreso el proyecto de ley No. 212 de 2024, que busca reformar la financiación de las instituciones de educación superior públicas en el país. La iniciativa, titulada “Acuerdo Nacional por el Rescate Financiero de la Educación Superior Pública”, pretende abordar la crisis económica que afecta a estas instituciones y garantizar un modelo sostenible en el tiempo.

El proyecto fue discutido parcialmente el pasado 16 de diciembre en el Senado, durante el último día de las sesiones ordinarias. La ponencia en primer debate, presentada por el senador Pedro Hernando Flórez, del Pacto Histórico, no logró completarse debido al avance de otros proyectos en riesgo de ser archivados.

Modificaciones propuestas

La iniciativa plantea cambios a los artículos 86 y 87 de la Ley 30 de 1992, que regulan los aportes económicos a las universidades públicas:

  • Artículo 86: Se propone que los recursos destinados a las universidades estatales se ajusten anualmente según el Índice de Costos de la Educación Superior (ICES), un indicador diseñado para reflejar con mayor precisión las necesidades del sector, en lugar de utilizar el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
  • Artículo 87: Busca que los aportes del Gobierno Nacional aumenten en al menos el 70% del incremento real del Producto Interno Bruto (PIB), en lugar del 30% actual. Estos incrementos no formarían parte de la base presupuestal de las universidades públicas.

El proyecto también incluye la creación del artículo 86A, que establece la asignación de un 0,05% del PIB al financiamiento de Instituciones Técnicas, Tecnológicas y Universitarias (ITTUs), incluidas las de carácter territorial, históricamente excluidas de los mecanismos de financiación previstos en la ley actual.

Objetivos del proyecto

La propuesta busca garantizar la sostenibilidad financiera de las universidades públicas, mejorar su calidad y cobertura, y reducir desigualdades regionales y sociales en el acceso a la educación superior. Según el texto, estas reformas permitirían atender necesidades estructurales del sistema educativo, como la regionalización, el bienestar estudiantil, y la dignificación de la labor docente.

Próximos pasos

El proyecto será debatido nuevamente en la Comisión Sexta del Senado durante 2025, en un contexto de alta expectativa por parte del sector educativo. Representantes del movimiento estudiantil, rectores de universidades y expertos han expresado interés en que se avance en esta discusión, dados los retos financieros que enfrentan las instituciones de educación superior públicas en Colombia.

Fuente: senado.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: La Comisión Legal de la Mujer presenta balance positivo de su gestión en Colombia

La Comisión Legal de la Mujer presenta balance positivo de su gestión en Colombia

La Comisión Legal de la Mujer, bajo la presidencia de Lorena Ríos, ha presentado un informe destacado sobre su gestión reciente, resaltando avances significativos en materia legislativa, fortalecimiento regional y actividades conmemorativas en favor de los derechos de las mujeres colombianas.

Expansión territorial para una mayor representación femenina

Uno de los logros más sobresalientes fue la expansión territorial de la Comisión, que permitió la creación de más de 850 comisiones locales a nivel nacional. Estas estructuras han fortalecido la representación de las mujeres y garantizado la protección de sus derechos en las comunidades, llevando el trabajo legislativo y social a los territorios más alejados.

Progresos legislativos en pro de la equidad

En el ámbito normativo, la Comisión impulsó la prohibición del matrimonio infantil, un hito que refuerza la protección de los derechos de niñas y adolescentes. Además, lideró la reforma de la Ley de Mujer Rural, sin actualizarse en más de dos décadas, que actualmente avanza en el Senado. También se promovió la actualización de la Ley 1257, orientada a garantizar una vida libre de violencia para las mujeres, y se armonizaron 183 propuestas legislativas sobre temas de género, mejorando la coherencia y efectividad de estas iniciativas.

Fomento del emprendimiento femenino

En ciudades como Cúcuta, Barrancabermeja y Bogotá, la Comisión conectó la oferta nacional de servicios con lideresas locales, promoviendo políticas públicas que impulsan proyectos de emprendimiento femenino. Estas acciones buscan empoderar a las mujeres en sus comunidades y fortalecer su rol en el desarrollo económico del país.

Conmemoraciones y activismo por los derechos de las mujeres

En el ámbito conmemorativo, se celebraron los 70 años del voto femenino en Colombia, resaltando el papel clave de las mujeres en la consolidación de la democracia. También se lideraron actividades por el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, con 16 días de activismo destinados a visibilizar los derechos femeninos y a promover acciones concretas para combatir la violencia de género.

Compromiso con una agenda inclusiva

El balance presentado refleja el compromiso de la Comisión Legal de la Mujer con la construcción de una agenda inclusiva y efectiva, enfocada en diseñar políticas públicas que respondan a las necesidades actuales y fortalezcan el bienestar de las mujeres en todo el territorio colombiano. Estos avances demuestran un enfoque integral hacia la equidad de género y el fortalecimiento de los derechos de las mujeres.

Fuente: senado.gov.co

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