Ene 9, 2025 | Actualidad Prime
La Comisión Legal de la Mujer, bajo la presidencia de Lorena Ríos, ha presentado un informe destacado sobre su gestión reciente, resaltando avances significativos en materia legislativa, fortalecimiento regional y actividades conmemorativas en favor de los derechos de las mujeres colombianas.
Expansión territorial para una mayor representación femenina
Uno de los logros más sobresalientes fue la expansión territorial de la Comisión, que permitió la creación de más de 850 comisiones locales a nivel nacional. Estas estructuras han fortalecido la representación de las mujeres y garantizado la protección de sus derechos en las comunidades, llevando el trabajo legislativo y social a los territorios más alejados.
Progresos legislativos en pro de la equidad
En el ámbito normativo, la Comisión impulsó la prohibición del matrimonio infantil, un hito que refuerza la protección de los derechos de niñas y adolescentes. Además, lideró la reforma de la Ley de Mujer Rural, sin actualizarse en más de dos décadas, que actualmente avanza en el Senado. También se promovió la actualización de la Ley 1257, orientada a garantizar una vida libre de violencia para las mujeres, y se armonizaron 183 propuestas legislativas sobre temas de género, mejorando la coherencia y efectividad de estas iniciativas.
Fomento del emprendimiento femenino
En ciudades como Cúcuta, Barrancabermeja y Bogotá, la Comisión conectó la oferta nacional de servicios con lideresas locales, promoviendo políticas públicas que impulsan proyectos de emprendimiento femenino. Estas acciones buscan empoderar a las mujeres en sus comunidades y fortalecer su rol en el desarrollo económico del país.
Conmemoraciones y activismo por los derechos de las mujeres
En el ámbito conmemorativo, se celebraron los 70 años del voto femenino en Colombia, resaltando el papel clave de las mujeres en la consolidación de la democracia. También se lideraron actividades por el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, con 16 días de activismo destinados a visibilizar los derechos femeninos y a promover acciones concretas para combatir la violencia de género.
Compromiso con una agenda inclusiva
El balance presentado refleja el compromiso de la Comisión Legal de la Mujer con la construcción de una agenda inclusiva y efectiva, enfocada en diseñar políticas públicas que respondan a las necesidades actuales y fortalezcan el bienestar de las mujeres en todo el territorio colombiano. Estos avances demuestran un enfoque integral hacia la equidad de género y el fortalecimiento de los derechos de las mujeres.
Fuente: senado.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: La JEP rechaza solicitud de sometimiento de Edilberto Castro Rincón, exgobernador del Meta
Ene 8, 2025 | Actualidad Prime
En una decisión que reafirma su compromiso con las víctimas y la verdad, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó la solicitud de sometimiento de Edilberto Castro Rincón, exgobernador del departamento del Meta entre 2004 y 2007. El exmandatario había sido condenado en la justicia ordinaria por homicidio agravado, celebración de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, peculado por apropiación y concierto para delinquir.
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia estableció que, durante su administración, Castro Rincón se alío con alias «Don Mario» y alias «Miguel Arroyave», comandantes del Bloque Centauros de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC). Esta alianza permitió al grupo paramilitar consolidar su control político en el Meta a través de contratos ilegales con la gobernación y les otorgó participación en procesos de desmovilización que derivaron en escaños en el Congreso. Además, este pacto resultó en graves crímenes, incluidos los asesinatos del exgobernador Carlos Javier Sabogal Mojica, el líder político Euser Rondón Vargas y la diputada Nubia Sánchez Romero.
En 2022, la Sección de Apelación de la JEP revocó una decisión previa de la Sala de Definición que rechazaba la solicitud de Castro Rincón, bajo el argumento de que sus conductas podían tener una conexión indirecta con el conflicto armado. Se ordenó entonces que presentara un Compromiso Claro, Concreto y Programado (CCCP) que incluyera aportes a la verdad, planes de restauración y garantías de no repetición. Sin embargo, pese a recibir múltiples oportunidades para ajustar su CCCP, la Sala determinó que el exgobernador incumplió las condiciones establecidas.
Mediante la Resolución 002 del 2 de enero de 2025, la Sala concluyó que Castro Rincón no proporcionó información detallada ni contribuyó significativamente al esclarecimiento de la verdad sobre las relaciones entre las AUC y agentes estatales no pertenecientes a la fuerza pública. Además, consideró que su conducta reflejaba una falta de transparencia y compromiso con la justicia transicional, así como un desinterés en satisfacer las necesidades de las víctimas y la sociedad.
El caso de Castro Rincón fue remitido al Juzgado 20 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá para que continúe vigilando el cumplimiento de la condena impuesta en 2007 por la Corte Suprema de Justicia, que lo sentenció a 40 años de prisión y una multa equivalente a 2.270 salarios mínimos legales mensuales vigentes. La decisión también fue comunicada a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema.
Fuente: jep.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Constitucional redefine criterios para pensión de sobrevivientes en casos de discapacidad
Ene 7, 2025 | Actualidad Prime
La Corte Constitucional, por medio de la sentencia T-295 de 2024, mediante la cual amparó los derechos fundamentales a la dignidad humana, seguridad social, debido proceso, igualdad y mínimo vital, reconociendo una pensión de sobrevivientes a favor de un hombre de 36 años diagnosticado con esquizofrenia desde los 21 años y con una pérdida de capacidad laboral del 65%.
El caso fue presentado por la madre del afectado, actuando como agente oficiosa, debido a la negativa de Colpensiones de reconocer la pensión de sobrevivientes en favor de su hijo, quien dependía económicamente de su padre fallecido. Colpensiones argumentó que el solicitante no demostró dependencia económica del causante, dado que no convivían bajo el mismo techo y el padre había sido exonerado de la cuota alimentaria antes de su fallecimiento. Además, la entidad sostuvo que la fecha de estructuración de la invalidez era posterior al deceso del causante.
Hallazgos de la Corte
La Corte Constitucional encontró que la Junta Regional de Calificación de Invalidez del Valle del Cauca había certificado la pérdida de capacidad laboral del 65% por enfermedad de origen común, con fecha de estructuración del 13 de septiembre de 2014. Sin embargo, enfatizó que no es suficiente basarse exclusivamente en el último diagnóstico o tratamiento médico para determinar la fecha de estructuración de la invalidez. En cambio, debe realizarse una evaluación integral que considere la historia clínica, los exámenes médicos y otros elementos probatorios.
Asimismo, la Corte señaló que:
- La dependencia económica no requiere convivencia entre el solicitante y el causante. Aunque la convivencia puede ser un indicio, debe analizarse junto con otros elementos probatorios.
- El hecho de que el padre haya sido exonerado del pago de la cuota alimentaria no implica que dejara de proveer apoyo económico a su hijo.
- Las enfermedades mentales, como la esquizofrenia, suelen tener manifestaciones intermitentes y no siempre son evidentes, especialmente para personas que no conviven con el afectado.
Protección a derechos fundamentales
La Sala Tercera de Revisión concluyó que:
- Existía una relación filial entre el agenciado y el causante.
- El solicitante presentaba una pérdida de capacidad laboral del 65%.
- Había certeza sobre la dependencia económica del solicitante hacia su padre, hasta su fallecimiento.
En consecuencia, la Corte ordenó a Colpensiones reconocer, liquidar y pagar el 50% de la pensión de sobrevivientes en favor del solicitante, teniendo en cuenta que ya existía otra beneficiaria, en calidad de cónyuge o compañera permanente del causante. Además, la entidad fue advertida de la necesidad de garantizar una atención y protección especial a personas con discapacidad, valorando de manera rigurosa las pruebas presentadas en los trámites pensionales.
Este fallo reafirma la importancia de tratar las situaciones de invalidez desde una perspectiva que garantice los derechos fundamentales a la igualdad, el mínimo vital, la seguridad social y la dignidad humana.
Fuente: corteconstitucional.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: La JEP concede libertad condicionada a exagente del DAS tras aceptar su sometimiento
Ene 6, 2025 | Actualidad Prime
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) aceptó el sometimiento de Giovanny Calderón Salazar, exagente del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), como miembro de facto de la fuerza pública. La resolución, firmada por el magistrado José Miller Hormiga Sánchez, incluye el beneficio de libertad transitoria, condicionada y anticipada para el compareciente, además del levantamiento de una orden de captura vigente.
Reconocimiento de hechos y responsabilidad
Durante la audiencia de seguimiento al régimen de condicionalidad y aporte de verdad, celebrada en noviembre de 2024, Calderón reconoció su responsabilidad en nueve de los diez crímenes investigados, cometidos entre 2006 y 2008 en Tolima. Estos crímenes, incluidos en el subcaso Tolima, implicaron asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate por agentes del Estado.
El compareciente brindó información que permitió esclarecer el accionar del Gaula Tolima y la participación de miembros del extinto DAS, el CTI y la Fiscalía en estos delitos. También aportó detalles sobre la manipulación de las escenas del crimen y la legalización posterior de los hechos.
La JEP consideró que el aporte de verdad superó el umbral exigido, lo que permitió aceptar su sometimiento. Además, ordenó que Calderón ampliara su testimonio sobre tres hechos nuevos aún no investigados. Por otro lado, la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) recibió instrucciones para identificar y ubicar a las víctimas indirectas del proceso, incluyendo la realización de una prueba de ADN en un caso específico.
Compromisos y condiciones
La permanencia de los beneficios otorgados dependerá del cumplimiento del régimen de condicionalidad, el cual exige la contribución efectiva a la verdad, la restauración y la no repetición. Calderón deberá continuar colaborando con la JEP y participar en acciones restaurativas para reparar a las víctimas.
Entre los hechos reconocidos destacan asesinatos cometidos en varias zonas del Tolima, como Chaparral, Ambalema, Alvarado e Ibagué. Sin embargo, en un caso específico, Calderón negó su responsabilidad y la JEP consideró que no existían pruebas concluyentes que lo vincularan.
En consecuencia, la Resolución SDSJ No. 4003 de 2024 establece las bases para que Calderón Salazar resuelva su situación jurídica de forma definitiva, siempre y cuando mantenga sus compromisos ante la JEP. Esta decisión representa un paso importante en el proceso transicional de esclarecimiento de la verdad y reparación de las víctimas en el marco de la justicia transicional en Colombia.
Fuente: jep.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: El Ministerio de Salud aumenta la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para 2025 ante inconsistencias en los reportes de las EPS
Ene 3, 2025 | Actualidad Prime
El Ministerio de Salud y Protección Social decidió incrementar en un 5.36% el valor de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para 2025. Este ajuste considera la inflación causada a noviembre de 2024 y responde a la baja calidad y poca confiabilidad de los datos reportados por las EPS, lo que impidió calcular el valor de manera precisa.
El Viceministerio de Protección Social identificó problemas graves en la información reportada por las EPS, como incrementos abruptos en patrones de severidad, gastos médicos elevados sin justificación y pagos de medicamentos por encima del precio regulado. También se detectó un manejo discrecional y errático de las reservas técnicas, entre otras irregularidades.
Cumplimiento normativo
La Ley 1438 de 2011 exige a las EPS reportar datos confiables, oportunos y claros. Sin embargo, de acuerdo a lo señalado por el Ministerio, las fallas persistentes en los informes llevaron a aplicar lo establecido en el Decreto Ley 4107 de 2011, ajustando la UPC según la inflación cuando los datos no permiten un cálculo adecuado.
El Ministerio destacó que incrementar la UPC más allá de la inflación con información defectuosa sería irresponsable, poniendo en riesgo el Presupuesto General de la Nación. Además, reiteró su compromiso con la transparencia, la sostenibilidad financiera del Sistema de Seguridad Social en Salud y el acceso equitativo a los servicios de salud para toda la población.
Conforme lo señalado por el Ministerio, esta decisión busca garantizar la continuidad y eficiencia del sistema, al tiempo que refuerza la vigilancia sobre el manejo de los recursos por parte de las EPS.
Fuente: minsalud.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica:
Ene 2, 2025 | Actualidad Prime
El Decreto 045 de 2024 comienza a regir este 1º de enero con el objetivo de beneficiar a los emprendedores en Colombia. Las nuevas disposiciones establecen tarifas más bajas para trámites como el registro y la renovación de la matrícula mercantil, así como para los registros y renovaciones de establecimientos, sucursales y agencias.
Esta medida impactará positivamente al 90 % del tejido empresarial colombiano, al reducir los costos de los procedimientos administrativos que deben realizar ante las cámaras de comercio.
Apoyo a las Cámaras de Comercio
Para mitigar el efecto económico que este ajuste genera en las cámaras de comercio, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo incluyó una disposición que fomenta la asociatividad entre estas entidades. Con esta estrategia, las cámaras podrán compartir recursos, reducir costos operativos como arriendos y gastos administrativos, y optimizar sus servicios.
Las asociaciones facilitarán la implementación de iniciativas más eficientes y la oferta de servicios de mejor calidad, beneficiando tanto a los empresarios como a las mismas cámaras.
El Decreto 045 de 2024 busca consolidar un entorno más competitivo para los emprendedores, aliviando la carga económica que enfrentan los micro y pequeños empresarios. Con esta medida, se busca fortalecer el tejido empresarial y fomentar el desarrollo económico del país.
Fuente: mincit.gov.co
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