Oct 10, 2025 | Actualidad Prime
El Representante a la Cámara por el Partido Liberal, Héctor David Chaparro Chaparro, presentó un proyecto de ley que pretende incorporar el turismo de bienestar en la Ley General de Turismo y establecer una regulación específica para el uso turístico y sostenible de las aguas termominerales en Colombia.
La propuesta, integrada por nueve artículos, busca promover el desarrollo económico, social y ambiental de las regiones que cuentan con este recurso natural. Para ello, plantea la creación del Registro Nacional de Turismo Termal, incentivos tributarios para los prestadores de servicios y un conjunto de medidas que garanticen seguridad jurídica en el manejo, vertimiento y gestión ambiental de las aguas termales.
De aprobarse, la norma diferenciaría el turismo de bienestar —enfocado en actividades como el termalismo, los balnearios y los spas— del turismo de salud actualmente reconocido en la legislación. La iniciativa busca posicionar al país como un destino competitivo en esta modalidad, impulsando experiencias sostenibles y de alto valor agregado tanto para visitantes nacionales como internacionales.
Según datos de la Procuraduría General de la Nación, Colombia cuenta con 135 fuentes termales en 51 municipios, concentradas principalmente en los departamentos de Boyacá, Caldas y Risaralda. Sin embargo, la ausencia de una normativa específica ha limitado su aprovechamiento integral.
Con este proyecto, el congresista boyacense busca que el turismo de bienestar se convierta en un motor de desarrollo local y en una oportunidad para diversificar la oferta turística nacional, siguiendo el ejemplo de países como Japón y varias naciones europeas, donde los baños termales son parte esencial de la economía turística y del bienestar social.
Fuente: camara.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Cámara de Representantes impulsa creación de la Red Nacional de Mujeres Ambientalistas
Oct 9, 2025 | Actualidad Prime
La Comisión Quinta de la Cámara de Representantes aprobó en primer debate un proyecto de ley que propone la creación de la Red Nacional de Mujeres Ambientalistas, una iniciativa orientada a reconocer y potenciar el papel de las mujeres en la defensa del medio ambiente en Colombia.
La propuesta plantea la conformación de un espacio de articulación, formación e intercambio de experiencias entre mujeres de diferentes regiones del país que lideran iniciativas ambientales en contextos rurales y urbanos. A través de la red, se busca fortalecer las capacidades de liderazgo de mujeres indígenas, afrodescendientes, campesinas y jóvenes comprometidas con la sostenibilidad.
El proyecto incluye además la creación de un Fondo Nacional de Mujeres Ambientalistas, destinado a financiar proyectos verdes, emprendimientos sostenibles y el acceso a tecnologías limpias. Este mecanismo permitirá apoyar a las mujeres en su participación en espacios de decisión sobre biodiversidad, energías renovables, cambio climático y gestión de recursos naturales.
La iniciativa continuará su trámite en la plenaria de la Cámara de Representantes, donde será discutida en segundo debate. Si es aprobada en su totalidad, la Red Nacional de Mujeres Ambientalistas se constituirá como una herramienta clave para cumplir los compromisos nacionales en materia de cambio climático, empoderamiento femenino y protección de la biodiversidad.
Fuente: camara.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema ordena fallo en caso de víctima del conflicto por demoras injustificadas en Justicia y Paz
Oct 8, 2025 | Actualidad Prime
Mediante la sentencia STP15949-2025, la Sala de Tutelas n.° 2 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia amparó los derechos de una víctima del conflicto armado que fue secuestrada y torturada por las extintas Farc en Miraflores (Guaviare), y cuyo caso permanece sin decisión judicial 24 años después de su liberación.
La Corte determinó que la Sala Penal de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá vulneró el derecho de acceso a la justicia, el derecho a un juicio en un plazo razonable y los derechos de las víctimas a la verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición, al mantener el proceso en mora por más de once años desde la imputación.
El alto tribunal advirtió que la gestión del despacho resulta ineficiente y aplica criterios ajenos a la justicia transicional, lo que retrasa gravemente los fallos de la Ley de Justicia y Paz. Además, alertó que esta situación podría activar la competencia de la Corte Penal Internacional por la falta de capacidad o disposición del Estado para sancionar crímenes del conflicto.
La Corte ordenó que, en un plazo de tres meses, se elabore el proyecto de sentencia del caso y que la Sala correspondiente lo discuta y apruebe en un término adicional de dos meses.
Fuente: cortesuprema.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Constitucional refuerza la protección al derecho al cuidado de quienes atienden a personas con discapacidad
Oct 7, 2025 | Actualidad Prime
La Corte Constitucional reiteró que el derecho al cuidado tiene una doble dimensión: ampara no solo a quien requiere apoyo, sino también a quien lo presta. Así lo precisó la Sala Sexta de Revisión en la sentencia T-124 de 2025, al estudiar el caso de Martha, una mujer adulta mayor que interpuso una tutela para reclamar la asignación de un cuidador permanente para su hijo Alex, persona con discapacidad y múltiples patologías.
Martha explicó que no contaba con los medios económicos ni con las condiciones de salud necesarias para continuar a cargo del cuidado de su hijo, mientras que la EPS a la que ambos están afiliados se negó a autorizar el servicio solicitado.
La Sala, integrada por la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera, la exmagistrada Cristina Pardo Schlesinger y el magistrado Miguel Polo Rosero, quien la preside, decidió amparar los derechos fundamentales a la salud, a la vida digna y al cuidado de Alex. En consecuencia, ordenó a la EPS realizar una valoración integral de su situación y del entorno familiar, con el fin de asumir las medidas necesarias para garantizar su atención continua y adecuada.
El alto tribunal subrayó que las personas cuidadoras enfrentan cargas físicas, emocionales y económicas que deben ser reconocidas y atendidas por el Estado. Enfatizó que el cuidado no remunerado, desempeñado en su mayoría por mujeres, implica largas jornadas sin apoyo institucional, lo que dificulta el ejercicio de otros derechos como el trabajo, el descanso, la salud y la seguridad social.
La Corte concluyó que dignificar todas las formas de cuidado es una obligación estatal, pues solo garantizando el bienestar de quienes cuidan es posible asegurar la eficacia del derecho al cuidado en su conjunto.
Fuente: corteconstitucional.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema revoca absolución y condena a hombre por violencia intrafamiliar agravada
Oct 6, 2025 | Actualidad Prime
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, por medio de la sentencia SP1866-2025, revocó las decisiones de primera y segunda instancia que habían absuelto a un hombre procesado por el delito de violencia intrafamiliar agravada y, en su lugar, lo declaró responsable penalmente.
El alto tribunal concluyó que durante la relación sentimental el procesado ejerció un patrón de violencia física y psicológica que ocasionó graves afectaciones emocionales a la víctima. Según la Corte, las pruebas permitieron acreditar que el hombre sometió a su expareja a insultos, golpes, restricciones y conductas de control que derivaron en una crisis de depresión y ansiedad, por la cual la mujer debió ser hospitalizada en Bogotá.
La decisión enfatizó que, pese a que la víctima no declaró en el juicio, sus declaraciones previas constituyen prueba de referencia admisible, dado el contexto de violencia sistemática que enfrentó durante siete años. La Corte también advirtió que las autoridades judiciales que conocieron inicialmente el caso incurrieron en actos de revictimización y omitieron aplicar un enfoque de género al valorar los testimonios y elementos probatorios.
Para la Sala Penal, las evidencias analizadas demostraron más allá de toda duda razonable que el acusado actuó de manera consciente y persistente en las agresiones físicas y psicológicas contra la víctima, configurando así el delito de violencia intrafamiliar agravada.
Fuente: cortesuprema.gov.co
Otras noticias de actualidad jurídica: Senado avanza proyecto que busca retrasar el inicio de la jornada escolar en Colombia
Oct 3, 2025 | Actualidad Prime
El Senado de la República dio un nuevo paso en el trámite del Proyecto de Ley que pretende fijar las 7:00 de la mañana como hora mínima para el inicio de clases en instituciones educativas públicas y privadas del país, en los niveles de educación inicial, preescolar, básica y media.
La iniciativa, que ya superó su segundo de cuatro debates reglamentarios en la plenaria de la corporación, plantea una modificación estructural en la rutina académica de millones de estudiantes, con el propósito de mejorar su calidad de vida y su rendimiento escolar. El argumento central es que el retraso en el inicio de la jornada contribuye a una mejor calidad del sueño, lo que impacta positivamente en la salud física, el bienestar emocional y la capacidad de concentración de niños, niñas y adolescentes.
El proyecto, conocido como “estudio sin madrugón”, también se sustenta en experiencias internacionales que muestran beneficios adicionales en la organización familiar. En el caso colombiano, el cambio se considera especialmente relevante si se tiene en cuenta que más de la mitad de los hogares son encabezados por mujeres, de acuerdo con cifras del DANE, por lo que la medida busca aliviar la carga de los cuidados y ofrecer condiciones más equitativas.
La propuesta legislativa, impulsada por congresistas de diferentes bancadas, continuará ahora su discusión en la Cámara de Representantes, donde deberá surtir dos debates más antes de convertirse en ley de la República.
Fuente: senado.gov.co
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