Corte Constitucional ordena garantizar libertad de cultos en capilla de condominio aconfesional

La Corte Constitucional, por medio de la sentencia T-437 de 2025, protegió los derechos fundamentales a la libertad de cultos y a la igualdad de una copropietaria cristiana que denunció la adscripción de la capilla de su condominio al catolicismo, pese a que este espacio había sido concebido como un lugar de culto neutro. El alto tribunal concluyó que la decisión de la administración desconoció la naturaleza aconfesional de la copropiedad y afectó injustificadamente el ejercicio de la libertad religiosa de sus residentes.

El caso llegó al tribunal a través de una acción de tutela presentada por la residente, quien consideró que la destinación católica de la capilla vulneraba sus derechos y los de otros copropietarios que profesan creencias diferentes. La Corte coincidió en que la medida adoptada por el condominio era inconstitucional, pues no existía certeza de que la capilla hubiera sido creada con una orientación confesional específica. Además, recordó que los espacios semiprivados también deben respetar la eficacia horizontal de los derechos fundamentales.

En su análisis, la Corte explicó que la libertad religiosa comprende el derecho a establecer lugares de culto y a exigir respeto por su destinación. No obstante, señaló que cuando una organización es aconfesional —como ocurría en este caso— las restricciones a prácticas religiosas deben ser especialmente cuidadosas y no pueden favorecer una creencia sobre otra.

El tribunal consideró que la decisión del condominio de cubrir los símbolos católicos sin ofrecer alternativas reales para otras comunidades religiosas resultaba innecesaria y desproporcionada. Entre las opciones menos restrictivas estaban habilitar la capilla como espacio multirreligioso mediante elementos portátiles o destinar otra zona común para la práctica de distintos cultos.

Como medida de reparación, la Corte ordenó implementar un remedio dialógico: el condominio deberá convocar a los copropietarios para acordar soluciones que garanticen la igualdad y la libertad religiosa de todos los residentes. Si no se alcanza un consenso o si la decisión resultante no incorpora las necesidades de quienes profesan otros credos, la capilla deberá transformarse en un espacio multirreligioso. Asimismo, el Comité de Convivencia deberá adoptar un protocolo para gestionar futuros conflictos relacionados con el ejercicio de la libertad religiosa en la copropiedad.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Constitucional redefine estándares para garantizar el derecho a morir dignamente de personas con discapacidad

Corte Constitucional redefine estándares para garantizar el derecho a morir dignamente de personas con discapacidad

La Corte Constitucional, mediante la sentencia T-438 de 2025, fijó nuevos parámetros para la garantía del derecho a morir dignamente en situaciones en las que la persona, debido a una condición de salud o discapacidad, no puede manifestar su consentimiento de manera directa. La decisión surge tras el estudio de una tutela en la que la madre de un paciente en coma solicitó el acceso al procedimiento, el cual había sido negado por falta de un documento de voluntad anticipada y de elementos suficientes para evaluar su estado clínico.

El tribunal advirtió que persisten barreras estructurales para el ejercicio de este derecho cuando la persona no puede expresar su voluntad. En este contexto, la Corte reemplazó el tradicional concepto de “consentimiento sustituto” por el de “apoyo interpretativo de la voluntad”, una figura que obliga a reconstruir las preferencias del paciente con base en manifestaciones previas verificables, tales como escritos, conversaciones, documentos o cualquier otro indicio que permita identificar su deseo frente al final de la vida. Este enfoque, según la Corporación, se ajusta mejor a los estándares constitucionales e internacionales sobre capacidad jurídica y autonomía.

Para orientar la labor de los comités interdisciplinarios que estudian este tipo de solicitudes, la Corte estableció varios criterios: la evaluación de la existencia de redes de apoyo capaces de realizar la mejor interpretación posible de la voluntad del paciente; la verificación de que se agotaron todos los medios para conocer sus preferencias a través de cualquier formato comunicativo; y la aplicación del estándar previsto en el artículo 4, numeral 3, de la Ley 1996 de 2019, que regula los apoyos para el ejercicio de la capacidad jurídica.

En el caso analizado, la Corte concluyó que la EPS y la IPS vulneraron los derechos fundamentales del paciente al no indagar sobre su situación médica ni sobre posibles manifestaciones previas relacionadas con su decisión frente a la muerte digna. Aunque el proceso terminó en un daño consumado debido al fallecimiento del accionante, el tribunal impartió órdenes estructurales para evitar que situaciones similares se repitan.

Entre ellas, instruyó al Gobierno Nacional a fortalecer la difusión y promoción de información sobre el derecho a morir dignamente, la capacidad jurídica de las personas con discapacidad y la correcta aplicación del estándar de mejor interpretación posible de la voluntad, con el fin de garantizar procedimientos más rigurosos, humanizados y respetuosos de la autonomía personal.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Constitucional reafirma que ninguna persona trans puede ser excluida de su familia por ejercer su identidad de género

Corte Constitucional reafirma que ninguna persona trans puede ser excluida de su familia por ejercer su identidad de género

La Corte Constitucional, a través de la sentencia T-395 de 2025, emitió un pronunciamiento de alcance estructural sobre la protección de los derechos de las personas trans dentro del entorno familiar. En su decisión, la Sala Cuarta de Revisión concluyó que ninguna persona puede ser expulsada del núcleo familiar ni sometida a tratos discriminatorios por ejercer su derecho a la identidad de género. El fallo advierte que la familia debe ser un espacio de acogida y respeto, especialmente en contextos marcados por tensiones o rupturas internas.

El caso analizado involucró a Fabiola, una mujer transgénero que presentó tutela contra una comisaría de familia por no aplicar enfoque de género en los procesos relacionados con episodios de violencia familiar que enfrentaba por parte de su madre y hermanos. La Corte determinó que la omisión de este enfoque vulneró sus derechos fundamentales a la dignidad humana, a la igualdad, a la identidad de género, al debido proceso y a la vivienda digna.

En la sentencia, el tribunal reiteró que el enfoque de género, en casos que involucren a personas trans, exige la adopción de garantías reforzadas, como la necesidad de desvirtuar presunciones discriminatorias y reconocer interseccionalidades particulares. La falta de esta perspectiva, indicó la Corte, produce afectaciones directas a la igualdad y al reconocimiento de la dignidad humana.

Como subregla, la corporación estableció que cuando una autoridad familiar no aplica correctamente los enfoques diferenciales en asuntos que involucren sujetos de especial protección constitucional (como integrantes de la comunidad LGBTIQ+, mujeres, adultos mayores o menores de edad), se configura una vulneración de los derechos fundamentales de quien resulte afectado por dichas decisiones.

El fallo también pone énfasis en el valor de la familia como núcleo esencial de la sociedad y primer espacio de protección. Subraya que la posibilidad de “ser, pertenecer y sanar” dentro del hogar depende del reconocimiento de la dignidad humana de todos sus integrantes. En el caso de las personas trans, la Corte recordó que la transición de género suele darse en entornos sociales adversos, marcados por discriminación y violencia, lo que hace aún más imperativa la obligación de brindar apoyo y evitar cualquier forma de exclusión.

Aunque reconoce la complejidad emocional que puede rodear situaciones familiares de esta naturaleza, la Sala invitó a los familiares de Fabiola a promover dinámicas de diálogo, reconocimiento mutuo y respeto, aclarando que ni el afecto ni el perdón pueden imponerse, pero sí puede cultivarse una reflexión orientada a superar estereotipos que históricamente han marginado a la población trans.

La Corte concluyó que el caso debe ser entendido no solo como un asunto jurídico, sino como una oportunidad para reafirmar la importancia del respeto por la diferencia y la construcción de una convivencia pacífica e incluyente. Recordó, además, que Colombia, como Estado social de derecho, tiene la obligación de garantizar que todas las personas puedan vivir con libertad, igualdad y respeto, sin distinción alguna.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Cámara de Representantes avanza en proyecto que crea Sello Ambiental para proteger páramos y frenar la deforestación

Cámara de Representantes avanza en proyecto que crea Sello Ambiental para proteger páramos y frenar la deforestación

La Comisión Quinta de la Cámara de Representantes dio un paso decisivo en el trámite del proyecto que busca fortalecer la protección ambiental, con especial énfasis en los páramos afectados por actividades ganaderas y cultivos de pancoger. La iniciativa, promovida por los congresistas Julia Miranda y Gabriel Parrado, propone la creación del Sello Ambiental para Zonas Protegidas de la Deforestación, un mecanismo que pretende articular la conservación de ecosistemas estratégicos con incentivos económicos para el sector ganadero.

El sello permitirá certificar que los procesos de crianza, levante y engorde del ganado se desarrollan fuera de áreas que antes estuvieron cubiertas por bosques, páramos u otras zonas ambientalmente protegidas. Esta distinción facilitaría el acceso a mercados nacionales e internacionales que valoran prácticas de producción sostenibles, lo que se traduce en mejores precios y mayores oportunidades de comercialización para los productores bovinos.

El proyecto también contempla la delimitación de fronteras agrícolas y ganaderas, con el fin de evitar la expansión de estas actividades sobre territorios que requieren altos niveles de protección ambiental. La medida busca frenar la ocupación indebida de zonas sensibles en la región Andina, donde el avance de la ganadería y la agricultura ha generado presión sobre ecosistemas de especial importancia ecológica.

Actualmente, el sector ganadero alcanza cifras significativas en materia de exportaciones: en lo que va del año, Colombia ha enviado al exterior más de 238.000 bovinos en pie, con ingresos superiores a 180 millones de dólares, y cerca de 25.000 toneladas de carne, que han representado ventas por más de 106 millones de dólares. Según la proyección de los impulsores de la iniciativa, la adopción del Sello Ambiental Ganadero, reconocido internacionalmente como Sello Verde, podría duplicar estos resultados, debido a la creciente demanda global de productos certificados por su aporte a la protección del ecosistema.

La propuesta legislativa continúa su curso en el Congreso y se perfila como una herramienta clave para armonizar la actividad productiva con la conservación de los ecosistemas más frágiles del país.

Fuente: camara.gov.co

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Tirant PRIME Conversa vs. IAs generalistas: ¿qué IA jurídica es realmente fiable para profesionales del derecho en Colombia?

En los últimos años, el uso de herramientas de inteligencia artificial se ha extendido en el ámbito jurídico. Sin embargo, no todas las IAs son iguales ni ofrecen el mismo nivel de precisión, actualización normativa o fiabilidad para quienes ejercen el derecho en Colombia.
Mientras las IAs generalistas han sido diseñadas para responder sobre múltiples temas a nivel global, Tirant PRIME Conversa, la nueva plataforma con IA jurídica de Tirant lo Blanch Colombia, ha sido creada exclusivamente para resolver dudas legales complejas y asistir a profesionales del derecho colombiano con información verificada y actualizada.

A continuación te mostramos por qué la plataforma de soluciones jurídicas Tirant PRIME Conversa es la alternativa más segura, completa y especializada del mercado.

Entrenamiento especializado en derecho colombiano — lo que las IAs generalistas no tienen

Las IAs generalistas funcionan como grandes enciclopedias globales: saben «de todo un poco», pero nada con profundidad jurídica. Y cuando se trata de derecho colombiano, ese enfoque es insuficiente e incluso arriesgado. Conversa, en cambio:

  • Está entrenada con criterios jurídicos vigentes y con legislación colombiana actualizada.
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Fundamentos legales verificables: cero alucinaciones

Uno de los mayores problemas de las IAs generalistas es la generación de información inventada, conocida como alucinaciones. En un entorno jurídico, este tipo de errores puede implicar consecuencias graves para un caso, un dictamen o un escrito. Conversa elimina ese riesgo porque:

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  • Sus respuestas pueden auditarse, documentarse y verificarse.

Esto convierte a Conversa en una herramienta fiable y segura, especialmente para abogados litigantes, jueces, notarios, asesores jurídicos y profesionales que necesitan rigor absoluto.

Actualización permanente con reformas legislativas

El marco normativo colombiano cambia constantemente: nuevas leyes, modificaciones de códigos, decretos, criterios jurisprudenciales… Las IAs generalistas, al no estar conectadas con un repositorio jurídico real, no pueden actualizarse al ritmo de la ley.

Conversa sí lo hace.

Está sincronizada con las reformas legislativas y con los cambios que afectan al ámbito estatal y a la práctica profesional. Además, ofrece jurisprudencia relacionada con la pregunta del usuario, permitiendo contextualizar la respuesta en tiempo real. Así, los profesionales trabajan siempre con información verificada y actualizada.

Estilo profesional: del despacho, no de un texto académico

El estilo importa, especialmente cuando la respuesta debe convertirse en un escrito jurídico, una asesoría o un argumento procesal. Las IAs generalistas suelen escribir con estilo neutro, enfoque académico y con un tono impersonal muy artificial.

Conversa, por el contrario, está diseñada para producir respuesta con tono jurídico profesional, adaptada a:

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Fiabilidad jurídica: validación con fuentes oficiales

El riesgo de error en IAs generalistas no es menor. Su entrenamiento abierto provoca inconsistencias y respuestas incompletas. Sin embargo, Conversa reduce ese riesgo al validar cada una de sus respuestas a través de:

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La precisión no es un beneficio adicional: es el núcleo de la herramienta.

Acceso directo a la biblioteca virtual de Tirant: más de 16.000 obras jurídicas

Uno de los mayores diferenciales de Tirant PRIME Conversa es que está conectada con el ecosistema digital de Tirant PRIME, lo que le permite acceder a:

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Acompañamiento humano especializado

Ninguna IA generalista ofrece soporte jurídico real detrás. La IA de Tirant sí: Tirant PRIME cuenta con un equipo de capacitación jurídica, expertos que acompañan al usuario para aprovechar al máximo la herramienta.

Los profesionales no solo obtienen una IA, sino un servicio integral respaldado por especialistas.

Conclusión: Conversa es la IA jurídica diseñada para la realidad legal colombiana

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Cámara de Representantes avanza en proyecto que obligaría a candidatos a asistir a debates públicos

La Comisión Primera de la Cámara de Representantes aprobó en su primer debate un proyecto de ley que busca imponer la obligación a los candidatos y candidatas a la Presidencia, gobernaciones y alcaldías de participar en los debates públicos convocados por los medios de comunicación. La iniciativa resurge en plena coyuntura electoral, con el propósito de garantizar espacios programáticos en los que se expongan propuestas y soluciones para el país.

Aunque el proyecto obtuvo respaldo mayoritario, también generó discrepancias sobre las sanciones previstas para quienes no asistan a los debates. Algunos congresistas consideran que las medidas sugeridas, como restricciones para intervenir en medios o la reducción de la financiación pública, podrían resultar desproporcionadas.

Tras superar su primera discusión, la propuesta legislativa continuará su trámite en la Plenaria de la Cámara, donde deberá enfrentar su segundo debate antes de avanzar hacia las siguientes etapas del proceso legislativo.

Fuente: camara.gov.co

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