Corte Constitucional protege derechos de comunidad indígena frente a conflicto territorial y sanciones ambientales

La Corte Constitucional, mediante la sentencia T-286 de 2024, amparó los derechos fundamentales de la comunidad indígena Métiwa Guacamayas, asentada en Cumaribo, Vichada, tras analizar una acción de tutela presentada por Lorenzo, gobernador de la comunidad. La tutela, presentada en contra de varias entidades estatales, tenía como objetivo la protección de derechos esenciales de la comunidad, incluidos el derecho al territorio, la seguridad alimentaria, la consulta previa y la autonomía indígena.

La Sala Sexta de Revisión de la Corte encontró que, durante décadas, personas ajenas habían invadido el territorio ancestral de la comunidad, y sus miembros habían enfrentado procesos judiciales y administrativos bajo acusaciones de delitos ambientales, tales como ecocidio y deforestación. Los representantes de la comunidad, sin embargo, argumentaron que sus prácticas de aprovechamiento de recursos naturales estaban orientadas a la subsistencia y fundamentadas en sus costumbres ancestrales.

La Corte concluyó que las sanciones ambientales impuestas a la comunidad carecían de un enfoque étnico, lo que desconocía la autonomía de la comunidad en el manejo de sus recursos y en la práctica de sus tradiciones. Adicionalmente, señaló la falta de respuesta de fondo de las autoridades a solicitudes clave, como la constitución del resguardo de la comunidad, que lleva 26 años pendiente, y la revocatoria de adjudicaciones de baldíos en terrenos que el pueblo Métiwa Guacamayas considera parte de su territorio ancestral.

Entre las órdenes emitidas, la Corte exigió a la Corporación Autónoma Regional de la Orinoquía (Corporinoquía) la creación, en coordinación con la comunidad, de protocolos de desarrollo sostenible y conservación de los recursos naturales en el territorio de influencia de los Métiwa Guacamayas. Así mismo, reiteró al Ministerio del Interior la urgencia de implementar un Plan de Salvaguarda Étnico, conforme con las necesidades específicas de esta comunidad, considerando el riesgo inminente de exterminio que enfrentan.

Además, la Agencia Nacional de Tierras deberá resolver en un plazo máximo de nueve meses las solicitudes de constitución del resguardo y de protección del territorio ancestral, así como la revocatoria de la adjudicación de baldíos sobre los predios en disputa. Con esta sentencia, la Corte reitera su compromiso con la protección de los derechos de los pueblos indígenas y la importancia de incorporar un enfoque diferenciado y respetuoso de su autonomía en la gestión de conflictos sobre sus territorios.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Consejo de Estado niega suspensión de delegación a la ANH para fomento de energías no convencionales

Consejo de Estado niega suspensión de delegación a la ANH para fomento de energías no convencionales

El Consejo de Estado negó la solicitud de suspensión provisional del acto administrativo mediante el cual el Ministerio de Minas y Energía delegó a la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) la función de fomentar y promover fuentes de energías no convencionales. La decisión fue emitida mediante auto del pasado 9 de octubre, donde se evaluó si la delegación realizada implicaba una invasión de competencias legislativas.

La demanda fue presentada con el argumento de que la delegación no solo trasladaba temporalmente una función, sino que creaba una nueva, no contemplada en la normativa vigente, lo cual habría constituido una invasión a la competencia del legislador. El demandante solicitó, por esta razón, la nulidad del acto administrativo y la suspensión provisional de la delegación.

Sin embargo, el Consejo de Estado desestimó la solicitud de suspensión. En su análisis, argumentó que el Ministerio de Minas y Energía cuenta con la competencia para definir políticas públicas sobre todas las fuentes de energía, incluyendo las no convencionales. La función delegada a la ANH, explicó la Sala, se limita a la elaboración de insumos técnicos necesarios para el fomento y la promoción de estas energías, lo cual constituye una delegación temporal de una de sus propias funciones.

Con base en esta interpretación, el alto tribunal concluyó que no existen elementos suficientes para suponer que la autoridad demandada hubiera invadido competencias del legislador en esta instancia del proceso. La decisión permite a la ANH continuar con las actividades de promoción de energías no convencionales en cumplimiento de su papel técnico, mientras el proceso judicial de nulidad sigue en curso.

Fuente: consejodeestado.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Constitucional ordena a universidad asegurar derechos de mujeres víctimas de violencia

Corte Constitucional ordena a universidad asegurar derechos de mujeres víctimas de violencia

La Corte Constitucional, en su reciente sentencia T-414 de 2024, ha emitido una contundente advertencia a una universidad pública nacional por su omisión en la protección de los derechos de una funcionaria víctima de violencia. En el caso, la accionante alegó que, a pesar de contar con medidas de protección definitivas y una investigación penal contra su expareja por episodios de violencia, la universidad se negó a permitirle trabajar de manera remota, exponiéndola a riesgos contra su integridad.

La Sala Cuarta de Revisión de la Corte Constitucional resolvió declarar la carencia actual del caso debido a la finalización de la relación laboral de la accionante con la universidad. No obstante, consideró necesario pronunciarse sobre el fondo, encontrando que la institución había vulnerado los derechos de la mujer al rechazar la solicitud de trabajo remoto. Argumentando la autonomía universitaria, la entidad omitió establecer condiciones para que la servidora pública pudiera cumplir sus funciones de manera segura y sin riesgo para su vida.

El análisis de la Corte evidenció que la universidad actuó de forma indiferente, a pesar de contar con una ruta de atención para mitigar riesgos de victimización. La entidad no consideró aplicable dicha ruta en este caso y alegó que no era su responsabilidad garantizar la seguridad de la servidora.

Además, la Corte destacó que una resolución interna de la universidad permite el trabajo remoto en situaciones excepcionales o especiales. Ante esto, el alto tribunal concluyó que la universidad mostró un «total descuido e indiferencia» en su obligación de prevención, atención y erradicación de la violencia contra la mujer. También señaló la falta de aplicación de los deberes constitucionales de no tolerancia o neutralidad, corresponsabilidad y debida diligencia en este tipo de casos.

Como medida, la Corte Constitucional exhortó a la universidad a cumplir con sus deberes de debida diligencia y no eludir sus responsabilidades cuando tenga conocimiento de casos de violencia contra mujeres en su plantilla, sin importar el tipo de vínculo contractual.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Aumentan sanciones penales por maltrato animal en el país

Aumentan sanciones penales por maltrato animal en el país

En un avance significativo para la protección animal, el Senado aprobó en segundo debate un proyecto de ley que endurece las sanciones por maltrato animal, haciendo que causarle lesiones graves o la muerte a un animal deje de ser un delito excarcelable. Esta iniciativa incrementa las penas de prisión a entre 36 y 48 meses, en comparación con la actual Ley 1774 de 2016, que establece una pena de entre 12 y 36 meses para este tipo de conductas. Según el proyecto, los casos de lesiones graves tendrán ahora penas de entre 20 y 48 meses, mientras que la muerte de un animal será sancionada con prisión de 24 a 56 meses, incluyendo agravantes que eliminan la posibilidad de excarcelación.

La senadora Andrea Padilla, quien lidera esta propuesta, también anunció un aumento en las sanciones económicas: la multa mínima por lesiones graves se eleva a entre cinco y 15 salarios mínimos legales mensuales, mientras que la sanción por la muerte de un animal se ubicará entre 30 y 60 salarios mínimos. Este cambio incluye medidas adicionales como la capacitación obligatoria en temas de protección animal para jueces, fiscales e inspectores de policía, y la creación de una ruta nacional para la atención de casos de maltrato, a cargo del Ministerio del Interior.

Además, el proyecto de ley establece nuevos procedimientos para que la Policía pueda ingresar a domicilios cuando se tenga certeza de maltrato y la vida del animal esté en peligro. También se propone que quienes cometan maltrato leve sean obligados a realizar un curso de respeto y legislación de protección animal.

Este proyecto de ley fue aprobado por unanimidad en el Senado y ahora continúa su trámite en la Cámara de Representantes, donde se espera un debate que podría llevar a su pronta implementación, fortaleciendo así la legislación contra el maltrato animal en el país.

Fuente: senado.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Radican proyecto de ley para regular la adquisición de tarjetas SIM en Colombia y combatir extorsiones desde cárceles

Radican proyecto de ley para regular la adquisición de tarjetas SIM en Colombia y combatir extorsiones desde cárceles

Un nuevo proyecto de ley fue presentado en la Cámara de Representantes con el objetivo de regular la adquisición de tarjetas SIM en Colombia. La iniciativa busca enfrentar el creciente problema de las llamadas extorsivas realizadas desde centros penitenciarios, una actividad delictiva que ha ido en aumento en los últimos años. Según cifras de la Policía Nacional, entre 2020 y 2023 los casos de extorsión subieron de 8.000 a 10.000, y aproximadamente seis de cada diez de estas llamadas provienen de alguna cárcel del país.

El proyecto propone que la compra de tarjetas SIM esté sujeta a un control más riguroso, exigiendo que los usuarios registren sus datos personales o biométricos al adquirirlas. Esto permitiría identificar con mayor facilidad a los responsables de las extorsiones y otros delitos relacionados, reduciendo la posibilidad de que las SIM se utilicen de manera anónima. Además, se plantea un seguimiento más estricto por parte de las autoridades y los operadores móviles.

Entre las medidas propuestas, se destaca la obligación de registrar la huella dactilar de los compradores, lo que, según el congresista Julio César Triana, quien lidera la iniciativa, facilitaría la lucha contra la delincuencia. Por su parte, el representante Gersel Luis Pérez señaló que la tecnología permitirá a las víctimas identificar desde qué centro penitenciario se originan las llamadas extorsivas.

Este proyecto de ley llega en un contexto donde las autoridades han intensificado sus esfuerzos para combatir este tipo de delitos. Recientemente, la Policía Nacional desmanteló una operación de extorsión que funcionaba dentro de la cárcel de Guaduas, Cundinamarca, lo que evidencia la urgencia de tomar medidas adicionales para controlar estas actividades delictivas desde los centros de reclusión.

Fuente: camara.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: La JEP incorpora voces ancestrales en una audiencia clave sobre el Pueblo Siona y los impactos del conflicto armado

La JEP incorpora voces ancestrales en una audiencia clave sobre el Pueblo Siona y los impactos del conflicto armado

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) marcó un hito en la historia jurídica de Colombia al celebrar una audiencia de diálogo intercultural con el Pueblo Siona los días 13 y 14 de septiembre en Mocoa, Putumayo. La Sala de Reconocimiento llevó a cabo este encuentro en la Casa de Mai, espacio sagrado del Cabildo Jai Ziaya Bain, integrando por primera vez los testimonios espirituales y culturales de los Jai Bain (taitas), las romingo (abuelas) y la Guardia Indígena, como parte de la investigación de los crímenes no amnistiables cometidos contra pueblos indígenas en el marco del Caso 09, que aborda los impactos del conflicto armado en Pueblos y Territorios Étnicos.

La audiencia estuvo enmarcada en la ceremonia espiritual del Mai ëco (Yagé), planta sagrada que los Siona consideran esencial para el diálogo con sus ancestros y la conexión con la madre tierra. Este proceso permitió a la magistratura de la JEP recoger testimonios desde una perspectiva indígena sobre las graves afectaciones sufridas entre 1996 y 2016. Los líderes Siona narraron cómo el conflicto les ha arrebatado no solo vidas humanas, sino también espacios sagrados, su cultura y su conexión ancestral con la tierra.

Durante la audiencia, las romingo denunciaron el exterminio físico y cultural que enfrenta su pueblo, describiendo el miedo a traer nuevas vidas a un mundo marcado por la violencia. Mientras tanto, los cuiracua (Guardia Indígena) destacaron la necesidad de contar con garantías para la protección de su territorio y la preservación de sus lugares sagrados. En sus intervenciones, también señalaron el impacto devastador que la extracción de recursos, como el petróleo, ha tenido sobre su medio ambiente y modos de vida.

La JEP, a través de esta audiencia, busca garantizar la participación efectiva del Pueblo Siona, aplicando un enfoque étnico-racial que respeta su cosmovisión y sus formas propias de justicia. Esta integración no solo profundiza en la investigación de los crímenes cometidos contra los pueblos indígenas, sino que también refuerza las garantías de justicia y supervivencia para una comunidad que enfrenta riesgos de exterminio, reconocidos internacionalmente desde 2018 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Fuente: jep.gov.co

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