NOVEDAD | La IA conversacional de Tirant PRIME incorpora nuevas funcionalidades y mejoras

Ahora, tú eres el protagonista en la IA. 

En Tirant PRIME, la apuesta por la innovación y la excelencia en el ámbito jurídico es una constante. Con el objetivo de ofrecer herramientas que respondan a las necesidades de los profesionales del derecho, hemos analizado más de 150.000 preguntas reales de operadores jurídicos. Como resultado, Tirant PRIME Conversa ha incorporado mejoras significativas que aumentan la precisión, fiabilidad y rapidez de sus respuestas, consolidándola como una IA jurídica de referencia.

Formularios interactivos 

Uno de los avances más relevantes es la incorporación de formularios interactivos, una funcionalidad altamente demandada por los profesionales del sector. Ahora, Tirant PRIME Conversa analiza en segundos la conversación e incorpora todos los datos que el usuario facilite al formulario escogido. De este modo,el usuario podrá crear su documento personalizado y editarlo con las nuevas funcionalidades integradas en Sof-IA. 

Este sistema garantiza no solo la rapidez en la elaboración de documentos jurídicos, sino también un alto grado de personalización y fiabilidad, asegurando que cada escrito se ajuste con precisión al contexto específico de cada usuario.

Integración con Sof-IA

Las soluciones de IA de Tirant avanzan hacia una integración más completa dentro de Sof-IA. Ahora, los usuarios de Tirant PRIME Conversa pueden acceder a nuevas funciones resaltadas en color naranja, que les permitirán gestionar tareas de manera más eficiente, como hacer un análisis preliminar, añadir cláusula o hecho, examen de argumentos o hacer un borrador de comunicaciones.

Este desarrollo supone un paso clave en la integración de las herramientas tecnológicas de Tirant, mejorando la experiencia de los profesionales del derecho.

Respuestas más precisas y actualizadas

Las mejoras en la calidad de las respuestas se centran en dos aspectos clave:

  • Preguntas sugeridas: Cuando la IA recibe una consulta con poco contexto jurídico, ahora sugiere preguntas adicionales para ayudar al usuario a precisar su búsqueda.
  • Sistema de actualización continua: El motor de búsqueda de Tirant PRIME Conversa incorpora una tecnología avanzada que garantiza que las respuestas incluyan siempre la normativa y jurisprudencia más recientes, asegurando información fiable y actualizada.

Con estas innovaciones, Tirant PRIME reafirma su compromiso con el desarrollo de soluciones tecnológicas avanzadas para el sector jurídico. Tirant PRIME Conversa se consolida como una herramienta imprescindible para abogados y otros profesionales del derecho, proporcionando respuestas precisas, formularios personalizables y una integración que potencia su productividad.

 

Corte Suprema revoca condena por inasistencia alimentaria a trabajador de Ibagué en condición de pobreza

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, mediante la sentencia SP1897-2025, revocó la condena impuesta a un trabajador de la plaza de mercado de Ibagué que había sido hallado responsable del delito de inasistencia alimentaria. El alto tribunal concluyó que las decisiones previas desconocieron las limitaciones económicas del procesado y valoraron de manera errónea las pruebas sobre su capacidad de pago.

El hombre había sido condenado inicialmente en primera instancia, en un proceso penal especial abreviado, tras incumplir con la cuota alimentaria equivalente al 25 % de su salario ordenada por un juez de familia. La Fiscalía formuló cargos y, posteriormente, el Tribunal Superior de Ibagué confirmó la condena. Sin embargo, al resolver el recurso de casación, la Corte consideró que no se acreditó de manera suficiente que el acusado contara con los medios económicos para cumplir con la obligación.

Según el fallo, se demostró que el procesado realizaba labores informales de carga en la plaza de mercado, sin ingresos fijos ni estabilidad laboral, y residía en una zona de invasión de la ciudad. La Sala Penal advirtió que su situación de precariedad lo ubicaba en un escenario de imposibilidad material para entregar el dinero destinado a la manutención de sus hijos.

Si bien el tribunal reconoció la afectación padecida por la víctima ante la ausencia de apoyo económico, subrayó que la obligación alimentaria está condicionada tanto por la necesidad del beneficiario como por la capacidad económica del deudor. En este caso, precisó, exigir el pago significaba comprometer la subsistencia del propio trabajador, quien se encontraba atrapado en un círculo de pobreza estructural.

Fuente: cortesuprema.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Senado avanza en proyecto de ley para crear política pública contra la tuberculosis en Colombia

Senado avanza en proyecto de ley para crear política pública contra la tuberculosis en Colombia

La tuberculosis, considerada una de las enfermedades más letales y con mayor capacidad de contagio a nivel mundial, continúa siendo un desafío para la salud pública. Cada día, alrededor de 3.500 personas fallecen por esta causa en el planeta, y en Colombia se diagnostican en promedio 57 nuevos casos diarios, según cifras oficiales del Ministerio de Salud y Protección Social.

En este contexto, el Senado de la República estudia un proyecto de ley que busca establecer una política pública integral de salud y protección social dirigida a las personas afectadas por la enfermedad, así como a sus familias y comunidades. La iniciativa, impulsada por los senadores Soledad Tamayo, Nadia Blel y Marcos Daniel Pineda, del Partido Conservador, y Lorena Ríos, de Colombia Justa Libres, está próxima a surtir su tercer debate en la Comisión Séptima de esa corporación.

El proyecto plantea una estrategia que abarca desde la promoción de la salud y la prevención, hasta el diagnóstico, tratamiento y rehabilitación. También prevé el fortalecimiento de la investigación y la innovación para el manejo de la patología, además de lineamientos para que entidades territoriales, distritales y municipales adopten acciones afirmativas en la materia.

Entre las ciudades con mayor incidencia de contagios se encuentran Medellín, Barranquilla, Bucaramanga, Villavicencio, Ibagué, así como los distritos de Bogotá, Cali y Barranquilla.

De aprobarse la propuesta legislativa, el Ministerio de Salud y el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social quedarían a cargo de definir los protocolos y lineamientos para su aplicación a nivel nacional.

Fuente: senado.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Aprobado proyecto de ley que declara a la Ciénaga Grande de Santa Marta zona de interés ambiental y turístico

Aprobado proyecto de ley que declara a la Ciénaga Grande de Santa Marta zona de interés ambiental y turístico

La Comisión Quinta del Senado aprobó el proyecto de ley que busca declarar a la Ciénaga Grande de Santa Marta como zona de interés ambiental, turístico y ecológico, reconociendo además su potencial pesquero como fuente central de sustento para las comunidades de la región.

La iniciativa, impulsada por congresistas de distintas bancadas, plantea medidas de recuperación del ecosistema mediante la destinación de recursos para fortalecer la actividad pesquera, dignificar la vida de los pescadores y potenciar el turismo sostenible como alternativa económica.

Durante el debate se advirtió sobre la crisis ambiental que enfrenta la Ciénaga, ocasionada por la proliferación de maleza enraizada y la introducción de especies vegetales foráneas que reducen los niveles de oxígeno en el agua, afectando gravemente la fauna y la flora. A ello se suma el desvío de los ríos que históricamente desembocaban en este cuerpo de agua, situación que incrementa el riesgo de colapso ecológico.

Los senadores coincidieron en la necesidad de una acción inmediata y coordinada por parte de las autoridades ambientales y gubernamentales, con el fin de garantizar la protección de la biodiversidad, los manglares y lagunas que conforman este ecosistema estratégico para el equilibrio ambiental y la economía local.

Asimismo, se planteó la importancia de trasladar algunas sesiones legislativas a las regiones más afectadas, con el propósito de evaluar de manera directa la situación de los ecosistemas y generar soluciones específicas.

El proyecto continuará su trámite en el Congreso con la expectativa de convertirse en ley el próximo semestre, lo que representaría un paso significativo para la conservación de la Ciénaga Grande de Santa Marta y la proyección de su potencial como patrimonio natural y económico del país.

Fuente: senado.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Consejo de Estado suspende parcialmente reglas para proveer cargos de carrera judicial en provisionalidad

Consejo de Estado suspende parcialmente reglas para proveer cargos de carrera judicial en provisionalidad

El Consejo de Estado, mediante la sentencia 0314-2025, decretó la suspensión parcial de las disposiciones contenidas en el Acuerdo PCSJA24-12238 del 9 de diciembre de 2024, expedido por el Consejo Superior de la Judicatura, relacionadas con la provisión en provisionalidad de cargos de carrera judicial.

La decisión judicial se produjo en el marco de una demanda de nulidad en la que se alegó que la autoridad que expidió dicho acuerdo habría excedido sus competencias legales al modificar los criterios establecidos por la normativa vigente. En particular, se cuestionó que los artículos 1º y 2º del acto administrativo sustituyeran el mandato legal de “optar” por una de las alternativas previstas por la ley para suplir las vacantes temporales, por la expresión “podrá”, lo cual introducía un margen discrecional más amplio al Consejo Superior de la Judicatura.

El alto tribunal advirtió que la Ley 2430 de 2024, que modificó el artículo 132 de la Ley 270 de 1996, establece que, ante la vacancia temporal de un cargo judicial, la provisión debe hacerse nombrando a un funcionario de carrera del mismo despacho o a un aspirante incluido en la lista o registro de elegibles que cumpla los requisitos. De esta manera, el Consejo Superior estaba obligado a optar por una de estas opciones, sin margen adicional de discrecionalidad.

Asimismo, la corporación señaló que el acuerdo demandado introdujo una diferenciación entre jueces y empleados judiciales que no tiene respaldo en la legislación vigente, lo que contraviene el principio de legalidad en la actuación administrativa.

En consecuencia, la Sala decretó la suspensión provisional de los efectos de los artículos 1º y 2º del Acuerdo PCSJA24-12238, dejando sin vigencia temporal esas reglas hasta tanto se resuelva de fondo la demanda de nulidad.

Fuente: consejodeestado.gov.co

Otras noticias de actualidad jurídica: Corte Suprema unifica jurisprudencia sobre familia de crianza y fija ocho directrices interpretativas

Corte Suprema unifica jurisprudencia sobre familia de crianza y fija ocho directrices interpretativas

La Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, mediante la Sentencia SC1702-2025, estableció un precedente clave en materia de derecho de familia al unificar jurisprudencia sobre la familia de crianza. El alto tribunal fijó ocho directrices interpretativas con el fin de brindar criterios claros a jueces, litigantes y familias en la resolución de controversias relacionadas con esta figura jurídica.

La decisión responde a la necesidad de superar las múltiples interpretaciones judiciales sobre la naturaleza, el alcance y los efectos del vínculo de crianza, así como de armonizar el nuevo marco legal introducido por la Ley 2388 de 2024, que reguló por primera vez de manera expresa este tema en Colombia.

Las directrices definidas abarcan: la distinción entre crianza y filiación, la autonomía conceptual y coexistencia de ambas figuras, los requisitos sustanciales para declarar el vínculo de crianza, las vías judiciales para su reconocimiento, los efectos jurídicos derivados, los criterios en procesos de impugnación de paternidad o maternidad, la inscripción registral y publicidad, y el tratamiento procesal de pretensiones en curso.

Uno de los puntos centrales del fallo es que la familia de crianza solo puede declararse cuando exista una relación inexistente o precaria con los progenitores. Si alguno de ellos mantiene presencia activa en la vida del menor y ejerce su responsabilidad parental, no procede reconocer jurídicamente a terceros como padres de crianza. Asimismo, la Corte reiteró que no es posible una doble filiación, pues la crianza no sustituye ni compite con la filiación biológica o adoptiva.

En el caso concreto que dio origen a la sentencia, una mujer solicitaba el reconocimiento de vínculo de crianza con los hijos adolescentes de su sobrino fallecido. Sin embargo, los menores residen con su madre biológica, quien mantiene plena presencia y ejerce su rol materno. Aunque la demandante acreditó importantes aportes económicos y afectivos, la Corte determinó que estos se enmarcan en la solidaridad familiar extendida, mas no configuran jurídicamente una familia de crianza.

Finalmente, el tribunal recordó que existen mecanismos legales como herencias testamentarias, donaciones, contratos de renta vitalicia o fideicomisos familiares, que permiten canalizar la solidaridad y el afecto hacia parientes o allegados sin alterar el régimen jurídico de la filiación.

Fuente: cortesuprema.gov.co

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