Senado aprueba proyecto de ley que modifica compensaciones del impuesto predial para empresas generadoras de energía eléctrica

La Comisión Tercera del Senado aprobó por unanimidad el Proyecto de Ley que modifica parcialmente la Ley 056 de 1981, relacionada con las compensaciones del impuesto predial complementario para las empresas generadoras de energía eléctrica. La iniciativa, liderada por el senador Efraín Cepeda del Partido Conservador, ahora se encamina hacia su segundo debate.

Los argumentos de la iniciativa se centran en la necesidad de construir obras públicas en municipios como Guatapé y El Peñol, en Antioquia, que han sido afectados por inundaciones. Se busca así generar mayores ingresos para estos municipios, alineados con sus Planes de Desarrollo.

El senador Efraín Cepeda destacó que el proyecto mantiene la estructura fundamental de la Ley 056 de 1981, enfocada en normas sobre obras públicas y la movilización parcial de elementos del impuesto predial compensado.

El senador Juan Pablo Garcés, del Partido de la U, mostró su apoyo al proyecto, aunque señaló la importancia de buscar mecanismos para reducir las tarifas. También abogó por la creación de una subcomisión que revise el texto antes de su segundo debate.

El senador Antonio Zabaraín, del Partido Cambio Radical, hizo un llamado a regular las hidroeléctricas, que llevan 43 años generando energía con altos beneficios y impuestos congelados. Solicitó que en la próxima legislatura se forme una Comisión Accidental para estudiar este tema y establecer tarifas razonables en beneficio de los consumidores.

Por su parte, el senador Mauricio Gómez Amín, del Partido Liberal, resaltó que los estratos uno, dos y tres de la región Caribe de Colombia han sido afectados durante años por el deficiente servicio de energía eléctrica. Subrayó la necesidad de soluciones definitivas a este problema y la importancia de que el proyecto de ley amplíe sus beneficios de compensación, haciendo las tarifas menos onerosas.

El proyecto de ley avanza así en su camino legislativo, con la esperanza de traer cambios significativos tanto en la infraestructura pública de los municipios afectados como en la regulación de las tarifas eléctricas en Colombia.

Fuente: senado.gov.co

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Consejo de Estado declara nulidad de actos administrativos sobre impuesto de alumbrado público en caso Acerías Paz del Río vs. Municipio de Nobsa

El Consejo de Estado resolvió el recurso de apelación en el caso Acerías Paz del Río vs. Municipio de Nobsa, al declarar la nulidad de los actos administrativos que determinaban el valor del impuesto de alumbrado público que la empresa siderúrgica debía pagar entre los años 2015 y 2017.

La disputa se originó cuando la Secretaría de Hacienda de Nobsa determinó directamente el monto del impuesto, lo que llevó a Acerías Paz del Río a presentar una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho. La empresa argumentó que la responsabilidad del recaudo recaía en la empresa comercializadora del servicio de energía, en calidad de agente retenedor, y que cualquier acción debía dirigirse exclusivamente contra dicho agente.

El Consejo de Estado respaldó este argumento al declarar la nulidad de los actos administrativos, afirmando que en situaciones donde el agente retenedor asume la responsabilidad del recaudo del tributo, la administración no puede actuar directamente contra el contribuyente. En este caso, el municipio solo podía exigir el cumplimiento de la obligación a la empresa prestadora del servicio público de energía eléctrica, que actuaba como agente retenedor, y no a Acerías Paz del Río, el sujeto pasivo del impuesto.

Esta decisión establece un importante precedente en cuanto a la distribución de responsabilidades en el recaudo de impuestos municipales, enfatizando la necesidad de que las acciones administrativas se dirijan correctamente hacia los agentes retenedores, en lugar de los contribuyentes finales.

Fuente: cortesuprema.gov.co

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Propuesta en el Congreso para establecer un marco fiscal para el medio ambiente

Con el objetivo de mejorar la gestión de los recursos ambientales y organizar el gasto en este ámbito, la representante del Partido de la U, Saray Robayo, ha promovido la creación de un «Marco Fiscal de Mediano Plazo Verde». La iniciativa tiene como finalidad consolidar proyectos con una perspectiva ambiental, y se basa en la estructura del Marco Fiscal de Mediano Plazo, un documento que detalla proyecciones macroeconómicas y fiscales para las siguientes vigencias fiscales, centrado en los resultados y propósitos de la política fiscal.

De acuerdo con el Ministerio de Hacienda, esta propuesta permitiría tener una perspectiva diferencial en materia ambiental, según lo expresado por Robayo durante el vigesimosexto Congreso de Tesorería de Asobancaria en Cartagena. La congresista sostiene que la herramienta no solo contribuirá a la reactivación económica en 2024, sino que también garantizará la eficiencia en la ejecución de los recursos ambientales del país.

Robayo subraya la importancia de controlar el gasto de manera responsable, evitando afectar la sostenibilidad de los ecosistemas estratégicos de Colombia. La iniciativa cuenta con el respaldo de la representante María del Mar Pizarro, quien ha abogado previamente por la necesidad de analizar la regla fiscal en el país.

En una audiencia pública sobre este tema, Andrés Velasco, director técnico del Comité Autónomo de la Regla Fiscal (CARF), enfatizó que Colombia necesita un «marco fiscal de mediano plazo verde» con una matriz de financiamiento basada en gastos e ingresos estructurales.

La propuesta busca priorizar los recursos para el medio ambiente, con el objetivo de preservar los ecosistemas estratégicos de Colombia. Se espera que la iniciativa sea objeto de discusión en el Congreso de la República en los próximos meses.

Fuente: camara.gov.co

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Decretan exención de IVA para productos elaborados por personas privadas de la libertad

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público ha emitido el Decreto 2277 del 2023, que reglamenta el artículo 130 del Estatuto Tributario Nacional, otorgando una exclusión del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) a productos elaborados por personas privadas de la libertad como parte de sus procesos de resocialización. Esta medida también abarca todo lo comercializado en los expendios dentro de las cárceles.

Este decreto está dirigido a excluir del impuesto la adquisición e importación de equipos, elementos e insumos destinados a actividades dentro del Sistema Nacional Carcelario, así como a los productos elaborados al interior de los establecimientos de reclusión.

La normativa aclara que esta exclusión aplica a equipos, elementos e insumos nacionales o importados adquiridos con presupuesto aprobado por el INPEC u otras autoridades pertinentes, destinados a la construcción, instalación, montaje, dotación y operación del Sistema Nacional Penitenciario y Carcelario.

Este beneficio también incluye productos necesarios para el funcionamiento de las prisiones y el desarrollo de actividades educativas, laborales, culturales, recreativas, así como artículos de primera necesidad para las personas privadas de la libertad.

El decreto se fundamenta en disposiciones del Estatuto Tributario de 2000 y la Ley 2277 de 2022, con el objetivo de garantizar condiciones dignas a los reclusos y facilitar su acceso a actividades que fomenten su reinserción social.

Esta nueva medida amplía la exclusión del IVA que existe desde hace 20 años, abarcando los productos destinados específicamente a la resocialización en el sistema carcelario y penitenciario.

Las dos exclusiones de IVA que se han reglamentado son para los productos comercializados en expendios dentro de las cárceles y para los productos elaborados en las cárceles como parte de los procesos de resocialización de los reclusos.

Esta exclusión del IVA se aplica en diferentes tipos de centros de detención, penitenciarías, casas de detención, establecimientos para inimputables con trastornos mentales, cárceles y penitenciarías de alta seguridad, para mujeres, para miembros de la Fuerza Pública y colonias penitenciarias.

Fuente: minjusticia.gov.co

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Senado aprueba medidas tributarias para la Copa Mundial Femenina Sub-20 de la FIFA 2024

El Senado de la República aprobó con entusiasmo una serie de medidas que incluyen exenciones de impuestos y tributos aduaneros para la muy esperada Copa Mundial Femenina Sub-20 de la FIFA 2024. Este campeonato se realizará en Colombia desde el 31 de agosto hasta el 22 de septiembre, con la participación prevista de alrededor de 45 mil visitantes provenientes de diversos rincones del mundo para presenciar un evento deportivo de alto calibre.

Esta cita deportiva no solo se contempla como un evento que entusiasmará a los aficionados y elevará el nivel competitivo del fútbol femenino, sino que también se proyecta como un catalizador económico. Se espera que la Copa Mundial Femenina Sub-20 de la FIFA dinamice la economía local y nacional, trayendo consigo un impulso a la actividad comercial y turística en múltiples regiones del país, ofreciendo oportunidades económicas tangibles para diversos sectores.

Es importante resaltar que la última vez que Colombia tuvo el honor de ser anfitrión de una Copa Mundial fue en 2011, cuando albergó exitosamente el campeonato masculino Sub-20 de la FIFA. Esta nueva oportunidad de ser sede de un evento de tal magnitud consolida la posición del país como un destino de primer nivel para eventos deportivos internacionales y refuerza su compromiso con el desarrollo y promoción del fútbol en todas sus formas y géneros.

Si desea conocer los argumentos que fundamentaron la ponencia, podrá consultar el informe para el segundo debate del del Proyecto de Ley por la cual se establecen exenciones de impuestos de carácter nacional y tributos aduaneros para la realización de la Copa Mundial Femenina Sub 20 FIFA 2024.

Fuente: senado.gov.co

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