Corte Constitucional ordena fortalecer garantías para líderes sociales y defensores de Derechos Humanos

En una decisión clave para la protección de los derechos humanos en Colombia, la Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional emitió la sentencia T-457 de 2024, en la que amparó los derechos fundamentales de Juan, un defensor de derechos humanos y líder social, frente a la actuación de la Unidad Nacional de Protección (UNP).

El caso de Juan, quien forma parte de una organización de víctimas del conflicto armado, reveló irregularidades en la reducción de su esquema de protección por parte de la UNP. Según la Corte, la entidad no evaluó adecuadamente el cambio en el nivel de riesgo del líder ni justificó de manera suficiente su decisión, desatendiendo también los contextos de alerta temprana emitidos por la Defensoría del Pueblo sobre el territorio donde Juan desarrolla su labor.

La Corte destacó la labor esencial de los defensores de derechos humanos en el fortalecimiento de la democracia y advirtió sobre los riesgos que enfrentan en un entorno marcado por la violencia. En este sentido, reiteró que la UNP tiene la obligación de garantizar el debido proceso en sus actuaciones, lo que incluye:

  1. Realizar análisis rigurosos y contextualizados sobre los riesgos particulares.
  2. Evaluar periódicamente las medidas de protección adoptadas.
  3. Abstenerse de tomar decisiones que incrementen los riesgos existentes.
  4. Justificar sus decisiones con criterios técnicos y razonables.

En el caso de Pedro, otro líder social involucrado, la Corte declaró la carencia actual de objeto debido a que, durante el trámite de la tutela, la UNP reforzó su esquema de protección, satisfaciendo la pretensión del accionante.

La sentencia T-457 de 2024 resalta la importancia de adoptar un enfoque integral y técnico en la evaluación de riesgos para proteger a quienes trabajan por los derechos humanos y la construcción de paz en el país. Además, ordena a la UNP reevaluar el caso de Juan bajo los estándares fijados por la Corte, marcando un precedente para la protección de líderes sociales en Colombia.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

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Gobierno Nacional lanza el Servicio Social para la Paz como alternativa al servicio militar

En un paso clave hacia la consolidación de la paz en Colombia, el Gobierno Nacional ha expedido el Decreto 1079 de 2024, que regula el Servicio Social para la Paz como alternativa al servicio militar. Esta innovadora medida, impulsada por el senador Iván Cepeda, brinda a los jóvenes colombianos la posibilidad de contribuir al desarrollo del país desde los territorios, enfocándose en acciones que promuevan la paz.

El senador Iván Cepeda destacó que este decreto permitirá a miles de jóvenes participar activamente en la construcción de una Colombia más pacífica. «Desde hoy, generaciones de jóvenes tendrán la opción de utilizar su talento y energía para acabar con la violencia y la guerra, optando por trabajar en la construcción de paz en lugar de prestar el servicio militar», afirmó el senador.

Opciones de servicio para construir la paz

El programa, dirigido a jóvenes entre 18 y 24 años, está diseñado para quienes deseen aportar al país a través de iniciativas relacionadas con el cumplimiento del Acuerdo de Paz, la protección del medio ambiente y la promoción de la cultura. Entre las modalidades disponibles para cumplir el servicio se incluyen la alfabetización digital en zonas rurales, el trabajo con víctimas del conflicto armado, la defensa de los derechos humanos y la promoción de políticas de reconciliación y convivencia.

Reconocimientos y beneficios para los jóvenes

El Servicio Social para la Paz se equipara al servicio militar en términos de reconocimiento y beneficios. Los jóvenes que elijan esta alternativa recibirán una certificación equivalente a la libreta militar emitida por el Ministerio de Defensa, además de una remuneración similar a la del servicio militar. También podrán acceder a descuentos en programas académicos y formación técnica en el SENA, entre otros beneficios.

A pesar de ofrecer una opción alternativa, esta medida no reemplaza el servicio militar obligatorio, ya que los jóvenes seguirán siendo llamados a cumplirlo. Sin embargo, ahora cuentan con la posibilidad de elegir el Servicio Social para la Paz como una vía diferente para cumplir con este deber ciudadano.

Fuente: senado.gov.co

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