Corte Constitucional fija regla sobre valoración probatoria en casos de responsabilidad médica

La Corte Constitucional, mediante la sentencia T-373 de 2025, estableció un nuevo criterio que deberán aplicar los jueces en los procesos de responsabilidad civil extracontractual médica. Según la decisión, la valoración de la atención prestada al paciente debe realizarse de manera integral con base en las pruebas disponibles, las reglas de la experiencia médica y científica, y el estándar de probabilidad prevalente.

La Sala Séptima de Revisión precisó que los jueces no deben exigir certeza absoluta para demostrar el nexo causal entre la conducta u omisión médica y el daño, ya que esto impondría cargas imposibles de cumplir a las víctimas. En su lugar, deberán determinar si es más probable que el actuar del personal médico haya incidido en el resultado dañoso.

En la sentencia, la Corte definió tres puntos centrales para la evaluación judicial: verificar si se aplicaron los protocolos de atención adecuados de acuerdo con el estado clínico del paciente, considerar los hallazgos de necropsia que evidencien la materialización del riesgo clínico y aplicar el estándar de probabilidad prevalente en la relación causal.

El pronunciamiento surgió tras la tutela interpuesta por Isabel, en nombre propio y de sus hijos, contra la decisión judicial que negó la reparación por la muerte de su esposo. El hombre, hospitalizado por un diagnóstico de dengue hemorrágico, sufrió un trastorno psicótico y se lanzó por una ventana, lo que finalmente ocasionó su fallecimiento. La accionante alegó que la clínica incumplió con las medidas de seguridad necesarias y con los protocolos médicos para atender la caída.

La Corte encontró que las pruebas fueron valoradas de forma defectuosa en el proceso civil, pues no se tuvo en cuenta el cuadro clínico completo del paciente, se desconocieron las exigencias médicas frente a un evento de alta complejidad y se aplicó un estándar probatorio indebido para determinar el nexo de causalidad.

Como resultado, la Sala ordenó al tribunal que profirió la sentencia desfavorable a la accionante dictar una nueva decisión aplicando la regla fijada por la Corporación.

Fuente: corteconstitucional.gov.co

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Senado aprueba proyecto de ley sobre responsabilidad civil por contaminación de hidrocarburos en aguas colombianas

La plenaria del Senado aprobó el Proyecto de Ley «Por medio del cual se aprueba el convenio internacional sobre responsabilidad civil nacida de daños debido a contaminación por los hidrocarburos para el combustible de los buques 2001». Esta norma busca imponer sanciones a los buques que contaminen las aguas colombianas, garantizando indemnizaciones para las víctimas de derrames de hidrocarburos.

El senador Nicolás Echeverri, del Partido Conservador y ponente de la iniciativa, destacó la importancia de esta aprobación. «Este proyecto garantiza que las personas afectadas por derrames de hidrocarburos durante la carga de los buques puedan acceder a indemnizaciones y que estas sean tramitadas correctamente», señaló Echeverri. Además, subrayó la necesidad de un control adecuado de las embarcaciones por parte de las autoridades competentes para asegurar la responsabilidad civil.

El proyecto, que consta de 19 artículos, no tiene proposiciones y se trata de un tratado internacional de 2001 ajustado por la Dirección General Marítima (Dimar). Fue aprobado con 76 votos positivos en la plenaria, incluyendo el apoyo del congresista Manuel Virgüez Piraquive del Partido Mira. Virgüez enfatizó la necesidad de clarificar la jurisdicción para la presentación de denuncias por daños ambientales y fortalecer la legislación marítima en Colombia.

Con 75 votos a favor, el Proyecto de Ley continuará su curso en el Congreso de la República, marcando un paso significativo hacia la protección del medio ambiente marino en Colombia.

Fuente: senado.gov.co

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