Aparece en el Boletín Judicial de este 6 de febrero, la Circular 8-2025 del Consejo Superior del Poder Judicial sobre el envío de recordatorios a través de llamadas telefónicas y mensajes de texto a las partes intervinientes en los procesos judiciales.
Se comunica a los Despachos Judiciales y oficinas de todo el país, que a solicitud de la Contraloría de Servicios y con el objeto de disminuir el ausentismo en las audiencias señaladas, maximizando así la efectividad de estas diligencias, deben tomar las siguiente medidas para remitirles recordatorios:
1. En el momento que las partes o representantes de un proceso judicial se apersonen a su despacho, solicitarles un número telefónico al cual se le puedan realizar recordatorios de los señalamientos que se fueran a realizar en el expediente.
2. En los expedientes donde consten números de teléfono de las partes y sus representantes, realizar un recordatorio oportuno mediante llamadas telefónicas o mensajería de texto institucional, al menos tres días antes del señalamiento, esfuerzo que se dejará constando en el expediente.
Estas disposiciones tienen como propósito contribuir al aprovechamiento eficiente de los recursos públicos y evitar que las audiencias se vean afectadas por la inasistencia de las partes por olvido.