Se publicó en el Boletín Judicial de este 29 de enero, la Circular 08-2025 del Consejo Superior del Poder Judicial relativa a las tarifas de honorarios que regirán durante el 2025 para los peritos, ejecutores, servicios médicos forenses y especialidades médicas, actuarios matemáticos, traductores de Idiomas e intérpretes de lenguaje de señas costarricense y las tarifas de ayuda para testigos, imputados y ofendidos de escasos recursos económicos.
El Consejo Superior en sesión No. 83-2009 celebrada el 3 de setiembre de 2009, dispuso que la Dirección Ejecutiva actualizaría anualmente las Tablas de Honorarios de todos estos funcionarios judiciales, las cuales entran a regir a partir del 1 de enero de cada año.
Mediante oficio No. 4384-DE-2024 de fecha del 20 de diciembre de 2024, esta Dirección Ejecutiva remitió estudio y propuestas al Consejo Superior para mantener las tarifas del 2024, con motivo de que la variación interanual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) a noviembre de 2024 fue de -0,09.
Así las cosas, el Consejo Superior en sesión No. 02-2025 celebrada el 09 de febrero de 2025, artículo XI, en lo que interesa, dispuso:
(…) “Aprobar la propuesta 1.1, para que en el periodo 2025 se mantengan los mismos montos en los honorarios y tarifas del año 2024” (…)
Importante tomar en cuenta que de acuerdo con lo dispuesto en la Circular N 86-2019 del 28 de junio del 2019, emitida por esta Dirección Ejecutiva, cuando el pago de los honorarios corresponda a las partes dentro del proceso, la Autoridad Judicial deberá indicar en la resolución, el monto que corresponde depositar contemplando los honorarios más el 13% del IVA. Además, debe solicitarle a las partes señalar una dirección de correo electrónico, al cual el profesional que brinde el servicio debe remitir la factura electrónica.