<

Nuevo delito sanciona reclutamiento ilícito de menores de edad

Ha sido publicada en el Alcance No. 69 de La Gaceta, la Ley 10685 para sancionar el reclutamiento ilícito de personas menores de edad.

Publicado: 4 de junio de 2025

Ha sido publicada en el Alcance No. 69 de La Gaceta, la Ley 10685 para sancionar el reclutamiento ilícito de personas menores de edad.

Con vigencia a partir de su publicación deberá leerse a partir de ahora un nuevo artículo 281 ter  del Código Penal:

Artículo 281 ter- Reclutamiento ilícito de personas menores de edad
Será reprimida con prisión de cuatro a seis años, la persona mayor de edad que, conociendo la minoría de edad de una persona, la reclute para involucrarla como autor, coautor o partícipe en la comisión de delitos dolosos.
La pena será de cuatro a ocho años de prisión, si el autor del hecho agrede, intimida o amenaza a la persona menor de edad, su núcleo familiar o se aprovecha de las condiciones de pobreza, exclusión del sistema educativo, condición migratoria irregular, para coaccionarlo a participar en la comisión de hechos delictivos.

En la Exposición de Motivos de lo que fue el Proyecto 24.028 que dio origen a esta norma leemos lo siguiente:

«Costa Rica afronta una de las mayores crisis de seguridad de su historia, a octubre de 2023 se tiene un total 38.115 hechos delictivos reportados según el OIJ, de los cuales 735 corresponden a homicidios, esto es un significativo aumento si se compara con el año 2022, a esa misma fecha hubo un total de 519 homicidios.

En estos actos delictivos se ha dado una mayor participación e involucramiento de personas jóvenes, lamentablemente es un fenómeno que ha abordado a las personas jóvenes menores de 18 años; además, intervienen algunos factores que son relevantes al analizar el incremento de los delitos.

Ante este panorama, es importante reforzar programas de prevención que aborden la población menor de edad y joven, sin embargo, también es necesario sancionar a aquellas personas o grupos delictivos que están reclutando personas jóvenes y menores de edad  para la perpetración de delitos, siendo que el juzgamiento a las personas menores de edad tiene un tratamiento diferenciado,  por lo que las utilizan  mediante el reclutamiento y con ello lograr objetivos de la organización criminal, sin que sean las personas mayores de edad las que se comprometan a las penas mayores por la comisión de delitos.  (…)

La iniciativa propone una tipificación necesaria y urgente, para sancionar a quienes recluten personas menores de dieciocho años, los utilice o los obligue a participar directa o indirectamente en la ejecución de cualquier delito o delitos tipificados en el Código Penal y en leyes especiales, sin que ello, represente una excepción en la responsabilidad penal juvenil que pueda alcanzar a la persona menor de edad.»

Fuente: Alcance No. 69 a La Gaceta del 30 de mayo de 2025.

Últimas entradas publicadas

Hacienda comunica fechas de vencimiento de NITE a extranjeros

by | Jul 30, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Con ese dato podrán completar inscripción en nueva plataforma Tribu-CR

Medida cautelar provisionalísima evita apagón de sistemas de Hacienda

by | Jul 23, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

La deshabilitación de los sistemas estaba programada para el 18 de julio a las 11:45 p.m.

Nueva actualización de la Guía de Calificación de Muebles

by | Jul 21, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Conozca algunos de los cambios introducidos a partir de este 9 de julio

Emiten directriz sobre agilidad y eficiencia en el ciclo inspectivo

by | Jul 18, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Pretende llenar vacíos existentes en el Manual de Procedimientos Legales de la Inspección de Trabajo

Aumenta sanción por receptación de mercancías de alto valor

by | Jul 17, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Cuando mercancías robadas superen los cinco salarios base, aproximadamente, 2,300,000

Emiten circular sobre embargos practicados en materia laboral

by | Jul 15, 2025 | Actualidad Prime | 0 Comments

Se prorroga por un año más, la competencia territorial de los juzgados laborales para seguir practicando embargos.