El Registro de Personas Jurídicas se encargará próximamente de confeccionar los libros legales de las sociedades mercantiles y de las asociaciones civiles. Así lo encontramos establecido en el Reglamento del Registro de Personas Jurídicas publicado este martes 24 de setiembre en La Gaceta bajo el número de Decreto Ejecutivo 44648-JP.
Es importante recordar que en el año 2012, la Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria No. 9069 reformó el Código de Comercio para asignarle al Registro Nacional la tarea de legalizar los libros de actas y de registro de socios de las sociedades mercantiles. Esa función había estado a cargo de la Dirección General de Tributación Directa hasta ese momento.
A través de su Reglamento para la Legalización de libros de Sociedades Mercantiles, el Registro Nacional reemplazó la emisión física de libros legales por la asignación de un número de autorización de legalización que los representantes debían incorporar en el primer folio de los libros confeccionados por ellos mismos.
El Registro de Personas Jurídicas definirá el procedimiento para la emisión y legalización de los libros, así como los costos y la entrega de los mismos a los responsables de su custodia, conforme al Código de Comercio, mediante una Directriz.
Estaremos atentos a la publicación de esta Directriz para mantenerles informados.
Fuente: La Gaceta Número 176 del 23 de setiembre de 2024