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Publicación: Diario Oficial de la Federación, 21 de febrero de 2025. Entrada en vigor al día siguiente de su publicación.
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Normas Reformadas: Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) y Ley Federal del Trabajo (LFT).
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Ámbito de la Reforma: Vivienda con orientación social, facilitación del acceso a vivienda digna para trabajadores.
Resumen Ejecutivo
La reforma impulsada por el Ejecutivo Federal, con el apoyo del Congreso de la Unión ha resultado en modificaciones competenciales y orgánicas para el Instituto Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, con la intención de asegurar la protección de los derechos sociales de los trabajadores afiliados. Podemos resaltar los siguientes cambios, como los más relevantes de la reforma.
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Facultades del INFONAVIT. La reforma otorga facultades al Instituto para construir vivienda de interés social, lo que le permitirá construir y posteriormente arrendar viviendas de interés social, provocando un cambio en el modelo de vivienda social en México.
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Arrendamiento social. Mediante la introducción en la legislación de la figura del arrendamiento social, se da acceso a los trabajadores al alquiler de viviendas a bajo costo, con esquemas que posibilitan la adquisición de dicha vivienda por los trabajadores.
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Estructura orgánica del INFONAVIT. Ajusta la integración orgánica del Instituto, con la intención de fortalecer los controles y la transparencia en el manejo financiero.
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Protección de los derechos de los trabajadores. Con la intención de primar el acceso de los trabajadores a una vivienda digna, se establece la propiedad de las aportaciones de los trabajadores, eliminando la posibilidad de suspender aportaciones o descuentos por incapacidad o ausencia.
Antecedentes y Objetivos de la Reforma
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Fundamento constitucional. Artículo 123, apartado A, fracción XII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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Situación previa. La función principal del INFONAVIT era otorgar créditos para la adquisición de vivienda, sin que tuviera suficientes facultades para permitir su arrendamiento.
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Ímpetus de la reforma. La reforma se inserta en un plan del Ejecutivo Federal para facilitar la construcción de vivienda social, con la intención de atacar la creciente presión que está sufriendo el mercado inmobiliario a nivel mundial, particularmente en grandes ciudades, como las capitales del país o de las Entidades Federativas.
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Objetivos centrales. Garantizar que el Instituto sea un actor primordial en la provisión de vivienda accesible, utilizando el contrato de arrendamiento como vehículo que permita acceder a la vivienda a los trabajadores de menores ingresos.
Proceso Legislativo
El decreto de reforma en materia de vivienda con orientación social inició su proceso legislativo desde el ejecutivo en diciembre de 2024, concluyendo con su publicación en el Diario Oficial de la Federación en febrero de 2025; es decir, duró poco más de dos meses. Los hitos más relevantes del proceso legislativo fueron los siguientes:
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Iniciativa: Presentada por la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo el 12 de diciembre de 2024 ante el Senado de la República.
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Discusión y Aprobación en el Senado: Aprobado por el Pleno del Senado de la república el 13 de diciembre de 2024, turnado a la Cámara d Diputados.
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Revisión en la Cámara de Diputados: Recibida la minuta el 14 de diciembre de 2024, se turnó a las Comisiones Unidas de Vivienda y de Trabajo y Previsión Social el 09 de enero de 2025.
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Aprobación en Cámara de Diputados: Aprobado, en el Pleno de la Cámara de Diputados, el dictamen con modificaciones al texto original del decreto el 01 de febrero de 2025.
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