ACUERDO por el que se establece el proceso de calidad regulatoria en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
MARATH BARUCH BOLAÑOS LÓPEZ, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 12, 19 y 40 fracción XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 3, 4 y 5 fracción XI del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y
CONSIDERANDO
Que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, como dependencia del Poder Ejecutivo Federal, tiene a su cargo el desempeño de las atribuciones y facultades que se establecen en el artículo 40 de la "Ley Orgánica de la Administración Pública Federal" (LOAPF), la "Ley Federal del Trabajo", sus Reglamentos y demás disposiciones legales aplicables.
Que el artículo 19 de la LOAPF, señala que la persona titular de cada Secretaría de Estado expedirá los manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público necesarios para su funcionamiento, los que deberán contener información de la estructura orgánica de la dependencia y las funciones de sus unidades administrativas, de los sistemas de comunicación y coordinación, y de los principales procedimientos administrativos que se establezcan.
Que las dependencias, órganos administrativos desconcentrados y entidades de la Administración Pública Federal se abstendrán de emitir normativa adicional a los Manuales Administrativos de Aplicación General, disposiciones, políticas, criterios y procedimientos expedidos por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, en las siguientes materias:
· Auditoría
· Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
· Control Interno
· Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
· Recursos Financieros
· Recursos Humanos
· Recursos Materiales
· Archivo y buen gobierno
Que es necesario que el marco normativo interno de las dependencias federales tenga calidad y brinde a los sujetos obligados certeza jurídica y transparencia, para contribuir a una gestión pública eficiente y eficaz, que permita una adecuada autonomía de gestión y una oportuna y efectiva acción gubernamental.
Que actualmente persas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal cuentan con Comités de Mejora Regulatoria Interna y medios de difusión electrónica de su regulación interna vigente, denominados "Normateca Interna", que han contribuido al logro de los objetivos y metas institucionales.
Que debido a que los "Lineamientos para la integración y actualización del marco normativo interno de la Administración Pública Federal", de fecha 8 de abril del año 2024, quedaron sin efectos, es de absoluta responsabilidad de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) mantener permanentemente actualizados los manuales y demás instrumentos de apoyo administrativo interno, en la Normateca Interna de la STPS y en el Sistema de Administración y Normas Internas (SANI), en términos de lo previsto en el artículo 19 de la LOAPF.
Que el lenguaje empleado no busca generar discriminación, ni marcar diferencias entre hombres y mujeres. Por ello, se utilizará la palabra "persona" para hacer referencia a ambos sexos, favoreciendo la economía del lenguaje y evitando expresiones que invisibilicen o discriminen a las mujeres.
Que es necesario seguir avanzando y actualizar el proceso de mejora regulatoria interna de esta dependencia, mediante el establecimiento de un proceso que busque la calidad de la regulación, a fin de que las normas internas sean eficaces, eficientes, consistentes y claras; por lo que se expide el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCESO DE CALIDAD REGULATORIA EN LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
CAPÍTULO PRIMERO
Disposiciones Generales
PRIMERA. - El presente Acuerdo tiene por objeto establecer el proceso de Calidad Regulatoria que deberán seguir las unidades administrativas de la Secretaría y su órgano administrativo desconcentrado, que generan normas internas o son usuarias de éstas, a fin de que la regulación sea eficaz, eficiente, consistente, clara y contribuya a la certeza jurídica, así como a la . . .
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