Contrato de reestructuración de crédito (TOLMEX2,935,239)

Sep 4, 2025

CONTRATO DE REESTRUCTURACIÓN DE CRÉDITO

TMX2.935.239

 

Normativa: Artículo del Código de Comercio.

Supuesto: El contrato de reestructuración de crédito constituye un acuerdo mediante el cual se reconocen las obligaciones derivadas de un adeudo previamente existente y se establecen nuevas condiciones para su cumplimiento. En el documento se precisan el monto del saldo reconocido, los plazos y forma de pago, los intereses ordinarios y moratorios aplicables, así como las garantías otorgadas para asegurar el cumplimiento. Asimismo, se regulan las consecuencias del incumplimiento, incluyendo el vencimiento anticipado, y se incorporan disposiciones relativas a la confidencialidad, novación, modificaciones, notificaciones y jurisdicción competente.

 

CONTRATO DE REESTRUCTURACIÓN DE CRÉDITO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE _______________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL ACREEDOR, Y POR LA OTRA _______________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL DEUDOR, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

ANTECEDENTES

Con fecha ___ de __________ de 20__, EL ACREEDOR otorgó a EL DEUDOR un crédito por la cantidad de $________ (__________ pesos 00/100 M.N.), destinado a ________________ mediante a ________________. Dicho crédito fue pactado para ser liquidado en un plazo de ________ meses, mediante pagos periódicos de $ cada uno. Sin embargo, debido a las dificultades económicas que actualmente enfrenta EL DEUDOR, no ha podido cubrir los pagos en los términos originalmente convenidos, motivo por el cual ambas partes acuerdan celebrar el presente Contrato de Reestructuración de Crédito, con el fin de establecer nuevas condiciones que permitan el cumplimiento efectivo de la obligación.

Asimismo, las partes manifiestan que el presente acuerdo se celebra de manera voluntaria, libre de error, dolo o mala fe, reconociendo que la negociación llevada a cabo responde al interés común de lograr el pago total de la obligación en condiciones accesibles para EL DEUDOR y seguras para EL ACREEDOR. Con ello, ratifican que su voluntad es mantener vigente la relación jurídica y cumplir en los términos que se detallan en este contrato.

I. Declara EL ACREEDOR:
a) Que es una persona física, de nacionalidad __________, mayor de edad, con capacidad legal para contratar y obligarse, identificado con __________ (INE/Pasaporte/Cédula Profesional) número ____________________, con domicilio en ____________________________.
b) En caso de ser persona moral, que está constituida conforme a las leyes mexicanas mediante escritura pública número ______, de fecha ___ de __________ de 20, otorgada ante la fe del Notario Público número ___ de __________, con domicilio en ____________________________, y que cuenta con facultades suficientes para celebrar este contrato, mismas que a la fecha no le han sido revocadas ni limitadas.
c) Que es legítimo titular del crédito otorgado a EL DEUDOR, el cual se encuentra vigente y exigible.

II. Declara EL DEUDOR:
a) Que es una persona física, de nacionalidad __________, mayor de edad, con plena capacidad jurídica para contratar y obligarse, identificado con __________ (INE/Pasaporte/Cédula Profesional) número ____________________, con domicilio en ____________________________.
b) En caso de ser persona moral, que está constituida conforme a las leyes mexicanas mediante escritura pública número ______, de fecha ___ de __________ de 20, otorgada ante la fe del Notario Público número ___ de __________, con domicilio en __________, y que cuenta con facultades suficientes para celebrar este contrato, mismas que a la fecha no le han sido revocadas ni limitadas.
c) Que reconoce adeudar a EL ACREEDOR la cantidad de $ ( pesos 00/100 M.N.), derivada del crédito otorgado en fecha ______________, cuyo saldo se encuentra pendiente de pago.
d) Que por motivos financieros solicita la reestructuración del crédito, comprometiéndose a liquidar conforme a los términos que se establecen en este contrato.

III. Declaran ambas partes:
a) Que se reconocen mutuamente la personalidad con la que se ostentan, así como la capacidad legal para celebrar este contrato.
b) Que reconocen la existencia, validez y exigibilidad del crédito objeto de reestructuración.
c) Que, de común acuerdo, desean formalizar la renegociación . . .

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