Sancionar uso delictivo de la Inteligencia Artificial

 

Se presentó una iniciativa en la Cámara de Diputados a fin de establecer como delito y sancionar el mal uso de la tecnología señalada como inteligencia artificial hasta con penas de dos a ocho años de prisión y de cien a ochocientos días multa.

El documento plantea adicionar el capítulo III “Uso Delictivo de la Tecnología Denominada Inteligencia Artificial” y los artículos 211 Bis 8 y 211 Bis 9 al Código Penal Federal para establecer que a quien modifique videos, audios, rostro de personas, grabaciones de voz y/o de escenarios ficticios, con la intención de hacerlos pasar como reales, en detrimento de las actividades personales y profesionales de alguna persona física o moral, se le aplique pena de dos a ocho años de prisión y de cien a ochocientos días multa. En caso de que los afectados sean menores de edad, personas discapacidad o en estado de vulnerabilidad, las penas señaladas se incrementarán en un quinto.

Igualmente la iniciativa dispone que se impondrá de dos a ocho años de prisión y de cien a ochocientos días multa a quienes, a través del uso de la inteligencia artificial, generen daño o perjuicio a la imagen o reputación pública de las personas, cometan fraude en detrimento de alguna persona física o moral y falsifiquen documentos oficiales, con objeto de ocasionar algún daño patrimonial en perjuicio de otra persona.

También a quienes creen, expongan, distribuyan, reproduzcan, transmitan, comercialicen, intercambien imágenes, audios o videos de índole sexual íntimo de una persona o grupo de personas sin su consentimiento, ya sea por medio impreso, correo electrónico, redes sociales, o cualquier otro medio tecnológico.

La iniciativa precisa que se entenderá por inteligencia artificial el software que se desarrolla empleando una o varias de las siguientes técnicas: estrategias de aprendizaje automático, incluidos el aprendizaje supervisado, el no supervisado y el realizado por refuerzo, que emplean una amplia variedad de métodos, entre ellos el aprendizaje profundo.

Fue enviada a la Comisión de Justicia.

Consultoría Tirant. Recomendación CNDH

Consulta

¿Cuales son las vías para poder reclamar la reparación del daño integral establecida en una recomendación de la Comisión nacional de derechos humanos?

Respuesta

Una de las vías previstas en el Sistema Jurídico Mexicano para lograr la reparación del daño derivado de la responsabilidad del Estado, consiste en plantear la reclamación ante el órgano jurisdiccional competente, y otra vía es el sistema no jurisdiccional de protección de derechos humanos, previsto en los artículos 1° párrafo tercero, 4 párrafo cuarto, 102 apartado B, 108 y 109 de la Constitución Política; y 44 párrafo segundo de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Los referidos artículos prevén la posibilidad de que al acreditarse una violación a los derechos humanos atribuible a una persona servidora pública del Estado, la Recomendación que se formule debe incluir las medidas que procedan para lograr la efectiva restitución de los afectados en sus derechos fundamentales y las relativas a la reparación de los daños y perjuicios que se hubieren ocasionado.

Iniciativa para incluir delitos de odio en el CPF

Se presentó en la Cámara de Senadores, una iniciativa a fin de considerar los delitos de odio cuando se realizan dolosamente en contra de alguna persona, en el Código Penal Federal.

El documento establece que cuando se cometa un delito doloso en contra de alguna persona, motivado por su edad, género, preferencia o auto adscripción sexual, etnia, condición de discapacidad, religión o raza, será considerado un delito de odio y aumentará hasta en un tercio la pena establecida para este tipo de agresiones.

La iniciativa a su vez plantea que aumentará la pena hasta en una mitad, cuando el delito sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones; establece que se considerará una violación de los deberes de humanidad, cuando se cometa un delito con el propósito de destruir, total o parcialmente, a uno o más grupos por su carácter racial, religioso o de la diversidad sexual.

Fue enviada a las Comisiones Unidas de Justicia y Estudios Legislativos Segunda.

 

Derecho humano a ser buscado

 

Se presentó una iniciativa en la Cámara de Diputados a fin de reformar el artículo 4 constitucional, para que el Estado garantice el derecho a ser buscado a cualquier persona, generando cada vez más mecanismos que ayuden a salvaguardar la integridad de las personas buscadoras y de los desaparecidos, para garantizar su paradero.

El documento expone que el derecho humano a ser buscado se refiere al conjunto de normas, principios y mecanismos que garantizan el derecho de las personas desaparecidas y sus familiares a conocer la verdad sobre su paradero, su identidad y su destino, acceder a la justicia y a la reparación integral del daño.

Asimismo, puntualiza que el reconocimiento de este derecho humano en la Constitución Política no solamente sería un reconocimiento a las familias de personas desaparecidas en el país, sino que genera un nuevo paradigma de protección a quienes día con día buscan a sus familiares desaparecidos.

Fue enviada a la Comisión de Puntos Constitucionales para dictamen.

Salud mental de niños, niñas y adolescentes

Se presentó una iniciativa en la Cámara de Diputados, a fin de adicionar la fracción XIX al artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a fin de establecer que las autoridades de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse para garantizar el derecho a la salud mental de las y los menores de edad.

La adición señala que “las autoridades asegurarán las mejores condiciones necesarias para brindar atención en este rubro dando prioridad a prevención de adicciones y suicidio con base en lo que establece la Ley General de Salud”.

El documento indica que la mitad de los trastornos mentales inicia a los 14 años, y en su mayoría no se diagnostican a esta edad ni se detectan de manera oportuna, llegando a desarrollar una serie de problemáticas innecesarias que afectan su desarrollo físico, mental y emocional.

Fue turnada a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia para dictamen, y a la Comisión de Salud para opinión