Oct 26, 2023 | Actualidad Prime
La Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados aprobó reformar diversas disposiciones de las leyes del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y del Seguro Social, en materia de pensiones; un exhorto al gobierno de Jalisco para incorporarse al programa del sistema federal IMSS-Bienestar, y la opinión sobre el Presupuesto de Egresos de la Federación 2024.
La Comisión avaló el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 248 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en materia de imprescriptibilidad de la disposición de los recursos de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
El dictamen establece que las pensiones caídas y cualquier prestación en dinero a cargo del Instituto que no se reclame dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que hubieren sido exigibles, se transferirán al Instituto, el cual, conforme a la metodología que apruebe la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, constituirá una reserva para atender las solicitudes de devolución del trabajador y, en su caso, de los beneficiarios.
Oct 25, 2023 | Actualidad Prime
La Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados aprobó con 23 votos a favor y 8 en contra, reformar los artículos 28 y 243 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de notificaciones de oficio.
El dictamen establece que en caso que el Poder Judicial de la Federación requiera utilizar servicios públicos de correo y telegráficos, deberá cubrir el costo correspondiente, conforme a su presupuesto asignado para tal fin, y en la forma, plazo y modalidad que para este efecto se establezca en el convenio respectivo.
Asimismo señala que el objetivo de las reformas es que el Poder Judicial de la Federación se haga cargo de las erogaciones que representan las notificaciones que se realizan a través de las oficinas públicas de comunicaciones.
Oct 24, 2023 | Actualidad Prime
Consulta
¿Cuáles seria las las hipótesis en las que se interrumpiría una prescripción adquisitiva?
Respuesta
La normativa aplicable a la materia en la Ciudad de México
-en caso de que su consulta se refiera a otra localidad, podría ser similar en su normativa- establece que la prescripción se suspende en los siguientes casos:
a) El periodo en que se discierne la tutela del incapaz;
b) Entre ascendientes y descendientes, durante la patria potestad, respecto de los bienes a que los segundos tengan derecho conforme a la ley;
c) Entre consortes;
d) Entre incapacitados y tutores o curadores, durante la tutela;
e) Entre copropietarios o coposeedores, en lo que hace al bien común;
f) Contra ausentes que se encuentren en servicio público; y,
g) Contra militares en servicio activo en tiempo de guerra.
Por otro lado, la interrupción inutiliza todo el tiempo corrido antes de ella y la legislación establece como casos de interrupción, los siguientes:
a) Si el poseedor es privado de la posesión de la cosa o del goce del derecho por más de un año;
b) Por demanda o interpelación judicial notificada al poseedor o al deudor; Si el actor se desiste o la demanda es desestimada, esta no interrumpe la prescripción; y,
c) Por reconocimiento de los derechos de la persona contra quien se prescribe, por parte de quien prescribe.
Fundamento:
Artículos 1166, 1667 y 1168 Código Civil para el Distrito Federal
Registro digital: 189907. Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito. Novena Época. Materia(s): Administrativa. Tesis: III.2o.A.68 A. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XIII, Abril de 2001, página 1107. Tipo: Aislada
PRESCRIPCIÓN POSITIVA EN MATERIA AGRARIA. CASO DE EXCEPCIÓN
EN QUE NO ES NECESARIO DETENTAR LA POSESIÓN ACTUAL DEL BIEN
INMUEBLE AL MOMENTO DE EJERCITAR LA ACCIÓN
Oct 19, 2023 | Actualidad Prime
Los Ministros determinaron que conforme al texto constitucional, tratados internacionales e instrumentos de softlaw, todas las personas tienen el derecho humano a cuidar, a ser cuidadas, así como al autocuidado, y el Estado tiene papel prioritario y garantía.
La Suprema Corte reconoció que los cuidados son bienes fundamentales y estableció que el derecho al cuidado implica que todas las personas, principalmente aquellas que requieren de cuidados intensos o extensos y/o especializados, como las personas mayores, con discapacidad y con alguna enfermedad crónica, tienen la oportunidad de acceder a ellos, sin que sea a costa de la salud, bienestar o plan de vida de quienes cuidan.
Asimismo la Sala determinó que el derecho al cuidado también implica el derecho de las personas a no estar forzadas a cuidar por mandatos de género, lo que es una cuestión de justicia social a favor de mujeres y niñas, en quieres recaen preponderantemente las labores de cuidados. De esa manera, no se puede obligar a las personas —en especial mujeres— a permanecer casadas al amparo de este derecho, pues los cuidados no deben recaer exclusivamente en las personas en lo individual.
Oct 17, 2023 | Actualidad Prime
Se presentó en la Cámara de Diputados una iniciativa que reforma los artículos 19 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a fin de establecer la prisión preventiva oficiosa en los casos de delito de extorsión.
Asimismo, la iniciativa propone facultar al Congreso de la Unión a legislar y expedir una ley general en la materia que coadyuve a combatir y erradicar dicho delito.
El documento fue enviado a la Comisión de Puntos Constitucionales.