EXHORTO JUDICIAL PARA LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DEL FALLO DE DIVORCIO INCAUSADO
TMX2.955.746
Normativa: Artículos 999, 1000, 1002 , 1003 del Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
Supuesto: Exhorto judicial tiene por objeto solicitar al Juzgado de lo Familiar que proceda a realizar la publicación del extracto del fallo dictado en el juicio de divorcio incausado, en cumplimiento de las formalidades establecidas por el Código de Procedimientos Familiares del Estado de Coahuila de Zaragoza. Dicho exhorto se emite con la finalidad de dar publicidad y certeza jurídica a la resolución definitiva, asegurando que la misma surta sus efectos legales y sea conocida por las partes y por terceros interesados. Asimismo, el exhorto se fundamenta en las disposiciones que regulan el cumplimiento de exhortos judiciales y la publicación electrónica de edictos, garantizando que la actuación se realice dentro del marco procesal aplicable y que se expida la constancia correspondiente para su debida integración al expediente original.
OFICIO DE EXHORTO JUDICIAL
ASUNTO: Se solicita la publicación del extracto del fallo de divorcio incausado.
C. JUEZ DE LO FAMILIAR
CON JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA EN CASTAÑOS, COAHUILA DE ZARAGOZA.
P R E S E N T E.
En mi carácter de ____________________ dentro de los autos del expediente número ____________________ relativo al juicio de divorcio incausado promovido por ____________________ en contra de____________________. En atención a lo ordenado dentro del expediente número ____________________ relativo al juicio de divorcio incausado promovido por ____________________ me permito exhortar a Usted, con el debido respeto y en cumplimiento de las disposiciones procesales aplicables, a efecto de que proceda a ordenar la publicación del extracto de la sentencia definitiva dictada dentro del citado expediente, conforme a las formalidades establecidas por la ley.
Lo anterior, con fundamento en los artículos 999, 1000, 1002 fracciones III y IV, y 1003 del Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila de Zaragoza, relativos a la ejecución y cumplimiento de exhortos entre órganos jurisdiccionales, así como en los artículos 221 Bis y 221 Bis 1 del mismo ordenamiento, que regulan la publicación electrónica de edictos, disponiendo que el órgano que los autoriza deberá elaborar el texto correspondiente y que el área de informática deberá difundirlos en el portal del Poder Judicial a más tardar al día hábil siguiente a su emisión, expidiendo la constancia de publicación respectiva para el cómputo de términos procesales.
En tal virtud, se solicita a Usted, C. Juez, que una vez realizada la publicación del extracto del fallo referido en el portal electrónico y/o estrados de ese Juzgado, se sirva remitir a este órgano exhortante constancia certificada de haber cumplido con dicha diligencia, a fin de integrar el expediente y dar por cumplido el mandato judicial en los términos de ley.
Se hace constar que este exhorto se libra por duplicado, para los efectos legales a que haya lugar, acompañando las inserciones y copias certificadas necesarias.
Sin otro particular, reitero a Usted las seguridades de mi más alta consideración y respeto.
Nombre del representante legal
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