RECURSO DE RECLAMACIÓN POR LA NEGATIVA DE SUSPENSIÓN DEFINITIVA EN JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
TMX 2.952.969
Normativa: Artículos 24, 26, 28 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
Supuesto: El presente escrito contiene el recurso de reclamación que interpone la parte actora en el juicio contencioso en contra del acuerdo que negó la suspensión definitiva dentro del incidente de medidas cautelares relativo a la rescisión de un contrato administrativo. La impugnación se sustenta en la falta de motivación del acuerdo recurrido, al no distinguir entre el acto principal y sus consecuencias jurídicas tales como la imposición de multas, inhabilitación y sanciones accesorias, y en la omisión de valorar medidas positivas o parciales que permitan preservar la materia del juicio, conforme a los principios de proporcionalidad, apariencia del buen derecho y tutela judicial efectiva.
JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NÚMERO: ____________
ACTOR: ___________________________
AUTORIDAD DEMANDADA: ___________________________
ASUNTO: Recurso de reclamación en contra del acuerdo que negó la suspensión definitiva.
C. MAGISTRADAS Y MAGISTRADOS DE LA SALA REGIONAL ______ DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
P R E S E N T E
____________________ por conducto de su representante legal ____________________ personalidad acreditada en autos, dentro del juicio de nulidad expediente ____/__, con domicilio para oír y recibir notificaciones en _____________________ autorizando a ____________________comparezco y expongo:
Vengo a interponer RECURSO DE RECLAMACIÓN en contra del acuerdo de fecha ___ de ______ de 20__, dictado por el C. Magistrado Instructor dentro del incidente de suspensión, mediante el cual se negó la suspensión definitiva solicitada. El presente recurso se promueve dentro del plazo de 5 días contados a partir de que surtió efectos la notificación del acuerdo impugnado, en términos del artículo 62 LFPCA.
ANTECEDENTES
- Con la demanda de nulidad presentada el día ___ de ______ de 20__ ante la Sala Regional __________ del TFJA, se promovió incidente de medidas cautelares solicitando: (i) la suspensión respecto del acto impugnado consistente en la rescisión del contrato __________ emitida por __________; y (ii) la suspensión respecto de las consecuencias que derivan o pueden derivar de dicho acto, tales como la imposición de multas, inhabilitación para contratar con la Administración Pública, ejecución de sanciones accesorias, bajas o bloqueos en padrones/registros de proveedores (p. ej., Compranet, padrón sectorial o registro interno del ente contratante) y cualquier otro efecto que, por su despliegue durante la tramitación del juicio, deje sin materia la controversia o cause daño irreparable a la actora.
- La petición se sustentó en los artículos 24, 24 Bis, 25, 26 y 28 LFPCA, destacando que la finalidad de la medida es conservar la situación de hecho y evitar que el tiempo vacíe de contenido el proceso. Se anexaron (o se anuncian) elementos destinados a demostrar el riesgo real de que, con la rescisión como presupuesto, la autoridad active consecuencias sancionadoras que impactan de inmediato la operación de la empresa (oficios de prevención, citatorios, antecedentes de procedimientos sancionadores en casos análogos, bases normativas de inhabilitación, y constancias de inscripción en padrones afectados).
- El Magistrado Instructor negó la suspensión definitiva mediante acuerdo de fecha ___ de ______ de 20__. Aun si se estimara, sin conceder que la suspensión no procede respecto del acto principal (la rescisión) por consideraciones propias de contratación pública, sí debió otorgarse la suspensión cuando menos respecto de las consecuencias y efectos derivados, en atención a los arts. 24, 26 y 28 LFPCA:
- El art. 24 autoriza mantener la situación de hecho y adoptar medidas positivas para que el litigio no quede sin materia ni se cause daño irreparable.
- El art. 26 prevé medidas positivas cuando el paso del tiempo pueda generar daños sustanciales al actor.
- El art. 28 fija los criterios de procedencia (no afectar inter . . .
Si usted es cliente Prime, puede leer el dossier completo dentro de la platafoma