Dic 29, 2025 | Actualidad Prime
Se presentó una iniciativa en la Cámara de Diputados para reformas el Código Penal Federal y la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, a fin de ampliar la protección de los derechos económicos de las personas adultas mayores, mediante la tipificación de la explotación financiera a ese sector de la población.
El documento adiciona un Capítulo III Quater al Título Vigésimo Segundo del Código Penal Federal, denominado “Explotación Financiera de Adultos Mayores” con un artículo 390 Ter.
El referido artículo establece que comete el delito de explotación financiera de la persona adulta mayor quien, valiéndose de una relación de parentesco, tutela, laboral, de confianza o de cualquier índole que genere una situación de superioridad o dependencia, se apropie, utilice o disponga indebidamente de los recursos económicos, bienes o pensión de una persona mayor de 65 años, para beneficio propio o de un tercero, sin el consentimiento libre e informado de la víctima.
Fue turnada a las comisiones de Justicia y de Atención a Grupos Vulnerables.
Dic 26, 2025 | Actualidad Prime
Se presentó una iniciativa en la Cámara de Diputados por la cual se reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal para establecer que solo podrá aplicarse la muerte asistida a personas mayores de 18 años, cuando lo soliciten por escrito.
El documento establece que la solicitud por escrito deberá realizarse al Comité de Bioética a efecto de determinar la aptitud de la persona y la procedencia de la solicitud.
La iniciativa determina que podrá practicarse la muerte asistida sin que ello constituya delito o dé lugar a acción civil por daños y perjuicios, bajo el amparo de la ley, las normas y lineamientos que emita la Secretaría de Salud para su realización.
Fue turnada a las comisiones de Salud y de Justicia.
Dic 24, 2025 | Actualidad Prime
Se presentó una iniciativa en la Cámara de Diputados que busca establecer que se entenderá por explotación de una persona a la acción de reclutar, coaccionar, obligar, trasladar o retener a una persona para involucrarla en la comisión de actividades ilegales de grupos delictivos u organizaciones criminales a través de cualquier tipo de violencia, amenazas, fraude, engaños o circunstancia que lo coloque en vulnerabilidad.
Añade que la situación se agrava si la víctima es un menor de edad, una persona indígena, con discapacidad, migrante o en situación de calle, lo que conlleva un aumento de la pena de hasta un 50 por ciento.
El documento adiciona una fracción XII al artículo 10 de Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Derechos Humanos.
Dic 9, 2025 | Actualidad Prime
Las Comisiones Unidas para la Igualdad de Género y Estudios Legislativos del SEnado de la República, avalaron por unanimidad una reforma a los artículos 260 y 266 del Código Penal Federal.
El dictamen busca fortalecer y actualizar el tipo penal de abuso sexual en el Código Penal Federal, armonizándolo con los estándares constitucional e internacionales en materia de derechos humanos, relativos a la libertad, autodeterminación sexual, la dignidad humana, la integridad personal y el libre desarrollo de la personalidad.
En el dictamen se reconocen conductas que no implican contacto físico y se precisa que el delito puede cometerse en el ámbito público o privado, lo que permite una protección penal más acorde con las formas reales en que se manifiesta la violencia sexual, también incorpora medidas de reparación del daño y garantías de no repetición.
Asimismo adiciona que no podrá presumirse del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima, como consentimiento, tal y como se reconoce en estándares internacionales, con lo que se fortalece el marco jurídico penal en materia de abuso sexual, además de actualizarlo, contribuyendo a una protección más efectiva de las víctimas, especialmente mujeres, niñas, niños y adolescentes.
Dic 8, 2025 | Actualidad Prime
Se presentó una iniciativa en la Cámara de Diputados a fin de adicionar los artículos 16 Bis, 16 Quáter y 16 Quinquies a la Ley General de Educación, a fin de atender el bullying como responsabilidad compartida.
El documento señala que se entenderá por bullying toda forma de violencia física, verbal, psicológica o digital ejercida de manera reiterada por un estudiante hacia otro, con el fin de intimidar, excluir o dañar.
Asimismo, se propone que los padres o tutores tendrán por obligaciones participar en programas de prevención y capacitación sobre convivencia escolar, colaborar con las autoridades educativas en la corrección de conductas de sus hijas e hijos y garantizar que reciban atención psicológica cuando así lo determine la autoridad escolar.
Por otro lado, se presentó una iniciativa que impulsa reformar y adicionar los artículos 3 y 73 de la Ley General de Salud, a fin de que el Estado mexicano reconozca formalmente la ludopatía como un problema de salud pública que exige prevención, diagnóstico y atención clínica especializada.
Indica que este reconocimiento permitirá garantizar el acceso a tratamientos integrales, fortalecer las capacidades del personal médico y psicológico y establecer programas permanentes de rehabilitación y acompañamiento, bajo criterios técnicos avalados por la Organización Mundial de la Salud.
Por último, se presentó una iniciativa que busca reformar el Código Penal Federal para sancionar con pena de siete a doce años de prisión y de ochocientos a dos mil días multa, a quien, mediante el uso de inteligencia artificial, técnicas digitales para la manipulación de imagen, voz, audio o video, o cualquier otra tecnología similar, genere, altere, simule o reproduzca contenidos que representen actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales.