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Comisión avanza en proyecto de derechos lingüísticos para pueblos indígenas

El reconocimiento y protección de los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas avanza en el Congreso. La Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios inició la votación en particular del proyecto de ley que busca garantizar su uso, enseñanza y promoción en el país.

Publicado: 14 de marzo de 2025

La Comisión de Derechos Humanos y Pueblos Originarios inició la votación en particular del proyecto de ley que reconoce, protege, garantiza y promueve los derechos lingüísticos y culturales de los pueblos indígenas.

El proyecto se originó en una moción presentada por la diputada Ericka Ñanco (FA) y busca fomentar el rescate, promoción y desarrollo de las lenguas, culturas y cosmovisiones indígenas. Durante la sesión, la Comisión respaldó varias modificaciones del Ejecutivo orientadas a mejorar la redacción y precisión del texto. Algunas normas quedaron pendientes para ser consensuadas con la autora de la iniciativa.

Detalles de la iniciativa

Entre los puntos aprobados, se estableció que el Estado reconoce las lenguas indígenas como parte del patrimonio cultural del país. Asimismo, se consignó su deber de salvaguardar, recuperar, revitalizar, conservar, fortalecer, investigar, promover y difundir estas lenguas en el territorio nacional.

El proyecto también señala que los órganos del Estado deben coordinarse para implementar iniciativas y programas de política pública en materia de lenguas indígenas. Además, define estas lenguas como aquellas en uso o en desuso que forman parte del patrimonio cultural indígena, según la Ley Indígena (19.253).

Derechos lingüísticos y educación

El proyecto establece diversos derechos para los pueblos indígenas en relación con sus lenguas:

  • Comunicarse en su lengua, de forma oral o escrita, en el ámbito público y privado, en todas sus actividades sociales, económicas, políticas, culturales y religiosas. Para ello, los órganos del Estado deberán adoptar medidas para asegurar servicios de interpretación.
  • No ser discriminado por el uso de su lengua. Todo acto de discriminación arbitraria podrá ser denunciado según la ley vigente.

En cuanto a la promoción y enseñanza, el Estado reconoce la importancia de revitalizar las lenguas indígenas y permitir que las comunidades interesadas soliciten apoyo y asesoría conforme a las leyes 19.253 y 21.045. Además, la educación intercultural bilingüe se entiende como una forma de interculturalidad, pero no como la única herramienta para la revitalización cultural.

El Estado también reconoce el derecho de los pueblos indígenas a desarrollar y controlar sus propias instituciones educativas dentro del marco legal. Asimismo, se impulsarán acciones para fortalecer iniciativas autogestionadas por organizaciones indígenas a través de los ministerios de las Culturas, Desarrollo Social y la Corporación de Desarrollo Indígena.

Debate en la Comisión

Uno de los puntos más debatidos fue la eliminación del verbo «garantizar» en la descripción de los derechos lingüísticos. La Subsecretaria de Servicios Sociales, Francisca Gallegos, explicó que la redacción se ajusta a estándares internacionales, ya que el término podría interpretarse como una exigencia inmediata.

La diputada Ñanco cuestionó esta decisión, argumentando que eliminar «garantizar» debilita la protección de los derechos de los pueblos indígenas. «Si el Estado no los garantiza, ¿qué derechos se pueden defender?», manifestó.

Ante esta inquietud, el Gobierno propuso una indicación para incorporar la garantía de los derechos de manera gradual y progresiva. Otro punto pendiente es el derecho de los pueblos indígenas a aprender, enseñar y recuperar la lengua de sus ascendientes, lo que también se abordará en una indicación de la diputada Ñanco.

Ambos temas serán votados en la próxima sesión.

Fuente: camara.cl

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