Origen: Corte de Apelaciones de Santiago; Fecha: 22 de noviembre de 2023; Causa rol 344-2023
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa de 20 UTM impuesta por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) a Entel Telefonía Local SA, operadora de TV de pago, por transmitir un filme para adultos en horario protegido para la niñez a través de Cinemax.
El fallo unánime de la Octava Sala rechazó la alegación de la empresa sobre el debido proceso. Se argumentó que la responsabilidad recae en quien comete la infracción, en este caso, Cinemax, y no en Entel, quien no tiene control sobre la programación.
La resolución se basó en el artículo 13 de la Ley 18.838, responsabilizando directamente a los concesionarios de televisión por cualquier contenido transmitido, excluyendo la responsabilidad del usuario. Se desestimó la defensa de Entel al trasladar la responsabilidad al consumidor mediante herramientas de control parental.
El tribunal determinó que la sanción impuesta era legal, ya que se exhibió un filme para mayores de 18 años en horario protegido para menores. Respecto al monto de la multa, al no encontrar ilegalidad en la acción de Entel, no procedió su disminución.
La sentencia concluyó rechazando el recurso de Entel contra el CNTV, confirmando la multa de 20 UTM y ordenando costas a la empresa.
Fuente: pjud.cl