La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia de la empresa Carozzi S.A. El sindicato de alimentos presentó originalmente la denuncia por práctica antisindical que el tribunal acogió. Los magistrados desestimaron el arbitrio especial al no cumplir con los requisitos legales básicos.
Inadmisibilidad del recurso y normativa laboral
La Cuarta Sala dictó un fallo unánime en la (causa rol 48.882-2025). Las ministras Chevesich, Muñoz, González, López y el abogado Urquieta integraron el tribunal. La Sala Laboral reiteró que el artículo 483 del Código del Trabajo exige interpretaciones distintas de tribunales superiores para que el recurso proceda.
El tribunal controla la existencia de fundamentos y la relación de materias de derecho según el artículo 483-A. La recurrente debe acompañar copias de los fallos que sustentan su postura jurídica. En este caso, la empresa no cumplió con las exigencias de admisibilidad que establece la normativa vigente.
Carácter particular de la controversia jurídica
La empresa intentó determinar si la modificación unilateral de funciones constituye una práctica antisindical. Sin embargo, los ministros concluyeron que el planteamiento depende de los hechos específicos de cada caso. La Corte Suprema calificó el asunto como un tema de carácter casuístico y eminentemente particular.
Los juzgadores explicaron que estas circunstancias impiden comparar la sentencia con otros dictámenes judiciales. Por esta razón, el máximo tribunal rechazó el intento de unificar la jurisprudencia en el terreno de lo concreto. La sentencia que sanciona la conducta de la empresa alimentaria quedó firme.
Fuente: pjud.cl
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