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Corte Suprema confirma sentencia que restituye terreno a comunidad indígena en Bahía Mansa

La Corte Suprema rechazó un recurso de casación y confirmó la sentencia que acogió una demanda de reivindicación de un terreno en Bahía Mansa, restituyéndolo a una comunidad indígena. El fallo destacó la correcta aplicación del derecho sustantivo y descartó errores procesales relevantes.

Publicado: 15 de abril de 2025

La Corte Suprema confirmó una sentencia dictada por un tribunal de alzada que ordenó la restitución de un terreno ubicado en el sector de Bahía Mansa, comuna de San Juan de la Costa, a una comunidad indígena. La resolución fue adoptada tras rechazar un recurso de casación en el fondo, interpuesto por la parte demandada, en el marco de una demanda de reivindicación de dominio.

En la causa, rol 6.721-2025, la Cuarta Sala del máximo tribunal –integrada por las ministras Gloria Ana Chevesich, Andrea Muñoz, Jessica González y las abogadas (i) Leonor Etcheberry e Irene Rojas– determinó que la sentencia impugnada no contenía errores que pudieran ser corregidos mediante esta vía procesal. Según lo establecido, las eventuales irregularidades denunciadas correspondían a vicios formales que debieron ser reclamados a través de un recurso de nulidad formal.

El conflicto se originó por la posesión del lote N°10, parte de un terreno históricamente vinculado a una comunidad indígena de la zona. El tribunal de fondo acogió la demanda presentada por una integrante de dicha comunidad, argumentando que era legítima propietaria del predio, el cual había sido indebidamente ocupado por el demandado. La posesión de este último no contaba con justificación legal ni con respaldo en derechos ancestrales reconocidos por la costumbre, y sus títulos de herencia habían sido previamente anulados mediante una sentencia firme.

La Corte Suprema reafirmó que los hechos probados no podían ser alterados en esta instancia, y valoró que la decisión judicial se ajustó al marco normativo aplicable. Así, concluyó que la sentencia representaba un correcto ejercicio de subsunción jurídica.

La resolución constituye un nuevo precedente en materia de restitución de tierras, en favor de los derechos de las comunidades indígenas. La decisión fue adoptada con el voto en contra de la ministra Chevesich y de la abogada integrante Irene Rojas.

Este fallo refuerza el reconocimiento judicial de los derechos territoriales de las comunidades indígenas y su legítima reclamación sobre tierras ancestrales, particularmente en contextos donde los títulos de propiedad han sido indebidamente transferidos o suplantados.

Fuente: pjud.cl

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