La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo. La Sociedad Casinos del Sur SA lo interpuso contra la Universidad de La Frontera (UFRO). La Corte confirmó la sentencia que desestimó la demanda de indemnización por incumplimiento de contrato.
La Primera Sala del máximo tribunal dictó un fallo unánime (causa rol 41.590-2025). La sala integró a los ministros Repetto, Carroza, Letelier, Zepeda y el abogado (i) Vidal. Ellos descartaron error en la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco.
Exigencias del Recurso de Casación
El Artículo 772 N°1 del Código de Procedimiento Civil (CPC) establece un requisito indispensable. Este exige que el recurso de casación en el fondo explicite los errores de derecho que se denuncian. La inadmisión ocurre si no se cumple este requisito fundamental.
La parte recurrente no encaminó su recurso correctamente, a pesar del esfuerzo argumentativo. Ellos no abarcaron el basamento jurídico pertinente para resolver la controversia. La preceptiva legal citada no fue suficiente para el examen de la sentencia impugnada.
Omisión de Normas Decisoria Litis
El recurso no denunció la infracción de artículos clave del Código Civil. Estos son 1437, 1438, 1489, 1545, 1546, 1547, 1551, 1553, 1556, 1560 y siguientes. Dichos artículos consagran la acción indemnizatoria y el estatuto de responsabilidad civil contractual.
La impugnante omitió alegar la infracción de la preceptiva sustantiva básica (normas decisoria litis). Esto genera un vacío que la Corte no puede subsanar. El recurso tiene un carácter de derecho estricto y por eso no puede ser admitido a tramitación.
El arbitrio de nulidad de fondo también presenta alegaciones sobre la falta de motivación de la sentencia. Esto constituye un reproche formal, incompatible con la naturaleza del recurso de nulidad sustantiva. La argumentación no configura un error sustantivo revisable por esta vía.
La Corte resolvió rechazar el recurso de casación en el fondo. El abogado Mauricio Silva Kachele lo interpuso en representación de la demandante. El recurso fue contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco del once de septiembre de 2025.
Fuente: pjud.cl
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